la concesion de subvenciones para proyectos de ocio educativo durante el ejercicio 2026

Título oficial: Convocatoria para la concesion de subvenciones para proyectos de ocio educativo durante el ejercicio 2026

El objeto de esta convocatoria es el otorgamiento de subvenciones destinadas a apoyar a proyectos de ocio para niños y adolescentes y a proyectos para jóvenes promovidos por entidades de la población dentro del ejercicio presupuestario 2026.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES514 - Tarragona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LA RÀPITA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 6.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Las solicitudes se tienen que presentar en la forma, los tiempos y la documentación de la presente convocatoria a la sede electrónica del registro general de entrada de documentos del Ayuntamiento de La *Ràpita, o por cualquier otro procedimiento reconocido por la ley, en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en estas bases, se requerirá su enmienda, que se tendrá que hacer en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, indicando que no hacerlo supondrá el cierre del expediente por dejación, previa resolución que se dictará en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar del día siguiente de la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria al Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona.
  • Programas subvencionables Son subvencionables los gastos vinculados a proyectos de actuación, desarrollados sin
  • Categoría *INF - Proyectos de ocio dirigidos a niños de 3 hasta 15 años. (máximo 1 proyecto de esta categoría).
  • La documentación a presentar será la siguiente:
  • Solicitud de la subvención para proyectos de ocio.
  • Datos de la entidad de acuerdo con los criterios de valoración (1-7) establecidos en las bases.
  • Proyecto por el cual se solicita la subvención, de acuerdo con los criterios de valoración (8-13) establecidos en las bases.
  • Documento de titularidad de la cuenta bancaria.
  • Declaración de cumplimiento de obligaciones fiscales.
  • Autorización de obtención de datos por procedimientos electrónicos.
  • Entidades beneficiarios y requisitos Pueden acogerse a las subvenciones previstas en estas bases reguladoras, cualquier
  • Tener la sede social al término municipal de la Ràpita, y tener presencia significativa en la ciudad y estén en activo.
  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales con la hacienda local y haber justificado adecuadamente las subvenciones municipales concedidas anteriormente o que se encuentren dentro del plazo de obligación de justificación.
  • Que su objeto de actuación sea la dinamización de proyectos juveniles en el marco de las diferentes políticas de juventud de la población o de ocio para niños y adolescentes.
  • Las subvenciones concedidas al amparo de estas bases se tendrán que destinar a financiar proyectos realizados durante el año en curso y antes de la finalización del periodo de la justificación. En caso de que sean posteriores al periodo de la justificación y hasta el 31 de diciembre, se considerarán actuaciones por la convocatoria del año siguiente.
  • Las actividades tendrán que tener contratada una póliza de responsabilidad civil y un seguro de accidentes que las cubra; y cumplir, si se tercia, con la normativa de educación en el ocio para las actividades de educación en el ocio en los cuales participan menores de 18 años.
  • Cumplir con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Las entidades que reúnan los criterios descritos podrán presentar un máximo de un proyecto por categoría *INF y un máximo de dos proyectos por categoría *JOV para optar a la subvención.
  • Ordenación El órgano competente para la ordenación del procedimiento es la Concejalía de Juventud.
  • Instrucción La instrucción del procedimiento corresponderá a la técnica referente del servicio de juventud del Ayuntamiento. El órgano instructor formulará propuesta de resolución provisional, dará trámite de audiencia cuando proceda y elevará la propuesta definitiva al órgano competente

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de esta convocatoria es el otorgamiento de subvenciones destinadas a apoyar a proyectos de ocio para niños y adolescentes y a proyectos para jóvenes promovidos por entidades de la población dentro del ejercicio presupuestario 2026.