Personas jurídicasES521 - Alicante / Alacant

CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE DEL AYUNTAMIENTO DE CALP, TEMPORADA 2025-2026

La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de ayudas destinadas a la promoción y desarrollo del deporte base en el municipio de Calp, así como a la organización de eventos deportivos y al fomento de los deportes autóctonos.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CALP.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Podrán optar a las subvenciones reguladas mediante las presentes bases aquellos clubes y/o entidades deportivas con domicilio social en el municipio de Calp que promocionen y fomenten
  • Tener capacidad de obrar y encontrarse constituidas formalmente con arreglo a la normativa vigente.
  • Tener entre sus fines estatutarios la promoción y participación en deporte federado.
  • Las entidades deben acreditar que su objeto cumple con los fines y objetivos de las Bases de esta convocatoria.
  • No estar incurso en ninguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Compromiso de colaboración con el programa deportivo de la Concejalía de Deportes del
  • Participación activa (voluntarios) en las actividades programadas por el Ayuntamiento de Calp a través de la Concejalía de Deportes.
  • No desarrollar ningún tipo de actividad que pudieran entrar en conflicto con las actividades deportivas organizadas por la Concejalía de Deportes.
  • Estar inscrito en la correspondiente al deporte por el que seFederación Deportiva Autonómica haya solicitado la subvención.
  • No podrán optar a la subvención los clubes o asociaciones siguientes:
  • Sociedades Anónimas Deportivas.
  • Aquellas entidades, sobre las que hubiera recaído resolución de reintegro o pérdida de la subvención por incumplimiento de las condiciones establecidas en la presentes bases, o bien tuvieran pendiente de justificar cualquier otra aportación. Cód. Validación: 9PY53AQMHF5A46YGA5ZE9QRHW Verificación: https://calp.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 11
  • Aquellas entidades que interfieran negativamente en el funcionamiento de los servicios ofertados por la Concejalía de Deportes.
  • PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES Las solicitudes se presentarán exclusivamente por medios electrónicos, mediante el impreso específico habilitado al efecto, de conformidad con lo previsto en el artículo 14.2.a) de la Ley 39 /2015, de 1 de octubre. El plazo de presentación será de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. Las solicitudes deberán ser suscritas por las personas interesadas o por los representantes legales de las entidades solicitantes e incorporarán la declaración responsable respecto de los requisitos y obligaciones establecidos en las bases reguladoras. No se admitirán las solicitudes presentadas fuera de plazo, las que no se presenten electrónicamente en los lugares establecidos por la Ley 39/2015, las que no utilicen el modelo específico o las que contengan en blanco o sin información los anexos de la solicitud.
  • Las entidades deberán aportar, con carácter general, la siguiente documentación:
  • Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal (NIF) de la entidad.
  • Fotocopia del DNI en vigor de la persona que suscribe la solicitud y acredita la representación de la entidad.
  • Certificado de titularidad bancaria a nombre de la entidad solicitante.
  • Copia de los Estatutos del Club legalmente constituidos.
  • Acta de la última Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria celebrada.

Gastos y actuaciones

  • GASTOS SUBVENCIONABLES Y NO SUBVENCIONABLES · eligible
    El listado completo de gastos subvencionables y no subvencionables puede encontrarse en las bases reguladoras.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES Y NO SUBVENCIONABLES · eligible
    PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA Y DIFUSIÓN La convocatoria y su resolución serán objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y, en los términos legalmente previstos, se publicará un extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. Asimismo, la información podrá difundirse a través de la página web municipal, el tablón de anuncios y otros medios publicitarios. Las entidades beneficiarias deberán dar publicidad de la financiación de la Concejalía de Deportes, haciendo constar la temporada subvencionada, la cuantía recibida y los logotipos del Ayuntamiento de Calp y Calp Esports, en los términos establecidos en la base decimocuarta.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de ayudas destinadas a la promoción y desarrollo del deporte base en el municipio de Calp, así como a la organización de eventos deportivos y al fomento de los deportes autóctonos.