CONVOCATORIA DE AYUDA A AUTÓNOMOS PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA, ORIENTADA AL MANTENIMIENTO DE SERVICIOS EN LOS PUEBLOS DE LA PROVINCIA DE TERUEL 2026

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Autónomos, Comercio. Su ámbito territorial es ES242 - Teruel. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Copia del DNI del solicitante o documento equivalente
  • Certificado del ayuntamiento acreditativo de que la actividad empresarial para la que se solicita subvención, es única en el municipio, entidad local menor o barrio pedáneo y que con esta actuación se cumple lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Cód. Validación: AS9QYY3N7NY56TXZJ247ALCZ7 Verificación: https://dpteruel.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 27
  • Cuando el solicitante se encuentre en la situación prevista en la cláusula 5.2 de esta convocatoria deberá presentar el Anexo II DF>500H
  • Informe de Bases y cuotas Ingresadas a la Seguridad Social, desde el mes de enero de 2026 al mes inmediatamente anterior a la fecha de presentación de esta solicitud.
  • Certificado actualizado de Situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT (epígrafe y fecha)
  • Anexo Adicional a la solicitud.
  • En el caso de haber solicitado prestación extraordinaria por cese de actividad, se deberá adjuntar la Resolución de reconocimiento del derecho a la prestación por cese de actividad de los autónomos y el Informe de vida laboral actualizado.
  • En el caso de haber modificado la cuenta o ser la primera vez de solicita esta ayuda, deberá presentar ficha de terceros acompañada de certificado de titularidad bancaria (Según Anexo III)
  • En el caso de solicitar la ayuda el autónomo principal y un autónomo colaborador, ambos deberán presentar el Anexo IV debidamente firmado por los dos y, en el caso del autónomo colaborador, acompañado de la documentación que en éste se indica. El autónomo colaborador no podrá estar dado de alta como trabajador por cuenta ajena para ser beneficiario de esta subvención, además, deberá cumplir todos los requisitos para tener la consideración de autónomo colaborador según la normativa aplicable y acreditarlo mediante la
  • Resolución de alta en el RETA del autónomo colaborador.
  • Fotocopia del Libro de familia o certificado del Registro de parejas estables no casadas que acredite que la persona solicitante es cónyuge, pareja estable no casado, ascendiente, descendiente o tenga una relación de parentesco hasta el 2.º grado de consanguinidad o afinidad o adopción de la persona titular del negocio.
  • En su caso, copia de la última nómina pagada.
  • Certificado de estar al corriente con la TGSS.
  • Certificado de estar al corriente con la AEAT.
  • En el caso de actuar como representante del solicitante, además, se deberá presentar:
  • Anexo V debidamente cumplimentado y firmado.
  • Cuando la actividad se ejerza a través de una sociedad, el solicitante deberá:
  • Acreditar el alta en RETA como autónomo societario (vida laboral o certificado TGSS).
  • Acreditar el vínculo con la sociedad (escritura/nota simple o certificado que indique participación y, en su caso, nombramiento de administrador/a).
  • Acreditar que la sociedad o el solicitante desarrolla la actividad en el epígrafe IAE correspondiente en el núcleo de población indicado (alta IAE o certificado censal). Es conveniente aclarar, que el correo electrónico que se ponga en los anexos de solicitud y en la sede electrónica para presentar la documentación, será donde se recibirá el aviso de notificación electrónica, y por lo tanto, es conveniente que coincida con la persona que va a poder recoger la notificación con su certificado electrónico. A lo largo de la tramitación de los procedimientos y, en todo caso, en las fases en que así se estipule en la legislación aplicable, se podrá requerir la documentación acreditativa de las circunstancias que concurran en los solicitantes y hayan de ser comprobadas con carácter previo al otorgamiento de la subvención. En todo caso, se exigirá la documentación, salvo que el solicitante la haya aportado anteriormente a la Diputación Provincial de Teruel, en cuyo caso será aplicable lo establecido en el artículo

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Otras actuaciones de carácter económico