Personas jurídicasES618 - Sevilla

subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Excmo. Ayuntamiento de Utrera del ejercicio 2026: Líneas estrat…

Título oficial: Convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Excmo. Ayuntamiento de Utrera del ejercicio 2026: Líneas estratégicas 1 y 10.

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES618 - Sevilla. La gestiona AYUNTAMIENTO DE UTRERA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 72.900,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social mediante la aportación por parte de la entidad solicitante de subvención de certificación positiva acreditativa de dicha circunstancia.
  • Hallarse al corriente con la Hacienda municipal, y en el pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Acreditar que sus fines y actividades sociales coinciden con la finalidad de la convocatoria y el contenido del proyecto o proyectos presentados.
  • Tener debidamente justificadas o estar en plazo de justificación, las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Utrera de ejercicios anteriores.
  • No estar incursa en ninguna de las circunstancias que imposibilitan la obtención de la condición de beneficiaria de subvenciones, según el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Acreditar el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el trabajo, así como del respeto a la normativa social y laboral vigente.
  • Haber cumplido el convenio colectivo aplicable, así como su compromiso de aplicación durante la tramitación y justificación de esta convocatoria, sea éste de sector o de empresa, y que no haya hecho uso del descuelgue, que permita inaplicar en la entidad las condiciones de trabajo previstas en dicho convenio colectivo.
  • Acreditar el cumplimiento, por parte aquellas que trabajen con menores, de disponer de los certificados de Delitos de Naturaleza Sexual, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015 y la Ley 45/2015, de Voluntariado que establecen la obligación de aportar
  • Suscripción del seguro de responsabilidad civil donde se especifique que las personas asociadas tienen la condición de terceros. Si la actividad a subvencionar requiriese de una póliza específica y en el momento de presentación de la solicitud, el evento no se ha llevado a cabo, ésta o suplemento complementario podrán sustituirse provisionalmente por un compromiso de aportación del mismo a la Delegación competente, previo a la celebración del evento o actividad e incorporación de la copia de la póliza junto a la justificación de la subvención.
  • Acreditación, en su caso, de haber solicitado u obtenido otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados.
  • La acreditación de los requisitos a los que se refieren los apartados e), h) y j) podrá ser sustituida por la declaración responsable que figura al dorso de la solicitud de subvención (Anexo I). La inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, así como las circunstancias señaladas en los apartado b) y d) serán verificadas por el propio Ayuntamiento; y las señaladas en los apartados c), f) y g) podrán ser sustituidas por declaración responsable, conforme al Anexo IV.
  • Las entidades solicitantes de subvención deberán reunir los requisitos anteriores a la fecha de finalización del plazo de solicitudes, y mantenerlos hasta la fecha de presentación de la justificación de la subvención.
  • - Medios de p ublicación y n otificación La presente convocatoria será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, así como en el portal web municipal (www.utrera.org). Una vez publicada la convocatoria, las sucesivas comunicaciones y notificaciones que resulten necesarias en el marco de la misma, se realizarán por medio del portal web indicado, surtiendo los efectos con la publicación en este medio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1. b), de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de modo que esta publicación sustituirá a la notificación personal.
  • Plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes de subvenciones, acompañada de la documentación a que se refiere el apartado siguiente, deberán presentarse en el plazo de siete (7) días hábiles. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el
  • Las solicitudes, junto con los demás documentos, se presentarán ajustándose a los formularios publicados en la presente convocatoria, según se indica en la Tabla 2, irán dirigidos a la Alcaldía- Presidencia de este Ayuntamiento, y deberán estar suscritos por la presidencia de la entidad o por la persona que tenga conferida la representación legal de la misma.
  • Tanto las solicitudes como los demás documentos se presentarán exclusivamente en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Utrera: www.utrera.org/sede-electronica/
  • SOLICITUD Y DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑARSE
  • 4 – EXPONE: En nombre propio y en la representación que ostento, me comprometo a cumplir las obligaciones exigidas por toda la normativa de aplicación a la presente convocatoria
  • 7 – MANIFESTACIÓN EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 28.2 DE LA LPAC Manifiesto mi oposición expresa a que el Excmo. Ayuntamiento de Utrera pueda consultar u obtener documentos que hayan sido elaborados por cualquier Administración para acreditar los requisitos exigidos por la normativa aplicable en el procedimiento, por lo que me comprometo a aportar todos aquellos documentos que me requieran. Utrera, a de de 20 . (Firma del/de la compareciente)
  • DECLARO: Bajo mi expresa responsabilidad, que son ciertos cuantos datos figuran en la presente solicitud y que: (señalar cuando proceda) La entidad en cuya representación actúo, cumple los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiaria y aporta junto con esta solicitud la documentación acreditativa exigida en las bases reguladoras. Casilla de verificación

Gastos y actuaciones subvencionables

  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Los intereses financieros y cuotas de préstamos.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Los tributos recuperables.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Los gastos inventariables y los de amortización de bienes inventariables.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    - No se subvencionarán gastos relacionados con la consumición de comidas y/o bebidas. Tampoco se subvencionarán dichos gastos en la organización de conferencias, charlas, talleres y actividades similares.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    - No se admitirán ingresos o gastos imprecisos tales como “gastos diversos”, “gastos varios”, “otros gastos”, etc.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    - No se admitirán pagos en efectivo de operaciones iguales o superiores a 1.000,00 euros, conforme a lo establecido en la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    - Con respecto a gastos relativos a reparaciones (rotura de cristales, fugas de agua, pintura, desperfectos, pequeñas reparaciones, etc), la entidad solicitante deberá aportar declaración acerca de si el local se encuentra o no asegurado. En el caso de que estos gastos se encuentren cubiertos por la póliza de seguro, deberá aportarse documentación acreditativa de la cantidad percibida en concepto de indemnización, con el objeto de comprobar que la suma de la indemnización recibida y la subvención concedida no supera el gasto total imputado a este concepto.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    - Justificación de la subvención.-
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    A estos efectos, las entidades beneficiarias de subvenciones deberán presentar la cuenta justificativa, conforme al Anexo VI, en el plazo de tres meses desde la recepción de los fondos, o bien, una vez finalizada la actividad, proyecto o programa subvencionado, si el plazo de ejecución de éstos fuera mayor, que contendrá necesariamente la
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    siguiente información: 1º. Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención. 2º. Memoria económica justificativa del coste de las actividades
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Una relación clasificada de los gastos de la actividad o proyec - to.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa originales. No se admitirán como justificantes de gastos los albaranes, las notas de entrega, las facturas pro-forma, u otros documentos análo - gos. Dichos documentos deberán tener como fecha de emisión el año natural en que se haya concedido la subvención, y contener la suficiente información que permita relacionarlos con el gasto que se pretende justificar, tal como referencia a la actividad realizada, la fecha en que se hayan efectuado las operaciones que se documentan, etc. Las facturas deberán cumplir los requisitos establecidos en la normativa reguladora de las obligaciones de facturación y deberán ser estampilladas por la Oficina gestora correspondiente a su línea de subvención, indicando en la misma la subvención para cuya
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que ha - yan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Los tres presupuestos cuando concurran las circunstancias a que se refiere el apartado 15.2 de esta convocatoria.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    En su caso, carta de pago de reintegro de remanentes no apli- cados.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Dicha clasificación de gastos deberá realizarse agrupada en gastos directos e indirectos, con un máximo de gastos indirectos que no podrá exceder del 20 % del proyecto.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Acreditación de la adopción de medidas de difusión de la fi - nanciación pública recibida, efectuadas durante la ejecución de la ac - tividad.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    En el caso de que la operación que se documenta en la factura esté exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido, se realizará una referencia en la misma justificativa de su exención. Cuando se documenten varias operaciones en una única factura, también deberá realizarse referencia justificativa de dicha circunstancia.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Otras actuaciones de carácter económico