Personas jurídicasES424 - Guadalajara

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA INTERCAMBIOS A CIUDADES EUROPEAS AÑO 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES424 - Guadalajara. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Los centros educativos solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
  • Cumplir todos los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones para obtener la condición de beneficiario. En relación a las deudas por reintegro de ayudas y conforme establece el artículo 21 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones se considera que concurre la circunstancia de ser deudor por tal concepto cuando exista resolución del órgano competente y haya transcurrido el plazo para el pago en período voluntario sin haber efectuado el mismo.
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social y al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Guadalajara.
  • La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias a través de certificados telemáticos, en cuyo caso el solicitante Cód. Validación: 7MJRPSGET4S7KACCKMT3SFEZ4 Verificación: https://sedeelectronica.guadalajara.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 8
  • Ayuntamiento de Guadalajara no deberá aportar la correspondiente certificación. No obstante, el solicitante podrá oponerse a su consulta, debiendo aportar entonces la certificación en los términos previstos en los apartados anteriores Los requisitos, que no puedan ser acreditados mediante consulta telemática de información se acreditarán mediante la firma de la correspondiente Declaración Responsable que se integra en la solicitud.
  • OCTAVA. – SOLICITUDES Las solicitudes, junto con la documentación requerida, se presentarán en el Registro electrónico del Ayuntamiento de Guadalajara.
  • La documentación a presentar es la siguiente:
  • Certificado del/de la Secretario/a de su centro educativo del número de participantes en el intercambio educativo con ciudades europeas en el curso 26/27, lugar de destino y las fechas. Estas fechas, al igual que la ciudad de destino, podrán modificarse con posterioridad, en cuyo caso tendrán que presentar un nuevo certificado con las nuevas fechas y destino.
  • Declaración responsable de cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Declaración responsable de que, en el supuesto de percibir ayudas de finalidad equivalente, los importes agregados no superan el coste total del material/actividad subvencionada. (Modelo 1217)
  • Ficha de Tercero (Modelo 1028).
  • NIF de la persona jurídica solicitante. Cód. Validación: 7MJRPSGET4S7KACCKMT3SFEZ4 Verificación: https://sedeelectronica.guadalajara.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 8
  • DNI o NIE del firmante de la solicitud.
  • Verificará que el centro educativo cumple con los requisitos de encontrarse al corriente con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Recaudación municipal.
  • Verificará que el centro educativo no ha sido sancionado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. La presentación de la solicitud por parte del interesado conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados o información a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social y Recaudación municipal. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente su consentimiento para la obtención de dicha información, debiendo presentar entonces la certificación correspondiente. Para proceder al pago de las ayudas, deberán constar en el Ayuntamiento de Guadalajara, los datos bancarios de los centros solicitantes.
  • Ayuntamiento de Guadalajara necesaria, se requerirá al solicitante, para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. De no cumplirse dicho requerimiento, se considerará que la entidad desiste de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara hasta el 30 de octubre de 2026.
  • Órgano Instructor: Concejalía de Infancia y Adolescencia.
  • Órgano Concedente: las subvenciones se concederán por resolució n de la Concejalía Delegada, a propuesta de la Comisión de Valoración.
  • Órgano Proponente: será la Comisión de Valoración, que estará compuesta por:
  • Concejal Delegado de Infancia y Adolescencia.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Cultura