Convocatoria de ayudas al estudio dirigidas a estudiantes de nuevo ingreso matriculados en el campus universitario de Miranda de Ebro . Curso 2026/2027

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES412 - Burgos. La gestiona UNIVERSIDAD DE BURGOS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

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    Preferentemente a través de la sede electrónica la Universidad de Burgos https://sede.ubu.es/catalogo/OTRASA/ eligiendo en el catálogo de trámites: BECAS Y AYUDAS. A la sede electrónica deberá acceder con ce rtificado digital, o DNI electrónico y tener instalado autofirma o mediante firma con doble factor de autenticación. Si no posee certificado digital puede consultar el modo de obtenerlo en la página web.
  • documentation
    Presencialmente en el registro general (Edificio de Administración y Servicios, C/ Don Juan de Austria,
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    o en los registros auxiliares de la Universidad de Burgos (Secretarias Administrativas de los Centros) debiendo personarse el estudiante que solicita la ayuda presencialmente y acreditándose con su documento nacional de identidad.
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    Por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas El plazo de present ación de solicitudes será des de el mismo día de publicación de esta resolución en el Tablón Electrónico Oficial hasta el 30 de septiembre de 2026.
  • documentation
    - DOCUMENTACIÓN REQUERIDA En el caso de solicitar la ayuda por alojamiento se deberá aportar copia del contrato de alquiler donde figure como arrendatario el/la solicitante o copia de la documentaci ón acreditativa de estar alojado en una residencia. En el caso de solicitar la ayuda por desplazamiento se deberá aportar certificado de empadronamiento del/de la solicitante. En la ayuda para sufragar otros gastos no deberá aportar documentación.
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    -INCOMPATIBILIDAD El componente de la ayuda por alojamiento y/o desplazamiento será incompatible para aquellos estudiantes que reciban para este mismo curso y estudios otro tipo de ayuda con el mismo fin (componente de residencia de las ayudas al estudio del Ministerio de Educación o similares).
  • documentation
    -TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE El órgano instructor será la Unidad de Información, Orientación y Promoción del Estudiante del Servicio de Estudiantes y Extensión Universitaria de la Universidad de Burgos, esta unidad recepcionará l as solicitudes presentadas. La Comisión de Valoración establecida en esta convocatoria emitirá un informe de valoración de l as solicitudes del estudiantado. Dicho informe será remitido a la Unidad d e Información, Orientación y Promoción del Estudiante para la preparación de la propuesta de resolución.
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    Presidente: Vicerrectora de Estudiantes o persona en quien delegue.
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    Vicepresidente: Jefe de Servicio de Estudiantes y Extensión Universitaria.
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    Vocal: Subdirector del Campus de Miranda
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    Vocal: Coordinador del Grado en Tecnologías Digitales para la Empresa
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    Vocal: Un/una estudiante, representante del estudiantado.
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    Secretaria: Funcionaria de la Unidad de Información, Orientación y Promoción del Estudiante.
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    - PUBLICACIÓN Y NOTIFICACIÓN La resoluci ones provisional y definitiva con la relación de beneficiarios se publicará n en el tablón electrónico oficial de la Universidad de Burgos.
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    - PLAZO DE RESOLUCIÓN El plazo máximo para resolver será de seis meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera notificado la resolución, se podrá entender desestimadas las solicitudes.
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    - REINTEGRO DE LAS AYUDAS El estudiante beneficiario de estas ayudas deberá permanecer matriculado en el Grado en Tecnologías Digitales para la Empresa - Mención Dual durante todo el curso académico 2026-2027. La anulación de la matrícula supondrá la pérdida del derecho a la ayuda y la obligación de reintegrar las cantidades percibidas.
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    - BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS De acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional primera de la Resolución de 18 de diciembre de 2019, del Rectorado de la Universidad de Burgos, por la que se publican las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas de la Universidad de Burgos (BOCYL 15 de enero de 2020), las bases reguladoras de dicha resolución son aplicables a esta convocatoria.
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    - BASE NACIONAL DE DATOS DE SUBVENCIONES La presente convocatoria, las concesiones y los pagos se publicarán en la web del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index, según lo establecido en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
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    - EXENCIÓN DEL IRPF La presente ayuda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7, apartado 10 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio es una beca que se encuentra esta exenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
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    - DATOS DE CARÁCTER PERSONAL La participación en la presente convocatoria conlleva la aportación voluntaria de datos de carácter personal. Según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, el acto de consignar la solicitud de participación supone el consentimiento y la información y conocimiento de que los datos aportados sean tratados por la Universidad de Burgos, con la finalidad de tramitar la solicitud, valorarla y verificar el cumplimiento de los requisitos para participar en la convocatoria a efectos de resolución, notificación, publicación y gestión de la ayuda Burgos, a fecha de firma electrónica El Rector P.D. Vicerrectora de Estudiantes Resolución 15/01/2025 (B.O.C.y L 17/01/2025) Sara Gutiérrez González

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Educación