Personas físicasES61 - ANDALUCIA

Convocatoria de ayudas de bonos comedor, curso 2026-2027

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES61 - ANDALUCIA. La gestiona UNIVERSIDAD DE SEVILLA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • 1. Estar matriculado en el curso 2026-2027 en una titulación oficial conducente a la obtención de un título de Grado o Máster Universitario en un centro propio de la Universidad de Sevilla. Estos estudiantes deberán estar matriculados de, al menos, 12 créditos o los créditos que le resten para finalizar sus estudios en el citado curso.
  • 2. No estar en posesión, ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título universitario del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios matriculados en el curso 2026-2027. No obstante, podrán concederse estas Ayudas a aquellos estudiantes que se encuentren en alguna de las
  • estar en posesión de un título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto y se encuentren matriculados en un Máster Universitario,
  • estar matriculados en los Itinerarios Curriculares conducentes a la obtención de un título de Grado A estos efectos, no podrán ser beneficiarios de estas Ayudas aquellos estudiantes a quienes únicamente les reste, para la obtención del título, la acreditación de un determinado nivel de conocimiento de un idioma extranjero.
  • Los beneficiarios de estas ayudas deberán haber superado en el último curso universitario realizado, al menos el 50 % de los créditos matriculados . Los créditos reconocidos, convalidados o adaptados no se tendrán en cuenta para el cumplimiento de los requisitos académicos establecidos en esta convocatoria. Estos requisitos académicos no serán exigibles para los estudiantes que han accedido en el curso 2026-2027, por primera vez, a estudios universitarios de Grado. Código Seguro De Verificación MJZLykqkD4RBBdIvuStKHw== Fecha 29/06/2026 Firmado Por MARÍA CARMEN VARGAS MACÍAS Url De Verificación https://pfirma.us.es/verifirma/code/MJZLykqkD4RBBdIvuStKHw%3D%3D Página 2/11
  • 1. La renta familiar en el ejercicio 2025 no podrá ser superior a la indicada en la siguiente tabla:
  • 2. Se denegará la solicitud de Ayuda por razón del patrimonio del conjunto de miembros computables de la unidad familiar, cualquiera que sea la renta familiar a efectos de esta Ayuda, cuando se supere alguno de los umbrales de patrimonio que se estable cen en la convocatoria de becas de carácter general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para el curso 2026-2027.
  • Cálculo de la Renta. - La renta familiar a efectos de estas Ayudas se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio 2025 de cada uno de los miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza calculadas según se indica en los párrafos siguientes y de conformidad con la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Para la determinación de la renta de los miembros computables que hayan presentado declaración
  • Se sumará la base imponible general con la base imponible del ahorro, excluyéndose los saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales de 2021 a 2024 y el saldo neto negativo de rendimientos del capital mobiliario de 2021 a 2024 a integrar en la base imponible del ahorro.
  • De este resultado se restará la cuota resultante de la autoliquidación. Para la determinación de la renta de los miembros computables que obtengan ingresos propios y no hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se seguirá el procedimiento descrito en el párrafo a) anterior y del resultado obtenido se restarán los pagos a cuenta efectuados. Código Seguro De Verificación MJZLykqkD4RBBdIvuStKHw== Fecha 29/06/2026 Firmado Por MARÍA CARMEN VARGAS MACÍAS Url De Verificación https://pfirma.us.es/verifirma/code/MJZLykqkD4RBBdIvuStKHw%3D%3D Página 3/11
  • acreditativa de la situación alegada , en su caso, se deberán presentar de forma telemática (requiere certificado digital de la FNMT), según se establece en el Reglamento sobre administración electrónica de la Universidad de Sevilla. La presentación telemática de la solicitud se realizará a través del Registro General Electrónico del AGE ( https://reg.redsara.es), a la que se adjuntará, en formato pdf, la documentación correspondiente, indicando como destinatario en la solicitud “Universidad de Sevilla”. Excepcionalmente, aquellos estudiantes que no reúnan las condiciones para solicitar el certificado digital de la FNMT podrán presentar su solicitud de forma presencial a través de la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Universidad de Sevilla, sitas en C/San Fernando, 4 (Rectorado) o en Paseo de
  • las Delicias, s/n (Pabellón de Brasil). Para ello deberá pedir cita previa en el siguiente enlace: https://institucional.us.es/cprevias/index.php (Una vez acceda a este enlace, deberá seleccionar “Registro Código Seguro De Verificación MJZLykqkD4RBBdIvuStKHw== Fecha 29/06/2026 Firmado Por MARÍA CARMEN VARGAS MACÍAS Url De Verificación https://pfirma.us.es/verifirma/code/MJZLykqkD4RBBdIvuStKHw%3D%3D Página 4/11
  • AYUDAS DE BONOS DE COMEDOR Curso 2026-2027 5 General” y a continuación elegir cualquiera de las dos Oficinas de Registro) o bien podrán presentar la solicitud en cualquiera de las formas presenciales establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El impreso estará disponible en el Portal de la Universidad de Sevilla: Apartado Estudiar / Becas y Ayudas / Ayudas Asistenciales / Propias / Ayudas de bonos de comedor: https://www.us.es/estudiar/becas- ayudas/becas-asistenciales/propias. El plazo de presentación de solicitudes comprende desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon- virtual) hasta el 25 de septiembre de 2026.
  • Colectivo 1: Certificado de defunción del padre y de la madre del solicitante.
  • Colectivo 2: Certificado de defunción del padre o de la madre del solicitante.
  • Colectivo 3: Documentación acreditativa de la situación de violencia de género o de violencia sexual (denuncia, sentencia, orden de protección, resolución judicial con medidas cautelares, informe del Ministerio Fiscal, informe de Servicios Sociales).
  • Colectivo 4: Vida laboral completa y actualizada a 31 de diciembre de 2025 del sustentador principal de la unidad familiar.
  • Colectivo 5: Certificado de reconocimiento de la pensión del sustentador principal y vida laboral.
  • Colectivo 6: Certificado de discapacidad legalmente calificada con un grado igual o superior al 33%. − Impreso de autorización para solicitar datos económicos a la AEAT de la unidad familiar del solicitante, debidamente firmado y cumplimentado por todos los miembros co mputables de la unidad familiar, debiendo ser las firmas originales, no admitiéndose firmas escaneadas o fotocopiadas. El impreso de autorización firmado por todos los miembros debe ser expresamente el que se publica en la solicitud de estas ayudas. − Documentación acreditativa de la independencia económica y familiar del solicitante, en su caso. − Certificación académica donde figuren los créditos matriculados y superados en el último curso en que realizara estudios universitarios a los estudiantes procedentes de otras Universidades.
  • Los solicitantes deberán cumplimentar, obligatoriamente, en la solicitud de estas Ayudas, los siguientes

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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