subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la igualdad de oportunidades educatives dirigidas a los centro · 2026/2027

Título oficial: Convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la igualdad de oportunidades educatives dirigidas a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de educación primaria curso 2026/2027.

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas, Estudiantes y educación, Mujeres e igualdad. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GRANOLLERS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Personas jurídicas, Estudiantes y educación, Mujeres e igualdad.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica, Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 85.500,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Centros públicos y concertados de educación primaria del municipio de Granollers.
  • Centros de educación primaria públicos y concertados de los municipios de Les Franqueses, Canovelles y la Roca que tengan matriculados alumnos empadronados en Granollers que cumplan los requisitos fijados en esta convocatoria.
  • Asociaciones de familias o asociaciones pedagógicas que gestionen los gastos objeto de subvención establecidos en la convocatoria, en los centros educativos referidos en los puntos anteriores. Los solicitantes deben estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, con las restantes administraciones y con la Seguridad Social, así como de las
  • No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que imposibiliten para ser beneficiario de la subvención.
  • Presentar declaración sobre si se han solicitado u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la entidad que las ha concedido y la cantidad solicitada u obtenida.
  • Autorizar al Ayuntamiento de Granollers a consultar y verificar los datos mediante las plataformas habilitadas por las administraciones públicas, si es necesario. Los centros deberán aplicar la subvención a cubrir o reducir los gastos referidos en el apartado 2 de esta convocatoria a niños que cumplan los siguientes requisitos en el momento de
  • Reconocimiento de Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NESE B) derivadas de situaciones socioeconómicas o socioculturales desfavorecidas dictaminadas por el Equipo de Atención Psicopedagógica correspondiente, matriculados en el momento de presentar la solicitud o bien que se matriculen durante el curso escolar objeto de la convocatoria mediante el procedimiento de matrícula viva.
  • Que durante el curso 2026/2027 cursen tercero, cuarto, quinto o sexto de primaria.
  • Que no disfruten de las ayudas al alumnado con necesidades educativas específicas asignadas a los centros (mochilas escolares) que otorga el Departamento de Educación.
  • Que se encuentren empadronados en la ciudad de Granollers a la fecha de presentar la solicitud, excepto aquellos niños que residen en recursos de acogida para víctimas de violencia machista de la ciudad y en los que, por motivos de protección, no se pueden empadronar. Cada centro educativo deberá proceder, de la forma que le parezca más conveniente y dentro del marco del consejo escolar, para concretar a qué gastos se aplica la subvención. El concepto del gasto deberá ser acordado entre el centro escolar y la familia, priorizando los conceptos de libros de texto y material escolar por encima de los de salidas, colonias y actividades extraescolares. La concurrencia de estos requisitos se acreditará en el momento de presentar la solicitud,
  • - Documentos que deben acompañar la solicitud
  • 1. Declaración responsable de reunir los requisitos para ser beneficiario/a de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones; de compromiso de cumplir las condiciones de la subvención; y de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar las que se obtengan en el futuro; las retribuciones anuales de los órganos de dirección o administración si son personas jurídicas beneficiarias de una subvención de importe superior a 10.000,00 €, de acuerdo con el modelo normalizado.
  • 2. Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, si no ha aceptado de forma expresa al final de la presente solicitud que sean obtenidos directamente por el Ayuntamiento.
  • 3. Declaración responsable sobre obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en los supuestos previstos en el artículo 24 del RD 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS, y en los supuestos de no estar obligado, de acuerdo con el modelo normalizado.
  • Datos bancarios para efectuar el ingreso de la subvención, solo en caso de cambio, de acuerdo con el modelo normalizado.
  • Listado de los alumnos matriculados en el centro que cumplen los requisitos fijados en esta convocatoria. Hay que incluir nombre y apellidos del alumno y curso.
  • - Plazo, forma y lugar de presentación de las solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación en el BOPB y finalizará el día 30 de octubre inclusive. Se establece una única convocatoria para el año 2026. Las solicitudes conjuntamente con la documentación se deberán presentar telemáticamente en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Granollers, mediante la solicitud específica que será firmada por el representante legal del centro o asociación. El modelo normalizado de solicitud, así como el de todos los documentos exigidos en el punto 7 de la convocatoria, podrá encontrarse en la Sede electrónica en el trámite habilitado para esta convocatoria de subvención. La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan. Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán baremadas.
  • - Rectificación de defectos u omisiones en la documentación En caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, se requerirá al beneficiario a fin de que en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la notificación proceda a su rectificación o a las enmiendas necesarias, con la indicación de que si no lo hace así se entenderá por desistido de su solicitud.
  • - Órganos competentes para la instrucción y la propuesta de concesión El órgano responsable de la instrucción del procedimiento para la concesión de las subvenciones objeto de la presente convocatoria será el Servicio de Políticas Sociales y Personas Mayores. La propuesta de concesión de las subvenciones será elaborada por un órgano colegiado constituido de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.7 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Granollers y que estará formado por las siguientes
  • Presidente: Jefe de servicio o director/a de área de Servicios Sociales.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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