Convocatoria concesión subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a asociaciones de vecinos, 2026

inversiones así como a la realización de proyectos, actividades, para la realización de acciones encaminadas a fomentar la participación de los vecinos y promocionar la calidad de vida y bienestar social de éstos. El plazo de ejecución será de 1 de enero hasta 31 de diciembre de 2026.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES62 - REGION DE MURCIA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE JUMILLA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 25.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • queda obligada a justificar la realización íntegra del proyecto presentado y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión de la subvención. El plazo de justificación finalizará el día 31 de marzo de 2027, cuando por razones no imputables al beneficiario no fuera posible cumplir con los plazos de justificación establecidos, éste podrá solicitar por escrito al Ayuntamiento la autorización de ampliación de los mismos. Las condiciones y el procedimiento para la concesión de la ampliación son los establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La justificación de la subvención atenderá estrictamente a lo previsto en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Base 38.4 de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Jumilla para el ejercicio 2026, debiéndose
  • aportar la siguiente documentación:
  • Memoria de actuaci ón, justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, desviaciones respecto al proyecto inicial y nº de participantes, etc.
  • Memoria económica, justificativa del coste de las actividades realizadas, con el
  • Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, identificando: o Proveedor. o Nº de factura o documento acreditativo. o Tipo de documento que se presenta (factura, nómina…). o Importe. Secretaría Expediente 1368737Z
  • 3 Convocatoria subvenciones
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financ iado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
  • En su caso, carta de pago del reintegro, en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
  • Declaración jurada de haber cumplido la finalidad para la que la subvención fue concedida. La justificación irá dirigida a la Concejalía de Participación Ciudadana, que será la responsable de comprobar la adecuada justificación de la subvención en todos sus extremos y emitirá informe al respecto , adecuándose la misma a la Instrucción de Justificación. La falta de justificación producirá la obligación de reintegrar la subvención. Los beneficiarios de la Línea B están obligados a justificar los gastos totales efectuados en el proyecto subvencionado, de conformidad con lo establecido en la base
  • 4 de las Bases de la ejecución general del presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de
  • Jumilla, presentando la siguiente documentación: a. Memoria descriptiva detallada de las adquisiciones realizad as y su finalidad o proyecto al que se adscriben. b. Cuenta detallada justificativa de gastos destinados a la adquisición de los bienes, en los términos especificados en la correspondiente convocatoria. c. Facturas acreditativas del gasto y justificantes del pago, de conformidad con lo establecido en la base 38.4 de las Bases de ejecución general del presupuesto del Ayuntamiento de Jumilla. d. Declaración jurada del Presidente o representante legal de la entidad de que los bienes adquiridos se van a destin ar al proyecto o finalidad para el cual se otorga la subvención. SEGUNDO.- Aprobar el gasto de 25.000,00 euros que comporta la presente convocatoria. TERCERO.- Dar traslado del acuerdo adoptado a la Jefa de Unidad de Asesoría Jurídica y Dinamización Comu nitaria, que deberá efectuar la comunicación a la Base de Datos Nacional de Subvenciones a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Secretaría Expediente 1368737Z

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

inversiones así como a la realización de proyectos, actividades, para la realización de acciones encaminadas a fomentar la participación de los vecinos y promocionar la calidad de vida y bienestar social de éstos. El plazo de ejecución será de 1 de enero hasta 31 de diciembre de 2026.