AMPASPersonas físicasES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA REALIZACIÓN DE CAMPAMENTOS DE VERANO EN OTROS IDIOMAS 2026.

1.1. Las subvenciones que regula la presente convocatoria tienen por objeto financiar, en parte, los gastos que origina la participación en campamentos íntegramente realizados en otros idiomas, organizados para el alumnado de Estella- Lizarra. Estas ayudas se abonarán con cargo a la partida presupuestaria 334004890009 – “Subv. Campamentos Otros idiomas” del año 2026. Se destina a este objetivo un máximo de 2.000 €.

En resumen: Está orientada a AMPAS, Personas físicas. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ESTELLA-LIZARRA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • 1. Podrán solicitar subvención para campamentos en otros idiomas las personas,
  • tutores legales de estudiantes, que reúnan los siguientes requisitos: a. Ser tutor legal de estudiante de Educación Primaria o ESO. b. Estar empadronadas en Estella-Lizarra mientras dure el campamento y en el momento de solicitar la ayuda y hasta su resolución. Llevar al menos un año empadronadas en Estella-Lizarra en el momento de la publicación de la convocatoria. c. Encontrarse al corriente de pago de deudas con el Ayuntamiento de Estella- Lizarra. d. Demás requisitos para obtener la condición de beneficiario regulados en el
  • 2. El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.
  • 3. Si la solicitud presentada no reuniese los requisitos y documentación establecidos en ésta convocatoria, se requerirá a la persona interesada para que lo subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • DOCUMENTOS E INFORMACIONES QUE DEBEN ACOMPAÑAR A LA
  • 1. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación e
  • 3 - objetivos lingüísticos, fechas de duración, folleto o programa de las actividades- así como un certificado de asistencia. d. Recibo del pago de la matrícula (expedido por la entidad bancaria) en el que constará pagado el 100% de la cuota. e. Fotocopia de la primera hoja de la libreta bancaria en la que se desea que se ingrese el importe de la subvención (número IBAN, la persona solicitante estará entre los titulares).
  • 2. El Ayuntamiento podrá requerir la documentación complementaria que juzgue necesaria para poder evaluar adecuadamente las solicitudes y controlar que las condiciones recogidas en estas bases para la concesión de la ayudas se cumplen efectivamente.
  • 3. El Ayuntamiento podrá pedir a las familias beneficiarias que cumplimenten un cuestionario para evaluar el campamento objeto de la ayuda. Las familias beneficiarias se comprometen a cumplimentar y entregar el formulario en el plazo que se les indique.
  • 4. El solicitante autoriza al Ayuntamiento a comprobar de oficio el estar al corriente de pagos con el mismo.
  • 1. La persona solicitante podrá recibir una ayuda máxima de 200 euros y la cantidad concedida no será más del 40% del gasto total realizado.
  • 2. En el supuesto de que el importe total de las ayudas supere la consignación económica reservada para la convocatoria en los presupuestos municipales (2.000 euros para 2026), se procederá al prorrateo entre las personas beneficiarias de la convocatoria que cumplan los requisitos establecidos.
  • ESTUDIO Y RESOLUCIÓN DE SOLICITUDES.
  • 1. Las solicitudes presentadas serán valoradas por la Comisión de Educación, quien realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
  • 2. La concesión de subvenciones se realizará por acuerdo de Junta de Gobierno Local.
  • 3. El Ayuntamiento de Estella-Lizarra denegará la beca a las personas que tengan deudas tributarias con el Ayuntamiento
  • 4. La resolución de la concesión será notificada a todas las personas participantes, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se impute, persona beneficiaria, cantidad concedida y finalidad de la subvención, y se publicará en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Estella-Lizarra.
  • 5. Contra dicha resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá
  • 1. Deialdi honen xedea da ikasleentzat osoki beste hizkuntzetan antolatzen diren udalekuetan parte hartzeak sortzen duen gastua hein batean finantzatzea. Dirulaguntza hauek 2026ko aurrekontuko 335004890001 – “Subv. Campamentos Otros idiomas” diru-sailaren kontura joanen dira. Xede honetarako, gehienez ere,
  • 2. Deialdi honetatik kanpo geratuko dira, ordea: a. Txango eta bidaiak. b. Udalerrian edo udalerritik hurbil egonda barnetegi erregimena eskatzen ez dutenak.

Gastos y actuaciones

  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    1. Se subvencionarán los gastos originados por estancias en campamentos realizados íntegramente en otros idiomas y organizados para alumnado de Estella-
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    2 - Lizarra, es decir, gastos de estancias pasando noche fuera de la localidad de residencia.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    2. Únicamente se subvencionará 1 campamento por niño/a o joven.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    3. La duración del campamento no será inferior a 5 días (4 noches), y se llevará a cabo durante el periodo vacacional de verano (15 de junio al 13 de septiembre).
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    2. El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    3. Si la solicitud presentada no reuniese los requisitos y documentación establecidos en ésta convocatoria, se requerirá a la persona interesada para que lo subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    DOCUMENTOS E INFORMACIONES QUE DEBEN ACOMPAÑAR A LA
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    1. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación e
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    3 - objetivos lingüísticos, fechas de duración, folleto o programa de las actividades- así como un certificado de asistencia. d. Recibo del pago de la matrícula (expedido por la entidad bancaria) en el que constará pagado el 100% de la cuota. e. Fotocopia de la primera hoja de la libreta bancaria en la que se desea que se ingrese el importe de la subvención (número IBAN, la persona solicitante estará entre los titulares).
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    2. El Ayuntamiento podrá requerir la documentación complementaria que juzgue necesaria para poder evaluar adecuadamente las solicitudes y controlar que las condiciones recogidas en estas bases para la concesión de la ayudas se cumplen efectivamente.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    3. El Ayuntamiento podrá pedir a las familias beneficiarias que cumplimenten un cuestionario para evaluar el campamento objeto de la ayuda. Las familias beneficiarias se comprometen a cumplimentar y entregar el formulario en el plazo que se les indique.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    4. El solicitante autoriza al Ayuntamiento a comprobar de oficio el estar al corriente de pagos con el mismo.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    CUANTÍA DE LAS AYUDAS
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    1. La persona solicitante podrá recibir una ayuda máxima de 200 euros y la cantidad concedida no será más del 40% del gasto total realizado.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    2. En el supuesto de que el importe total de las ayudas supere la consignación económica reservada para la convocatoria en los presupuestos municipales (2.000 euros para 2026), se procederá al prorrateo entre las personas beneficiarias de la convocatoria que cumplan los requisitos establecidos.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    ESTUDIO Y RESOLUCIÓN DE SOLICITUDES.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    1. Las solicitudes presentadas serán valoradas por la Comisión de Educación, quien realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    2. La concesión de subvenciones se realizará por acuerdo de Junta de Gobierno Local.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    3. El Ayuntamiento de Estella-Lizarra denegará la beca a las personas que tengan deudas tributarias con el Ayuntamiento

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

document_text · grant_document_contents[12776].extracted_segments[0]

1.1. Las subvenciones que regula la presente convocatoria tienen por objeto financiar, en parte, los gastos que origina la participación en campamentos íntegramente realizados en otros idiomas, organizados para el alumnado de Estella- Lizarra. Estas ayudas se abonarán con cargo a la partida presupuestaria 334004890009 – “Subv. Campamentos Otros idiomas” del año 2026. Se destina a este objetivo un máximo de 2.000 €.