Personas jurídicasES243 - Zaragoza

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE DEPORTES, 2026

Las presentes normas tienen como objeto colaborar económicamente con las asociaciones deportivas y entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de actividades y programas de interés general relativos al deporte, del año objeto de la convocatoria del municipio de Zuera, año 2026.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES243 - Zaragoza. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ZUERA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 4.000,00 €. Inicio: 07/10/2026. Plazo: Fin: 31/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Requisitos para solicitar la subvención: Podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria las Entidades y asociaciones, públicas o privadas, domiciliadas en el término municipal de Zuera que realicen actividades de interés municipal y se encuentren debidamente inscritas en el Registro municipal de asociaciones. No podrán obtener la condición de beneficiarios de esta subvención aquellas entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo
  • 2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. Tampoco podrán ser beneficiarios de la subvención las personas físicas y jurídicas en quienes concurra alguna de las situaciones enumeradas en el art 3.3 de la Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Zuera y sus Entidades de Derecho Público dependientes. Un mismo beneficiario no podrá percibir una subvención directa de carácter nominativo y una subvención en concurrencia competitiva para un mismo objeto o actividades el mismo. Un mismo beneficiario solo podrá concurrir a una de las convocatorias de subvenciones destinadas al fomento de la participación ciudadana, Deporte o Cultura.
  • Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria. Se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el pl azo de quince días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Los/as solicitantes deberán presentar el modelo que figura como (anexo I) de
  • las presentes bases y deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:
  • Certificación expedida por el secretario de la entidad acreditativa de la condición de representante legal del firmante de la proposición (anexo II).
  • Declaración responsable de no concurrencia de ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas y compromiso firme de comunicar al Ayuntamiento Zuera, la concesión de cualquier otra ayuda o subvención, de entes públicos o privados, para la misma finalidad (anexo III).
  • Proyecto de la actividad / memoria explicativa para el que se solicita subvención, en el que se incluirá respecto de cada actividad: denominación del proyecto, objetivos, acciones concretas, recursos materiales y humanos, temporalización, ubicación, des tinatarios de la actividad, calendario de ejecución de la actividad y presupuesto de ingresos y gastos (anexo IV).
  • Ficha a terceros en la que conste los datos bancarios para realizar la orden de transferencia bancaria por el importe de la subvención (no será necesario en el caso de haber concurrido en otras convocatorias y no hayan cambiado los datos bancarios).
  • El Área de Deportes acreditará la inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones.
  • Pág. 5 de 9 Las solicitudes de las personas interesadas acompañarán los documentos e informaciones determinados en la norma o convocatoria, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de la Administración actuante, o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La a dministración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que la persona interesada se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el órgano competente requerirá a la persona interesada para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
  • Pág. 6 de 9 subvencionadas y se compromete a destinar el importe concedido a la finalidad establecida y a cumplir todas y cada una de las obligaciones fijadas en las bases de la convocatoria.
  • Reformulación de las Solicitudes No se prevé la posibilidad de reformulación de las solicitudes.
  • Fin de la Vía Administrativa El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa. De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso -Administrativo de Zaragoza, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  • Criterios de Valoración de Solicitudes Se aplicará un rango de selección, de carácter cuantitativo, agrupado en cuatro
  • Años de inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones, hasta un máximo de
  • Historial deportivo del evento con mayor número de ediciones, hasta un máximo de 5 puntos. Serán objeto de valoración, hasta un máximo de 5 puntos, el interés público del evento para el municipio a través de su historial deportivo en relación con el número
  • Número de participantes, hasta un total máximo de 15 puntos. Será objeto de valoración, hasta un máximo de 15 puntos, los participantes en las competiciones de deportes individuales (deportistas) o de deportes de equipo (equipos).
  • De 101 deportistas o más: 15 puntos.
  • De 51 a 100 deportistas: 10 puntos.
  • De 21 a 50 deportistas: 5 puntos.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Las presentes normas tienen como objeto colaborar económicamente con las asociaciones deportivas y entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de actividades y programas de interés general relativos al deporte, del año objeto de la convocatoria del municipio de Zuera, año 2026.