Personas jurídicasES53 - ILLES BALEARS

Convocatoria de ayudas a centros públicos de investigación para la adquisición de equipamiento científico técnico

Investigación, desarrollo e innovación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES53 - ILLES BALEARS. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACIÓN Y ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • 1 Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria los centros públicos de investigación de las Illes Balears. A efectos de esta convocatoria se
  • Las universidades públicas.
  • Los organismos públicos de investigación (OPI) reconocidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, tecnología e innovación.
  • Los institutos, centros, consorcios e infraestructuras mixtas de investigación participados por los organismos públicos de investigación (OPI) mencionados en la letra anterior.
  • Los institutos de investigación sanitaria acreditados por el Instituto de Salud Carlos III.
  • Los organismos públicos de investigación agraria y alimentaria de las comunidades autónomas, integrados en el sistema INIA (CSIC) – CCAA.
  • 2 En el caso de los centros públicos de investigación indicados en la letra c) del punto anterior sin personalidad jurídica propia, podrán tener también la condición de beneficiario cualquiera de las entidades con personalidad jurídica que formen parte de ellos. También podrán presentar una solicitud firmada por ambas entidades. En este caso, en la solicitud, se deberán hacer constar los compromisos que asume
  • Aquesta és una còpia autèntica imprimible d'un document electrònic. Podeu comprovar la seva validesa al següent enllaç: https://csv.caib.es/concsvfront/view.xhtml?hash=abc6a3ff9956162662dd590be6e63b7e4bb1c5b7392b7af4d7ffc2f68ea08747 CSV: abc6a3ff9956162662dd590be6e63b7e4bb1c5b7392b7af4d7ffc2f68ea08747 Pàgina 10/37 10 cada entidad, así como el importe de la subvención que se debe aplicar a cada una.
  • 3 Los beneficiarios deben cumplir los requisitos específicos siguientes:
  • Deben tener la sede o el domicilio social o uno de los centros investigadores en el ámbito territorial de las Illes Balears; o tener el domicilio social en el territorio español y tener un centro público de investigación ubicado en el territorio de las Illes Balears.
  • Deben estar válidamente constituidas de conformidad con la normativa vigente y, en su caso, inscritas en el Registro correspondiente; disponer de la organización, la estructura técnica y la capacidad suficiente y necesaria para garantizar el cumplimiento de la actuación objeto de subvención.
  • Deben contar en servicio activo, mediante una relación funcionarial, estatutaria o laboral, o tener adscrito, bien al personal investigador responsable del grupo de investigación principal, bien al responsable del servicio común que utilizará el equipamiento científico.
  • 4 No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias descritas en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
  • Características de las ayudas
  • 1 Podrán ser objeto de ayuda las actuaciones consistentes en la adquisición de equipamiento científico-técnico, la instalación y puesta en funcionamiento en centros de investigación públicos de las Illes Balears, cuyo coste sea, como mínimo, de 50.000,00 euros (IVA excluido). También podrán imputarse pequeñas intervenciones en la sala donde se instale el equipamiento, siempre que respondan a necesidades derivadas de la instalación. En los procesos de licitación para la adquisición del equipamiento subvencionado, las mejoras que las entidades licitadoras ofrezcan dentro del valor estimado del contrato (VEC) y que estén directamente vinculadas al objeto del equipamiento tendrán la consideración de gasto subvencionable y se aplicarán, con carácter preferente, ante las bajas en el precio de adjudicación, siempre que cumplan la normativa de contratación del sector público aplicable. En ningún caso la subvención justificada podrá superar el coste efectivamente soportado ni el importe concedido.
  • 2 A efectos de esta convocatoria, se entiende por equipamiento científico- técnico el conjunto de medios físicos (equipos) con autonomía funcional, necesarios para la realización de actividades de I+D+I.
  • 3 El equipamiento solicitado estará constituido fundamentalmente por un único aparato, el cual deberá ser el elemento básico o troncal de la tecnología a la que se refiere, y puede estar acompañado de determinados complementos opcionales o módulos que constituyan una misma unidad de funcionamiento. También podrán financiarse complementos opcionales que sean independientes del aparato base o troncal, es decir, actuaciones como la adición de detectores, la adición de inyectores, procesadores de muestras, las actualizaciones del software del equipamiento, etc., así como los gastos derivados de su instalación, siempre que se justifique en la solicitud la necesidad de la adquisición de los complementos y la viabilidad de su instalación, que se acredite que el equipamiento a actualizar ya está en funcionamiento en el centro de investigación y que aún está dentro de su periodo de vida útil.
  • 4 No se considerarán elegibles para financiación las solicitudes que comprendan un conjunto de aparatos diversos que no constituyan una unidad funcional ni los que prevean, sin justificación de la necesidad, más de un ejemplar del mismo equipamiento.
  • 5 El equipamiento no podrá utilizarse para llevar a cabo actividades económicas de la entidad, salvo en el supuesto previsto en el punto 2.3 de la convocatoria.
  • 6 El equipamiento objeto de subvención deberá instalarse y utilizarse en el ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Gastos y actuaciones

  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    1 Se consideran gastos subvencionables, a efectos de esta convocatoria, los que de manera indudable resulten necesarios y respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen en el periodo de ejecución que comprende desde el 1 de junio de 2026 hasta el 31 de mayo de 2028.
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    2 A efectos de estas ayudas, se considerará gasto realizado el que se lleve a cabo dentro del periodo de ejecución y sea efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación que acaba el 30 de junio de 2028.
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    3 En todo caso, la adquisición del equipamiento científico-técnico deberá cumplir la normativa de contratación aplicable.
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    4 Se considerarán conceptos de gasto financiables los siguientes:
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    La adquisición de equipos, incluidos sus accesorios y aparatos auxiliares, nuevos y de última generación.
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    La adquisición de complementos opcionales, independientes del aparato base o troncal, es decir, actuaciones como la adición de detectores, la adición de inyectores, procesadores de muestras, las actualizaciones del software del equipamiento, etc., así como los gastos derivados de su instalación, siempre que se justifique en la solicitud la necesidad de la adquisición de los complementos y la viabilidad de su instalación, que se acredite que el equipamiento a actualizar ya está en funcionamiento en el centro de investigación y que aún está dentro de su periodo de vida útil.
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    El transporte del equipamiento adquirido con cargo a la ayuda prevista en esta convocatoria.
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    La obra civil imprescindible para la realización del acondicionamiento necesario para la instalación y puesta en marcha del equipamiento adquirido con cargo a la ayuda prevista en esta convocatoria.
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    Otros costes necesarios para instalar o poner en funcionamiento el equipamiento científico-técnico adquirido con cargo a la ayuda prevista en esta convocatoria.
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    La formación del personal necesaria para la utilización del equipamiento e incluida en el precio de adquisición.
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    Las licencias permanentes de programas de ordenador de carácter técnico destinado exclusivamente a la investigación y que posibiliten la utilización adecuada del equipamiento científico-técnico adquirido con cargo a la ayuda prevista en esta convocatoria.
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    Los gastos de mantenimiento y reparación del equipamiento incluidos como mejora en las ofertas en el proceso de licitación, en su caso.
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    5 En ningún caso serán financiables los gastos siguientes:
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    El mobiliario de oficina.
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    El material fungible.
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    Los gastos de mantenimiento recurrente o de reparación posteriores al periodo inicialmente concertado en el proceso de licitación.
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    El equipamiento de segunda mano.
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    Los seguros del equipamiento.
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    Las garantías del equipamiento que no estén incluidas en el precio de adquisición.
  • Gastos subvencionables y periodo de ejecución · eligible
    El material bibliográfico, los gastos de suscripción a publicaciones, o el acceso a bases de datos.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Investigación, desarrollo e innovación