Personas físicasES42 - CASTILLA LA MANCHA

Convocatoria de becas de colaboración para la catalogación de obras de arte de la Excma. Diputación de Toledo. Facultad de Humanidades de Toledo. Universidad de Castilla-La Mancha. Curso académico 2026/27

1. Se convocan 2 becas de colaboración destinada a que l as personas beneficiarias desarrollen actividades de carácter formativo en régimen de compatibilidad con sus estudios en la Facultad de Humanidades de Toledo en el marco del convenio de cooperación económica suscrito en mayo de 2025 entre la Diputación Provincial de Toledo y la Universidad de Castilla-La Mancha para la financiación de becas para la realización de estudios de postgrado e investigación, conforme al plan formativo de la beca previsto en el anexo I y la planificación de las actividades del listado de tareas y su programación recogidos en el anexo II.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES42 - CASTILLA LA MANCHA. La gestiona UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Podrán participar en esta convocatoria las personas que cumplan los siguientes requisitos:
  • Estar matriculado/a en enseñanza oficial del Máster Universitario de Patrimonio Histórico: Investigación y gestión de la Facultad de Humanidades de Toledo de la Universidad de Castilla La Mancha ( UCLM) en los cursos 2025/2026 y 2026/2027. A estos efectos, no podrán solicitarla aquellas personas matriculadas en otras Universidades que realicen estancias temporales en la UCLM sobre la base de programas nacionales o internacionales de movilidad.
  • No haber realizado prácticas externas en esta misma entidad - Excma. Diputación de Toledo - que en su conjunto supongan una duración igual o superior a 12 meses. En el caso de que ese periodo máximo se cumpla durante el desarrollo de las prácticas de esta convocatoria, el beneficiario/a cesará automáticamente.
  • No podrán ser candidatos/as aquellos/as estudiantes que hubieran recibido informe de seguimiento o final negativo en períodos anteriores de prácticas externas en la Excma. Diputación de Toledo.
  • No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título universitario de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, excepto si dicha titulación es el requisito académico que ha permitido al alumno/a matricularse en los estudios de máster o doctorado, según proceda, o su adaptación a los estudios de grado correspondientes, por enseñanza oficial, en la Universidad de Castilla- La Mancha.
  • No estar incurso en las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiario/a del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias, en el caso de tratarse de alumnos/as independientes económicamente. En el caso de los/as alumnos/as que no tengan independencia económica, la exigencia de dicho requisito se extenderá a todos los miembros que conformen la unidad familiar. A dichos efectos la UCLM obtendrá los datos oportunos de la Agencia Tributaria.
  • No haber disfrutado en cursos anteriores de becas de colaboración de la UCLM que en su conjunto hayan supuesto una duración igual a 22 meses. En el caso de que ese periodo máximo se cumpla durante el disfrute de la beca, la persona beneficiaria cesará automáticamente. A efectos de incorporación a la beca, tanto por llamamiento inicial como por ser llamado de bolsa, la duración a que se refiere el presente apartado se reduce a 21 meses, en aras a dar cumplimiento a las estipulaciones y plazos reglamentarios vigentes en las normas sobre Seguridad Social.
  • No haber renunciado con anterioridad a una beca de colaboración de la UCLM sin causa justificada.
  • No se podrá disfrutar de la beca cuando al solicitante se le haya anulado por impago la matrícula correspondiente a sus estudios en cursos anteriores.
  • No podrán ser beneficiarios/as de una beca de colaboración aquellos/as estudiantes cuyo nombramiento haya sido revocado por incumplimiento de sus obligaciones sin causa justificada, según se dispone a tal efecto en el artículo 11 de la vigente Normativa Reguladora de las Becas de Colaboración de la Universidad de Castilla la Mancha.
  • Las solicitudes, cuya presentación se regirá por lo previsto en el Derecho administrativo, deben ajustarse al modelo que figura como Anexo I II de la presente convocatoria y estarán dirigidas a l Decano de la Facultad de Humanidades de Toledo.
  • Las solicitudes se presentarán en el registro auxiliar del Centro (despacho 1) o en e l registro general de la UCLM, en los registros de Campus de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo y de las sedes de Almadén y Talavera de la Reina, o por cualquier otro medio contemplado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entre ellos el registro electrónico de la UCLM.
  • El plazo para la presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el día de la firma de la convocatoria hasta las 14:00 horas del 4 de septiembre 2026.
  • Junto a la solicitud se deben presentar los siguientes documentos: a. Currículum vitae (CV). b. Documentación justificativa de los méritos reflejados en el CV, sin la cual no serán objeto de valoración.
  • Las comunicaciones relacionadas con esta convocatoria se realizarán exclusivamente a través de la cuenta de correo electrónico institucional del estudiante en la UCLM.
  • Incorporarse a su actividad en el Centro desde la fecha establecida como inicio del período de beca.
  • Cumplir con aprovechamiento cada una de las tareas encomendadas.
  • Guardar secreto y mantener la integridad de todos los datos personales que por razón de las tareas asociadas a la beca tuviera que tratar. Por ninguna razón y en ninguna circunstancia, el/la becario/a podrá comunicar datos de carácter personal a terceros . Esa obligación subsiste aun después de finalizar la beca. El incumplimiento de esta obligación será motivo suficiente para la revocación de la beca y la aplicación de sanciones de conformidad con lo previsto en la legislación vigente.
  • La presentación de la solicitud supone la aceptación de todos los puntos de la presente convocatoria por parte del solicitante. Para los aspectos no contemplados expresamente en ella se estará a lo dispuesto en la vigente normativa reguladora de las becas de colaboración de la Universidad de Castilla-La Mancha. Se aplicará además cualquier otra normativa que para esta materia resulte procedente.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1. Se convocan 2 becas de colaboración destinada a que l as personas beneficiarias desarrollen actividades de carácter formativo en régimen de compatibilidad con sus estudios en la Facultad de Humanidades de Toledo en el marco del convenio de cooperación económica suscrito en mayo de 2025 entre la Diputación Provincial de Toledo y la Universidad de Castilla-La Mancha para la financiación de becas para la realización de estudios de postgrado e investigación, conforme al plan formativo de la beca previsto en el anexo I y la planificación de las actividades del listado de tareas y su programación recogidos en el anexo II.