SUBVENCIONES A LA PROMOCIÓN EDUCATIVA EN LA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL TRAVESURAS CURSO ESCOLAR 2025-2026

Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LA PROMOCIÓN EDUCATIVA EN LA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL TRAVESURAS CURSO ESCOLAR 2025-2026

La subvención tiene por finalidad fomentar la asistencia de alumnos a la Escuela Infantil Travesuras y con ello contribuir a la conciliación de al vida familiar y laboral de todas las familias. La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES615 - Huelva. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALMENDRO, EL.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 13.500,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Haber estado matriculado en la Escuela Infantil Travesuras durante el curso 2025-2026.
  • No incurrir en las causas que imposibilitan obtener la condición de beneficiario de conformidad con el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias a nivel Estatal, Autonómico y Local.
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones de Seguridad Social.
  • Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Estos requisitos deberán ser acreditados por los solicitantes en la siguiente forma:
  • El cumplimiento de requisito previsto en el apartado a) se acreditará mediante certificado expedido al efecto por la Escuela Infantil Travesuras.
  • El cumplimiento de los requisitos previstos en el apartado c), d) y e) se acreditará mediante la presentación de la correspondiente certificación emitida por la Administración u Organismo competente. El requisito de estar al corriente de pago con las obligaciones tributarias en el ámbito Local, será comprobado directamente por el Ayuntamiento concedente.
  • Declaración responsable ajustada al modelo que se prevé como anexo II a la presente convocatoria al objeto del cumplimiento de los requisitos previstos en el apartado b).
  • Autorización de los padres o tutores para recabar información de la ayuda concedida por la Consejería de Educación o en su caso, resolución de concesión de la misma.
  • Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria. Se formularán por la madre/padre o tutores del menor. Se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el
  • Copia del DNI del solicitante y del alumno.
  • Copia del documento acreditativo de la titularidad de cuenta bancaria donde se puede efectuar el ingreso en el supuesto de resultar beneficiario de la ayuda.
  • Certificado del centro, acreditativo de la matriculación del alumno en la Escuela Infantil Travesuras y del porcentaje de bonificación otorgada por la Junta de Andalucía.
  • Declaración responsable ajustada al modelo que se prevé como anexo II a la presente convocatoria al objeto del cumplimiento de los requisitos previstos en el apartado b) de la Base nº 4 de la presente convocatoria.
  • Autorización, en su caso, de los padres o tutores para recabar información de la ayuda concedida por la Consejería de Educación.
  • Certificación emitida por la Administración u Organismo competente de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con la Administración Estatal.
  • Certificación emitida por la Administración u Organismo competente de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con la Administración Autonómica.
  • Certificación emitida por la Administración u Organismo competente de estar al corriente de pago de las obligaciones en materia de Seguridad Social. Las solicitudes de los interesados acompañarán los documentos e informaciones determinados en la norma o convocatoria, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de la Administración actuante, o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 5 días naturales, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
  • Fin de la Vía Administrativa El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa. De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La subvención tiene por finalidad fomentar la asistencia de alumnos a la Escuela Infantil Travesuras y con ello contribuir a la conciliación de al vida familiar y laboral de todas las familias. La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.