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La Normativa reguladora de la concesión de estas subvenciones está contenida en: la Ordenanza reguladora de Ayudas económicas de emergencia social y de apoyo a la intervención del Ayuntamiento de Mieres publicada en el BOPA n. O 98 de 23 de mayo de 2025; así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones; y en la Ley 3/2021, de 30 de junio, de garantía de Derechos y Prestaciones Vitales. La Ley 3/2021, de 30 de junio, de Garantía de Derechos y Prestaciones Sociales tiene por objeto garantizar la cobertura de las necesidades vitales de las personas que carezcan de los recursos suficientes en el ámbito del Principado de Asturias, así como promover la incorporación social y laboral de quienes se encuentren en situaciones de vulnerabilidad, mediante la creación de un Sistema Asturiano de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales, con la colaboración y participación de los concejos, y en concreto en su artículo 81 se determina cuáles son las funciones de los concejos, entre las que se encuentra: la concesión, denegación, modificación, suspensión, extinción y pago de las ayudas de emergencia social del Sistema y la fijación del importe y del límite de recursos de las prestaciones vitales configuradas como ayudas de emergencia social. Esta convocatoria tiene por objeto establecer las normas por la que ha de regirse la concesión de ayudas económicas de emergencia social para familias con menores y estarán destinadas a aquellas unidades económicas de convivencia independiente que tengan menores de edad a su cargo, y que no hayan sido privados de guardia y custodia, cuyos recursos resulten insuficiente para hacer frente a gastos específicos relacionados de manera directa con su alimentación, higiene, ropa, calzado, salud y educación, siendo su finalidad la de procurar el pleno disfrute de sus derechos.