subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Excmo. Ayuntamiento de Utrera para la Línea Estratégica 6 de De · 2026/2024

Título oficial: Convocatoria de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Excmo. Ayuntamiento de Utrera para la Línea Estratégica 6 de Deporte y Juventud, LS1, LS3 y LS4 del ejercicio 2026 vinculadas al plan estratégico 2024-2026

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES618 - Sevilla. La gestiona AYUNTAMIENTO DE UTRERA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Jóvenes.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 127.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Personas físicas: 1º.- Que sean mayores de edad, o en su caso representadas por sus padres/madres o quienes ejerzan la patria potestad, disponiendo en todo caso de N.I.F. 2º.- Empadronadas en el municipio de Utrera al menos un año antes de la convocatoria y mantenga dicha condición en el momento de la concesión. Este requisito se acreditará por la propia Administración. 3º.- Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. A estos efectos, la persona solicitante deberá aportar certificación positiva acreditativa de dicha circunstancia. 4º.- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de cualquier otra naturaleza con la Entidad local, así como al corriente de pago de
  • obligaciones por reintegro de subvenciones. Esta verificación podrá realizarse por la propia Administración mediante los sistemas de consultas telemáticas vigentes, cuyo resultado deberá incorporarse al expediente. 5º.- Tener debidamente justificadas o estar en plazo de justificación, las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Utrera de ejercicios anteriores. 6º.- No estar incursa en las demás circunstancias que imposibilitan la obtención de la condición de persona beneficiaria de subvenciones, según el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La justificación por parte de las personas o entidades de no estar incursa en prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria podrá realizarse mediante testimonio judicial, certificados telemáticos o trasmisiones de datos, o certificación administrativa, según los casos, y podrá ser sustituido por declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa o notario público. La declaración responsable, podrá realizarse según el siguiente o similar
  • Si los documentos exigidos ya se encontraran en poder del Ayuntamiento de Utrera, la persona o entidad solicitante quedará exenta de su presentación, siempre que se haga constar la fecha y ante qué órgano administrativo fueron presentados.
  • , de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta publicación sustituirá a la notificación personal, surtiendo los mismos efectos. Asimismo, se dará difusión a través del Portal de transparencia del Ayuntamiento de Utrera.
  • - Las solicitudes deberán presentarse en la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Utrera (www.utrera.org). En atención a lo establecido en el art. 14 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las entidades destinatarias de esta convocatoria tienen la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración, en su condición de personas jurídicas.
  • - El plazo de presentación de las solicitudes, junto con la documentación exigida, será de 5 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en el portal web municipal y en el Tablón de anuncios Municipal.
  • - Solo se admitirán a trámite las solicitudes presentadas en el tiempo, lugar y forma establecida en esta convocatoria.
  • - Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y dirigido a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Utrera. La solicitud deberá formalizarse utilizando obligatoriamente el modelo de solicitud facilitado en la presente convocatoria. Las solicitudes deberán estar suscritas por el solicitante en el caso de las personas físicas, por la Presidencia de la entidad o por quien tenga conferida la representación legal de la misma.
  • - Proyecto de actividades (modelo 1), que deberá contemplar al menos los aspectos recogidos en los anexos correspondientes de cada línea de subvención, certificado de representación (modelo 2) y formulario de
  • - Certificado original, en vigor, de cuenta bancaria, donde se desee recibir el importe de la subvención concedida, en su caso.
  • - N.I.F. y, en caso de estar registrado en un registro público, certificado acreditativo de estar inscrito en dicho registro.
  • - Documento Nacional de Identidad de la persona física, del representante legal de la entidad así como acreditación de su capacidad.
  • - Estatutos de la Asociación, Entidad, Club, etc., y de las modificaciones realizadas, en su caso.
  • - Póliza en vigor de suscripción del seguro de responsabilidad civil anual de la entidad, donde se especifique que los asociados tienen condición de terceros y justificante del pago de la misma. Si la actividad a subvencionar requiriese de una póliza específica y en el momento de la presentación de la solicitud, el evento no se ha llevado a cabo, se podrá sustituir la póliza o suplemento complementario provisionalmente por un compromiso de aportación del mismo a la Oficina Técnica de Deporte y Juventud previo a la celebración del evento o actividad, e incorporación de la copia de la póliza junto a la justificación de la subvención.
  • - Declaración responsable del cumplimiento, de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo, comprendiendo el respeto a la normativa social y laboral vigente así como el cumplimiento de los artículos 13 y 14 sobre condiciones y obligaciones del beneficiario de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • - Certificados que acrediten hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Los documentos recogidos en los apartados 3 a 6 anteriores serán sustituidos por una declaración responsable (solicitud), en los casos de haber recibido algún tipo de subvención del Excmo. Ayuntamiento de Utrera y no hubieran cambiado los datos con respecto a los obrantes en los archivos del Ayuntamiento. Si la solicitud no reúne los requisitos necesarios para su tramitación, se requerirá a la persona o entidad interesada para que la subsane en el plazo de 10
  • Certificación acreditativa de que los fondos recibidos del Excmo. Ayuntamiento de Utrera en concepto de subvención han sido aplicados en su totalidad a los fines que han motivado la concesión y que se han cumplido los requisitos y condiciones que determinaron la concesión o disfrute de la misma, expedida por el beneficiario o su representante si se trata de una persona jurídica.
  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Una relación clasificada de los gastos realizados y efectivamente pagados que se imputan al proyecto, numerada y ordenada, clasificando los gastos con identificación de la persona acreedora del documento, fecha de emisión, concepto de gasto y su importe. Cada justificante de gasto deberá incorporar en el margen superior derecho un número de orden que deberá coincidir con el señalado en la relación clasificada de gastos. Dicha clasificación de gastos, conforme señala el Plan Estratégico reseñado, deberá realizarse agrupada en gastos directos e indirectos,
  • con un máximo de gastos indirectos que no podrá exceder del 20 % del proyecto.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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