Personas jurídicasES243 - Zaragoza

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE CULTURA, AÑO 2026

Las presentes normas tienen como objeto colaborar económicamente con las asociaciones culturales y entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de actividades y programas de interés general relativos a la cultura, del año objeto de la convocatoria del municipio de Zuera, año 2026.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES243 - Zaragoza. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ZUERA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 25.000,00 €. Inicio: 07/10/2026. Plazo: Fin: 31/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Requisitos para solicitar la subvención: Podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria las Entidades y asociaciones, públicas o privadas, domiciliadas en el término municipal de Zuera que realicen actividades de interés municipal y se encuentren debidamente inscritas en el Registro municipal de asociaciones. No podrán obtener la condición de beneficiarios de esta subvención aquellas entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo
  • 2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. Tampoco podrán ser beneficiarios de la subvención las personas físicas y jurídicas en quienes concurra alguna de las situaciones enumeradas en el art 3.3 de la Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Zuera y sus Entidades de Derecho Público dependientes. Un mismo beneficiario no podrá percibir una subvención directa de carácter nominativo y una subvención en concurrencia competitiva para un mismo objeto o actividades el mismo. Un mismo beneficiario solo podrá concurrir a una de las convocatorias de subvenciones destinadas al fomento de la participación ciudadana, Deporte o Cultura.
  • Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento La tramitación del procedimiento corresponderá a la Concejalía de Deportes, que nombrará una comisión formada por tres técnicos municipales. Esta comisión procederá a verificar el cumplimiento de las condiciones o requisitos de carácter administrativo impuestas por las normas reguladoras, y si es necesario, requerirá por escrito y en el plazo correspondiente la información complementaria a los solicitantes que considere oportuno, dejando constancia de su resultado en e l expediente. Este órgano, en el plazo máximo de diez días, elevará su propuesta para su

Gastos y actuaciones subvencionables

  • No son gastos subvencionables: · ineligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias
  • No son gastos subvencionables: · ineligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales
  • No son gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos de procedimientos judiciales
  • No son gastos subvencionables: · ineligible
    Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
  • No son gastos subvencionables: · ineligible
    Impuestos personales sobre la renta.
  • No son gastos subvencionables: · ineligible
    Tampoco se podrá conceder directa o indirectamente, subvenciones en cuantía equivalente o análoga a la que representen cualquier imposición, tasa o tarifa que deba satisfacerse por particulares o entidades obligadas a contribuir a favor de la hacienda
  • No son gastos subvencionables: · ineligible
    Los viajes y excursiones que no se correspondan con la actividad principal de la asociación ni que sean meramente recreativos.
  • No son gastos subvencionables: · ineligible
    Comidas o cenas.
  • No son gastos subvencionables: · ineligible
    Las que persigan ánimo de lucro El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en esta orden se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, en la modalidad de convocatoria y procedimiento selectivo único, y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Las presentes normas tienen como objeto colaborar económicamente con las asociaciones culturales y entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de actividades y programas de interés general relativos a la cultura, del año objeto de la convocatoria del municipio de Zuera, año 2026.