Convocatoria de ayudas para el Fomento de las personas artesanas y diseñadores de la moda Adlib, para el año 2026

El objeto de estas ayudas es dinamizar y fomentar las industrias de la artesanía y de la moda Adlib en la isla de Ibiza, a través de la participación en ferias, pasarelas y acontecimientos especializados, y apoyando la formación y la difusión, de forma que se estimule la promoción de la artesanía de Ibiza, de la moda Adlib y de las marcas respectivas. Todo esto con el fin de promover el mejor conocimiento de la industria de la artesanía y de la industria de la moda de Ibiza en el exterior y su mejor posicionamiento en el mercado, consolidar la industria artesana y textil de Ibiza, e incrementar la comercialización de la artesanía y de la moda Adlib…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES531 - Eivissa y Formentera. La gestiona CONSELL INSULAR DE IBIZA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

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    2. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para presentar las solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB y finalizará a los 15 días naturales de la mencionada publicación. La solicitud se realizará una vez se pueda acreditar la realización de la actividad y aportar los documentos justificativos de la misma. https://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2026/82/1222981
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    3. Documentación a presentar con la solicitud: Se presentará una única petición por cada persona solicitante.
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    Las solicitudes se presentarán con la siguiente documentación:
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    Si la presentación de la documentación se hace en nombre de otra persona, se deberá acreditar la capacidad de representación correspondiente.
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    Impreso de solicitud de la subvención (Anexo 1) debidamente cumplimentado donde se incluya: Declaración responsable firmada por la persona solicitante de no estar sometida a ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de beneficiario de las subvenciones públicas recogidas en el artículo 13 de la LGS y en el artículo 10 del TRLGS, así como de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social ante la Administración del Estado, y de estar al corriente de las obligaciones económicas ante el Consejo Insular de Ibiza, y autorización al órgano instructor para comprobar estos datos. Declaración responsable en la que se hagan constar todas las subvenciones o ayudas obtenidas o solicitadas para el mismo fin de cualquier entidad pública o privada, en su caso, o una declaración expresa de no haber solicitado ninguna.
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    Si el/la solicitante es persona jurídica, original o copia cotejada de la escritura de constitución o modificación, estatutos o reglamento de funcionamiento inscritos en el registro correspondiente. En el caso de que así lo determinen los estatutos, se debe adjuntar certificado de nombramiento del representante legal habilitado para realizar la solicitud, así como acuerdo adoptado por el órgano correspondiente de la entidad para solicitar la ayuda.
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    Si el/la solicitante es una agrupación de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes u otras agrupaciones económicas sin personalidad jurídica propia, deberán firmar la solicitud todas las personas integrantes y adjuntar sus DNI (o documentación acreditativa de la personalidad jurídica de cada uno de los integrantes); asimismo, deben designar una persona como representante único a efectos de notificaciones. En cumplimiento del artículo 11.3 de la LGS, cuando se trate de personas físicas o jurídicas sin personalidad, se deben hacer constar expresamente en la solicitud los compromisos de ejecución de cada miembro haciendo referencia a qué parte de la actividad ha ejecutado cada uno de ellos, así como el importe de subvención que solicita y que se debe abonar a cada miembro de la agrupación, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, se debe nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con poderes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación. No se podrá disolver la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la LGS.
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    Certificado de situación en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), donde se acredite el alta como personas físicas y jurídicas privadas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, o comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, y en el epígrafe correspondiente en el momento de la solicitud de la ayuda y hasta la fecha de justificación de la actividad objeto de subvención.
  • documentation
    Acreditación del alta en la Seguridad Social o, en su caso, recibos de pago a la Seguridad Social para demostrar que ha estado de alta en el momento de la solicitud de la ayuda y hasta la fecha de justificación de la actividad objeto de subvención.
  • documentation
    Declaración responsable en la que se informe si la persona interesada dispone de taller de producción propio o ajeno en la isla de Ibiza, así como dirección, datos de contacto, número de trabajadores. Asimismo, se debe indicar el número de inscripción o de la solicitud de inscripción en el Registro Industrial del Gobierno de las Islas Baleares, según modelo que figura como Anexo 2, en el caso de talleres de producción con maquinaria eléctrica específica.
  • documentation
    Documentación de justificación de la ayuda: junto con la solicitud, se aportarán también los documentos requeridos para la justificación, de acuerdo con el punto 9 de esta convocatoria: un escrito descriptivo (memoria), una liquidación de ingresos y gastos, facturas y comprobantes de pago de los gastos objeto de subvención.
  • documentation
    El impreso de alta o modificación como acreedor del Consejo Insular de Ibiza a efectos económicos expedido y firmado necesariamente a nombre de la persona solicitante de la ayuda (persona física, jurídica o miembro de la comunidad de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica –persona física– que cobrará la ayuda) y sellado por la entidad bancaria, según modelo que consta en el trámite de la sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza, de alta de acreedor, del Departamento de Tesorería. Este impreso no será necesario presentarlo en caso de que se haya presentado anteriormente al Consejo Insular de Ibiza y no se haya producido ningún cambio en los datos aportados en su momento.
  • documentation
    Cualquier otra documentación que la persona solicitante considere conveniente. Las personas solicitantes que ya hayan presentado en el Consejo Insular de Ibiza cualquiera de estos documentos solo deberán aportar la documentación que sea necesario actualizar o renovar, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde que la documentación fue presentada y señalen la fecha y el órgano ante el cual se presentó. https://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2026/82/1222981
  • Para justificar debidamente los gastos subvencionables se deberá aportar la siguiente documentación: un escrito descriptivo (memoria), una
  • 1. del cumplimiento de las condiciones establecidas para la concesión de la subvención, con indicación de lasEscrito descriptivo
  • 2. Liquidación de ingresos y gastos: documento, debidamente firmado, con la liquidación detallada de ingresos y gastos de la actuación desarrollada, siempre dentro del período subvencionable establecido en el punto 5 de las presentes bases. Este documento, de acuerdo con el
  • modelo del anexo 3, deberá contener la siguiente información: En el apartado de : se informará, si es el caso, de otras ayudas recibidas para la misma actividad, detallando:ingresos Concepto del ingreso. Procedencia. Importe. Fecha del ingreso. Actuación para la cual se ha recibido el ingreso. En el apartado de : relación o listado de facturas o los documentos probatorios de que el gasto se ha efectuado y pagado debidamente ygastos
  • los justificantes presentados. Para cada factura o documento probatorio se debe especificar: Número de factura. Fecha de la factura. Nombre del proveedor y NIF. Concepto: relacionado directamente con la actuación por la cual se solicita la subvención. Importe: desglosando IVA, si es el caso. Fecha de pago de la factura.
  • En el caso de que el pago se haya realizado por transferencia bancaria, se acompañará documentación acreditativa de dicha transferencia. La persona beneficiaria debe ser titular de la cuenta bancaria desde la cual se haya efectuado el pago y así deberá acreditarlo.
  • En el caso de que el pago se haya realizado mediante tarjeta electrónica, se deberá aportar la liquidación de los pagos de dicha tarjeta. La liquidación debe estar efectuada en una cuenta bancaria de la cual la persona beneficiaria sea titular y así deberá acreditarlo. https://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2026/82/1222981

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El objeto de estas ayudas es dinamizar y fomentar las industrias de la artesanía y de la moda Adlib en la isla de Ibiza, a través de la participación en ferias, pasarelas y acontecimientos especializados, y apoyando la formación y la difusión, de forma que se estimule la promoción de la artesanía de Ibiza, de la moda Adlib y de las marcas respectivas. Todo esto con el fin de promover el mejor conocimiento de la industria de la artesanía y de la industria de la moda de Ibiza en el exterior y su mejor posicionamiento en el mercado, consolidar la industria artesana y textil de Ibiza, e incrementar la comercialización de la artesanía y de la moda Adlib. https://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2026/82/1222981