Personas físicasES220 - Navarra

Convocatoria de ayudas por menores de 3 años empadronados en el municipio - 2026

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas directas a las personas empadronadas en el municipio de Val de Goñi con motivo del nacimiento o adopción de un hijo o hija menor de tres años durante el ejercicio 2026. La finalidad de estas ayudas es contribuir a la lucha contra la despoblación del municipio, facilitando el establecimiento o la permanencia de familias jóvenes, y apoyar económicamente los gastos derivados de la crianza durante los primeros años de vida de l menor. El apoyo económico será destinado a sufragar los gastos ocasionados por el incremento de hijos e hijas por nacimiento o por adopción…

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES220 - Navarra. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GOÑI.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Qué necesitas

  • DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR LAS PERSONAS FÍSICAS QUE SOLICITAN LA AYUDA Fotocopia del documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante. En el supuesto de adopción, fotocopia de la resolución judicial o documento análogo constitutivo de la misma. En el caso de nulidad matrimonial, separación judicial o divorcio de la persona solicitante, fotocopia de la resolución judicial que atribuya la guarda y custodia del hijo o de la hija que origina la ayuda. En el supuesto de guarda y custodia compartida establecida en resolución judicial del hijo o hija que origina la ayuda, firma del acuerdo respecto a quién va a ser el solicitante de la ayuda. Declaración jurada (Anexo 2).
  • Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas que cumplan, en la fecha de
  • Estar empadronadas en el municipio de Val de Goñi con una antigüedad mínima de seis (6) meses continuados en el padrón municipal, contados desde la fecha de nacimiento o resolución de adopción.
  • Que el recién nacido o adoptado esté asimismo empadronado en el municipio de Val de Goñi. Esta comprobación se realizará de oficio.
  • Que el nacimiento o la resolución judicial o administrativa de adopción se haya producido dentro de los tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, sin que en ningún caso el menor haya cumplido los tres años en dicha fecha.
  • No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de las obligaciones económicas con el propi o Ayuntamiento. En el caso de unidades familiares con dos personas progenitoras o tutoras, deberán cumplir ambas que cumplan los requisitos de empadronamiento exigidos.
  • Las solicitudes podrán presentarse en cualquier momento durante el ejercicio 2026, siempre que el menor no haya cumplido tres años en la fecha de presentación de la solicitud, y en todo caso antes del 31 de enero de 2027. Las solicitudes junto con la documentación exigida y los Anexos I y II debidamente cumplimentados y firmados, se presentarán por cualquiera de los medios previstos en el
  • Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, por parte del beneficiario o beneficiaria, pudiendo también presentarse a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, formalizando el modelo oficial que figura en el ANEXO I y el ANEXO II, Y adjuntando la documentación indicada en el primero.
  • Comunicar al Ayuntamiento cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control que pudiera realizar el Ayuntamiento.
  • Reintegrar las cantidades percibidas en caso de incumplimiento de las condiciones establecidas en la presente convocatoria o en la normativa de aplicación.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas directas a las personas empadronadas en el municipio de Val de Goñi con motivo del nacimiento o adopción de un hijo o hija menor de tres años durante el ejercicio 2026. La finalidad de estas ayudas es contribuir a la lucha contra la despoblación del municipio, facilitando el establecimiento o la permanencia de familias jóvenes, y apoyar económicamente los gastos derivados de la crianza durante los primeros años de vida de l menor. El apoyo económico será destinado a sufragar los gastos ocasionados por el incremento de hijos e hijas por nacimiento o por adopción. El procedimiento para la valoración de subvenciones es el de concurrencia competitiva