Personas físicasES512 - Girona

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LOS GASTOS DERIVADOS DE LA COMPRA DE LIBROS DE TEXTO DEL CURSO 2025-2026

de la subvención Las ayudas tienen por finalidad contribuir a los gastos del curso 2025 -2026 en concepto de libros de texto. En este sentido, se otorgará el 100% del coste con un máximo de 80,00€ por niño. Estas ayudas son compatibles con otras que se concedan por el mismo concepto, pero en ningún caso la totalidad de las ayudas puede superar el coste real de la actividad objeto de la ayuda.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TORROELLA DE FLUVIÀ.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • acreditarlos Podrán optar a esta subvención los beneficiarios que cumplan con las
  • El niño debe estar empadronado en el municipio a fecha del 1 de enero de 2025.
  • El niño debe estar escolarizado dentro de la etapa de educación obligatoria (primaria o secundaria).
  • El beneficiario debe ostentar la condición de progenitor, representante legal, ostentar la custodia o situaciones de carácter similar que se puedan acreditar documentalmente.
  • Presentar la solicitud dentro de plazo y en la forma adecuada.
  • No tener deudas de naturaleza tributaria con el Ayuntamiento de Torroella de Fluvià.
  • No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Para acreditar estos requisitos se deberá aportar:
  • Modelo normalizado de solicitud que contendrá una declaración responsable de cumplimiento de todos los requisitos,
  • Copia del libro de familia o documento acreditativo de la filiación familiar, o de copia de la documentación acreditativa en el caso de representación legal o acogimiento del niño/a, o copia de la resolución judicial de la custodia del menor o convenio regulador de las relaciones paterno-filiales en el caso de separación o divorcio.
  • Acreditación de la matrícula o escolarización del niño/a donde debe quedar identificado el centro educativo y el curso que realiza el mismo, así como del pago de la matrícula
  • Factura o recibo acreditativo de la adquisición y el pago de los libros de texto en cuestión.
  • Forma y plazo de presentación de solicitudes El Alcalde acordará la aprobación de esta convocatoria. Las solicitudes se formularán a través del modelo normalizado que consta como
  • obligados a: Facilitar toda la información solicitada de forma veraz y presentar la Declaración Jurada firmada que consta en el modelo de solicitud. Cuando se demuestre, por cualquier medio, la falsedad de los datos que figuran en la solicitud, la ayuda otorgada quedará sin efecto y se procederá al reintegro de las cantidades abonadas. Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otros ayudas destinados a esta finalidad.
  • Régimen supletorio En todo lo no previsto, se aplicará la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el reglamento que la desarrolla, el Real Decreto 887/2006, Reglamento General de Subvenciones, la Ordenanza reguladora de la otorgación de ayudas por gastos para matriculación y asistencia a guarderías, adquisición de libros de texto y asistencia a campamentos de verano
  • documentation
    DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA: Copia del DNI, NIE o pasaporte madre, padre o tutor/a legal Acreditación de la matrícula o escolarización del niño/a donde debe quedar identificado el centro educativo y el curso que realiza, así como del pago de la matrícula Certificado bancario de la cuenta donde se ingresará la ayuda. En caso de primera vez, alta de acreedor. Copia del Libro de Familia o documento acreditativo de la filiación familiar, o copia de la documentación acreditativa en el caso de representación legal o acogimiento del alumno, o copia de la resolución judicial de la custodia del menor o convenio regulador de separación y divorcio Para la justificación del gasto: factura o recibo acreditativo de la adquisición y pago de los libros de texto en cuestión.
  • documentation
    DECLARACIÓN DE RESPONSABLE: El/la solicitante declara cumplir los requisitos fijados en las bases y convocatoria El/la solicitante declara NO haber recibido ninguna otra ayuda procedente de otras administraciones para el mismo objeto que, en conjunto, superen el gasto subvencionable. El/la solicitante declara estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento y que no se encuentra en ninguna causa del

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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de la subvención Las ayudas tienen por finalidad contribuir a los gastos del curso 2025 -2026 en concepto de libros de texto. En este sentido, se otorgará el 100% del coste con un máximo de 80,00€ por niño. Estas ayudas son compatibles con otras que se concedan por el mismo concepto, pero en ningún caso la totalidad de las ayudas puede superar el coste real de la actividad objeto de la ayuda.