CONVOCATORIA CONCURRENCIA COMPETITIVA DEPORTISTAS INDIVIDUALES O POR PAREJAS EJERCICIO 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Deportistas, Personas físicas. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MARBELLA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Ser deportista no profesional y hallarse en posesión de la licencia federativa para la práctica de la correspondiente modalidad deportiva individual o por parejas durante el año 2026.
  • Estar inscrito/a en el Padrón Municipal de Habitantes del Ayuntamiento de Marbella, con una antigüedad mínima de un año desde la publicación del extracto de esta convocatoria (acreditación de oficio por el Ayuntamiento), o bien tratarse de vecinos que lo hayan sido de Cód. Validación: 4YMZPQKYG7GEKMZYX5KALP9TL Verificación: https://marbella.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 16
  • Los menores de edad podrán participar aportando autorización del representante legal.
  • No estar incurso/a en ninguna de las circunstancias del art. 13.2 de la Ley 38/2003 (LGS) y de la Ordenanza Municipal, acreditado mediante declaración responsable (en menores, por representante legal).
  • Haber justificado en tiempo y forma anteriores ayudas o subvenciones municipales, en su caso.
  • No haber obtenido ingresos del Ayuntamiento de Marbella mediante otra subvención o contrato de patrocinio para los mismos conceptos previstos en esta convocatoria, acreditado mediante declaración responsable.
  • No podrán ser solicitantes quienes tengan asignada una subvención nominativa en las bases de ejecución del presupuesto municipal correspondiente, con el objeto de la presente convocatoria.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, lo que habrá de acreditarse mediante la certificación correspondiente, salvo autorización de la persona solicitante, para que el órgano instructor pueda recabar directamente dicha información. No será necesario aportar documentación acreditativa de las obligaciones tributarias con la entidad convocante, por cuanto los correspondientes certificados serán recabados directamente por el órgano instructor del procedimiento de concesión.
  • Aclaración sobre vinculación a clubes: Podrán concurrir deportistas que, aun figurando federados/as a través de un club (por exigencia federativa), compitan de forma individual y/o por parejas y asuman directamente su calendario, inscripciones y participación en competiciones oficiales, sin que la solicitud se presente a través del club ni se financien los mismos conceptos por éste. Quedan excluidas las solicitudes que correspondan a actividad propia del club o cuyo gasto sea asumido/gestionado por la entidad para el mismo concepto objeto de ayuda. En la modalidad por parejas, ambos integrantes deberán cumplir los requisitos de beneficiario/a (incluido empadronamiento, licencia y no profesionalidad), y la solicitud deberá presentarse por uno de ellos que actuará como representante. El pago de la subvención se efectuará al solicitante, ya sea cuando la solicitud se presente de forma individual o por parejas.
  • SEXTO. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS/AS Son obligaciones de los beneficiarios, las previstas en el art. 14 de la LGS y en la Ordenanza Municipal, y en particular la obligación de dar adecuada publicidad del carácter público de la financiación en los términos que establezca la Delegación de Deportes. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.4 de la LGS los deportistas beneficiarios deberán dar adecuada publicidad al carácter público de la financiación recibida por parte del Ayuntamiento de Marbella, incorporando de forma visible el logotipo institucional en cuantos medios, soportes, Cód. Validación: 4YMZPQKYG7GEKMZYX5KALP9TL Verificación: https://marbella.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 16
  • equipaciones, camisetas, photocalls, cartelería, publicaciones, redes sociales, páginas web, material gráfico, elementos promocionales y demás actuaciones de difusión se utilicen en relación con la actividad subvencionada. El beneficiario deberá conservar evidencias suficientes del cumplimiento de esta obligación tales como fotografías, capturas, enlaces, publicaciones, soportes gráficos o cualquier otro medio acreditativo.
  • SÉPTIMO. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
  • Fotocopia del DNI/NIE del solicitante.
  • En caso de tratarse de deportista menor de edad:  Documentación identificativa de su representante legal.  Documentación acreditativa de la representación.  Autorización del representante legal para la participación del menor en la convocatoria y para su sometimiento a las bases de ésta.
  • Acreditación de estar federado/a para la práctica deportiva en la modalidad correspondiente, durante 2026. Aportando fotocopia de la licencia federativa en vigor mediante certificado de la Federación correspondiente que lo acredite.
  • Presupuesto pormenorizado de ingresos y gastos con mención de fondos propios y, en su caso, provenientes de otras instituciones públicas o privadas.
  • Documentación acreditativa de los méritos evaluables, conforme a los criterios expuestos en las presentes Bases Reguladoras, adjuntando copia de las clasificaciones oficiales de las competiciones que se pretendan evaluar, así como copia de las clasificaciones oficiales, y certificado expedido por la Federación correspondiente.
  • Declaración responsable de no haber obtenido otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad, procedente de cualesquiera otras Administraciones, entes públicos o privados, y en su caso, cantidad percibida.
  • Declaración responsable de no haber obtenido del Ayuntamiento de Marbella otras subvenciones o patrocinio para los mismos conceptos objeto de esta convocatoria.
  • La acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social se efectuará mediante la aportación Cód. Validación: 4YMZPQKYG7GEKMZYX5KALP9TL Verificación: https://marbella.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 16

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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