Convocatoria concesión de subvenciones en regimen de concurrencia competitiva a asociaciones sin animo de lucro con fin · 2026

Título oficial: Convocatoria concesión de subvenciones en regimen de concurrencia competitiva a asociaciones sin animo de lucro con fines sociales y sociosanitarios, 2026

- Cualquier otro sector de población que se encuadre en el ámbito de competencias de la Concejalía de Política Social. Podrán ser objeto de subvención, entre otras, las siguientes actividades referidas a

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas físicas. Su ámbito territorial es ES62 - REGION DE MURCIA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE JUMILLA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 0,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán acceder a la condición de beneficiarios de esta subvención las personas jurídicas sin ánimo de lucro, en cuyos estatutos consten los fines sociales de las mismas, que realicen una labor social y que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y colectivos del Ayuntamiento de Jumilla, http://www.jumilla.org/ayuntamiento/asociaciones_jumilla.asp.
  • Órgano competente para la instrucción y resolución. La instrucción del procedimiento corresponderá a la asesora jurí dica del Centro municipal de servicios sociales. La tramitación de los expedientes contendrá todas las fases contempladas en la
  • A la finalización del plazo de ejecución, la entidad beneficiaria queda obligada a justificar la realización íntegra del proyecto presentado y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión de la subvención. El plazo de justificación finalizará el día 31 de marzo de 2027. Cuando por razones no imputables al beneficiario no f uera posible cumplir con los plazos de justificación establecidos, éste podrá solicitar por escrito al Ayuntamiento la autorización de ampliación de los mismos. Las condiciones y el procedimiento para la concesión de la ampliación son los establecidos en l a Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La justificación de la subvención atenderá estrictamente a lo previsto en las bases específicas para el otorgamiento de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro con fines s ociales y socio sanitarios, el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Base 38.4 de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento
  • de Jumilla para el ejercicio 2026, debiéndose aportar la siguiente documentación:
  • Memoria de actuación, justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, desviaciones respecto al proyecto inicial y nº de participantes, etc.
  • Memoria económica, justificativa del coste de las actividades realizadas, con el
  • Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, identificando:  Proveedor.  Nº de factura o documento acreditativo.  Tipo de documento que se presenta (factura, nómina…).  Importe.  Fecha de emisión.  Fecha de pago.  Forma de pago. La documentación acreditativa de la relación de gastos aducida se realizará en concordancia con las bases específicas para el otorgamiento de estas subvenciones así Secretaría Expediente 1368675N
  • 2 Convocatoria subvenciones
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
  • En su caso, carta de pago del reintegro, en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
  • Declaración jurada de haber cump lido la finalidad para la que la subvención fue concedida. La justificación irá dirigida a la Concejalía de Política Social, que será la responsable de comprobar la adecuada justificación de la subvención en todos sus extremos y emitirá informe al respect o, adecuándose la misma a las Bases específicas y a la Instrucción de Justificación. La falta de justificación producirá la obligación de reintegrar la subvención. SEGUNDO.- Aprobar el gasto de 45.000,00 euros que comporta la presente convocatoria. TERCERO.- Dar traslado del acuerdo adoptado a la Jefa de Unidad de Asesoría Jurídica y Dinamización Comunitaria , que deberá efectuar la comunicación a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

- Cualquier otro sector de población que se encuadre en el ámbito de competencias de la Concejalía de Política Social. Podrán ser objeto de subvención, entre otras, las siguientes actividades referidas a