subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a favor de entidades para la promoción de proyectos de acción comun · 2026

Título oficial: Convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a favor de entidades para la promoción de proyectos de acción comunitaria y fomento de la convivencia para el año 2026.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE FRANQUESES DEL VALLÈS, LES.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 10.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Impreso de solicitud con la demanda especificada en lo referente a la subvención solicitada. En este impreso figurarán los datos de la entidad, el nombre de la actividad, así como la previsión de ingresos y gastos que pueda generar, las diferentes fuentes de ingresos, así como otros datos relativos a la entidad.
  • Descripción del programa para el cual se solicita subvención. En esta descripción se debe indicar el programa, los objetivos, la metodología, los destinatarios, las acciones previstas, la temporalización, la ubicación, el presupuesto y aquellos datos que la entidad considere de interés.
  • Declaración jurada conforme la entidad se encuentra al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias y/o de la Seguridad Social, se encuentra al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones y, conforme la entidad no es deudora en ningún concepto con esta tesorería municipal.
  • Impreso de transferencia bancaria con los datos de la entidad debidamente conformado por la entidad bancaria. Dependiendo del tipo y la complejidad de la actividad se podrá solicitar otra documentación complementaria. El formulario de solicitud específico de la convocatoria y sus respectivos anexos, pueden encontrarse en el sitio web: https://www.lesfranqueses.cat La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y aceptación de las normas que la regulan. La subvención se entenderá aceptada por el beneficiario por el transcurso de un mes a partir de la publicación de la concesión en el Tablón de anuncios, dentro del portal de transparencia, de la sede electrónica del Ayuntamiento de Les Franqueses del Vallès, sin que haya manifestado expresamente sus objeciones.
  • La participación en la presente convocatoria se deberá presentar a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de les Franqueses del Vallès, mediante la complementación del formulario electrónico normalizado que será firmado electrónicamente con el certificado de representante de
  • El importe máximo que se otorgará se determinará en función del presupuesto total disponible en la convocatoria, dividido por el nombre total de solicitudes presentadas a la misma. Este resultado marcará el tope que no se podrá superar bajo ningún concepto.
  • Los puntos obtenidos de la valoración de los Proyectos indicaran el porcentaje máximo a otorgar a cada entidad, según los criterios especificados en el cuadro que precede.
  • Este porcentaje obtenido se aplicará sobre el presupuesto presentado por la entidad.
  • El importe a otorgar en ningún caso podrá superar el importe total solicitado por la entidad, ni el tope establecido.
  • El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva.
  • Respecto al plazo y forma de pago, las subvenciones se harán efectivas, por anticipo, en el plazo máximo de 60 días de la fecha de aprobación de la resolución de concesión de la subvención y, la forma de pago será mediante transferencia a la cuenta bancaria de la entidad que se indique en la solicitud.
  • El órgano competente para la instrucción y la propuesta de concesión de subvenciones, así como de la resolución del procedimiento es la Junta de Gobierno Local.
  • La resolución se comunicará mediante publicación en el Tablón de anuncios, dentro del portal de transparencia, de la sede electrónica del Ayuntamiento de Les Franqueses del Vallès, indicando el expediente asignado según registro de entrada de la solicitud.
  • La justificación de la subvención recibida en esta convocatoria se tendrá que regir según aquello dispuesto al artículo 8.4 de la Normativa de apoyo a las entidades y asociaciones adscritas en el área de Políticas Sociales.
  • Así, la documentación a presentar para la justificación de la subvención recibida debe contemplar:
  • Certificado de los gastos de la entidad, entregado por el secretario/a de la entidad, correspondientes al año en curso, de fecha máxima 31 de diciembre del mismo año y, por un importe no inferior a la subvención otorgada. Igualmente, es necesario aportar el certificado actualizado de composición de la junta directiva de la entidad.
  • Relación de gastos y facturas justificativas presentadas.
  • Facturas originales justificativas de la actividad realizada y subvencionada, por el importe total subvencionado por parte del área de Políticas Sociales. De acuerdo con lo que establece el Real Decreto 1619/2012, de 30 de Noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento por el cual se regulan las obligaciones de facturación parcialmente modificado por la Ley 28/2014, de 27 de Noviembre (BOE- A-2014-12329) , las facturas deben
  • Nombre y apellidos o denominación social.
  • NIF/CIF y domicilio del expedidor y del destinatario, tanto en el caso de personas físicas, que antes no era obligatorio, como de las personas jurídicas.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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