Personas físicasES42 - CASTILLA LA MANCHA

3 becas de colaboración en difusión y comunicación en redes sociales, actividades académicas y culturales organizadas p…

Título oficial: Convocatoria de 3 becas de colaboración en difusión y comunicación en redes sociales, actividades académicas y culturales organizadas por la facultad y proyectos de mejora de la calidad docente. Facultad de Educación de Cuenca. UCLM. Curso 26-27

1. Se convocan tres becas de colaboración destinadas a que l as personas beneficiarias presten su colaboración, en régimen de compatibilidad con sus estudios, en la Facultad de Educación de Cuenca de la UCLM para la d ifusión y comunicación en redes sociales, actividades académicas y culturales organizadas por la Facultad y proyectos de mejora de la calidad docent e, conforme al plan formativo de la beca previsto en el anexo I y la planificación de las actividades del listado de tareas y su programación recogidos en el anexo II.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES42 - CASTILLA LA MANCHA. La gestiona UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 8.452,68 €. Inicio: 14/09/2026. Plazo: Fin: 25/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán participar en esta convocatoria las personas que cumplan los siguientes requisito s:
  • Estar matriculado/a en enseñanza oficial de Grado (Grado Infantil, Grado Primaria y Doble Grado Infantil y Primaria de la Facultad de Educación de Cuenca) de la UCLM durante el curso 2026/2027, siendo necesario que el/la estudiante continúe con dichos estudios durante el período de disfrute de la beca. A estos efectos, no podrán solicitar la aquellas personas matriculadas en otras Universidades que realicen estancias temporales en la UCLM sobre la base de programas nacionales o internacionales de movilidad.
  • No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título universitario de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, excepto si dicha titulación es el requisito académico que ha permitido al alumno/a matricularse en los estudios de máster o doctorado , según proceda , o su adaptación a los estudios de grado correspondientes, por enseñanza oficial, en la Universidad de Castilla-La Mancha.
  • No estar incurso/a en las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiario /a del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias, en el caso de tratarse de alumnos/as independientes económicamente. En el caso de los/as alumnos/as que no tengan independencia económica, la exigencia de dicho requisito se extenderá a todos los miembros que conformen la unidad familiar. A dichos efectos la UCLM obtendrá los datos oportunos de la Agencia Tributaria.
  • No haber disfrutado en cursos anteriores de becas de colaboración de la UCLM que en su conjunto hayan supuesto una duración igual a 22 meses. En el caso de que ese periodo máximo se cumpla durante el disfrute de la beca, la persona beneficiaria cesará automáticamente. A efectos de incorporación a la beca, tanto por llamamiento inicial como por ser llamado de bolsa, la duración a que se refiere el presente apartado se reduce a 21 meses, en aras a dar cumplimiento a las estipulaciones y plazos reglamentarios vigentes en las normas sobre Seguridad Social.
  • No haber renunciado con anterioridad a una beca de colaboración de la UCLM sin causa justificada.
  • No se podrá disfrutar de la beca cuando a la persona solicitante se le haya anulado por impago la matrícula correspondiente a sus estudios en cursos anteriores.
  • No se podrán beneficiar de una beca de colaboración aquellos/as estudiantes cuyo nombramiento haya sido revocado por incumplimiento de sus obligaciones sin causa justificada, según se dispone a tal efecto en el artículo 11 de la vigente Normativa Reguladora de l as Becas de Colaboración de la Universidad de Castilla la Mancha.
  • Las solicitudes, cuya presentación se regirá por lo previsto en el Derecho administrativo, deben ajustarse al modelo que figura como Anexo I II de la presente convocatoria y estarán dirigidas a la Decana la Facultad de Educación de Cuenca de la Universidad de Castilla-La Mancha.
  • Las solicitudes se presentarán en el registro general de la UCLM, en los registros de Campus de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo y de las sedes de Almadén y Talavera de la Reina, o por cualquier otro medio contemplado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administra tivo Común de las Administraciones Públicas, entre ellos el registro electrónico de la UCLM.
  • El plazo para la presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el 14 de septiembre de 2026 de hasta las 14:00 horas del 25 de septiembre de 2026.
  • Junto a la solicitud se deben presentar los siguientes documentos: a. Currículum Vitae (CV).
  • Las comunicaciones relacionadas con esta convocatoria se realizarán exclusivamente a través de la cuenta de correo electrónico institucional del estudiante en la UCLM.
  • Incorporarse a su actividad en el Centro desde la fecha establecida como inicio del período de beca.
  • Cumplir con aprovechamiento cada una de las tareas encomendadas.
  • Guardar secreto y mantener la integridad de todos los datos personales que por razón de las tareas asociadas a la beca tuviera que tratar. Por ninguna razón y en ninguna circunstancia, el/la becario/a podrá comunicar datos de carácter personal a terceros . Esa obligación subsiste au n después de finalizar la beca. El incumplimiento de esta obligación será motivo suficiente para la revocación de la beca y la aplicación de sanciones de conformidad con lo previsto en la legislación vigente.
  • La presentación de la solicitud supone la aceptación de todos los puntos de la presente convocatoria por parte del solicitante. Para los aspectos no contemplados expresamente en ella se estará a lo dispuesto en la vigente normativa reguladora de las becas de colaboración de la Universidad de Castilla-La Mancha. Se aplicará además cualquier otra normativa que para esta materia resulte procedente.
  • Comunicar por escrito al órgano convocante cualquier circunstancia sobrevenida durante el disfrute de la beca que implique que se dejan de cumplir los requisitos y condiciones de la convocatoria.
  • Antes de librar el importe correspondiente al último mes de colaboración, el/la becario/a, con el visto bueno de su tutor /a, deberá presentar una memoria de l a actividad realizada, que incluirá aquellas propuestas de mejora que se consideren necesarias para los ámbitos a los que se refiere la beca.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1. Se convocan tres becas de colaboración destinadas a que l as personas beneficiarias presten su colaboración, en régimen de compatibilidad con sus estudios, en la Facultad de Educación de Cuenca de la UCLM para la d ifusión y comunicación en redes sociales, actividades académicas y culturales organizadas por la Facultad y proyectos de mejora de la calidad docent e, conforme al plan formativo de la beca previsto en el anexo I y la planificación de las actividades del listado de tareas y su programación recogidos en el anexo II.