SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS INDIVIDUALES PARA PERSONAS DISCAPACITADAS

Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS INDIVIDUALES PARA PERSONAS DISCAPACITADAS

La subvención tiene por finalidad atender las condiciones sociales del colectivo de referencia, entendiendo tales el conjunto de ayudas y prestaciones económicas de carácter no periódico, destinadas a paliar o resolver esas necesidades y mejorar su calidad de vida y su integración en el entorno, en los conceptos previstos en estas bases

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES615 - Huelva. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LOS CASTILLEJOS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Personas con discapacidad.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 4.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Será requisito indispensable para el otorgamiento de las Ayudas Individuales disponer de certificado de discapacidad actualizado emitido por la entidad correspondiente.
  • Tener certificado de discapacidad actualizado emitido por la entidad correspondiente
  • Existir relación que justifique la necesidad de lo solicitado para la mejora del proceso de discapacidad.
  • Disponer de una valoración inicial desde el área de Servicios Sociales a través de un Informe Social de la situación socioeconómica y familiar por la Trabajadora Social de la UTS.
  • También tendrán derecho aquellas personas solicitantes que, habiendo solicitado los mismos conceptos a los organismos públicos competentes, hayan tenido una resolución desfavorable. En tal caso debe ser acreditado con la copia de la carta resolutoria de dichos organismos.
  • Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento Ayuntamiento de Villanueva de los Castillejos PLAZA De Andalucía 1, VILLANUEVA DE LOS CASTILLEJOS. 21540 (Huelva). Tfno. 959387007. Fax: 959387073
  • Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación Las solicitudes para la participación en la presente convocatoria se presentarán en un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP de Huelva y en el Tablón de Anuncios. Las solicitudes se podrán presentar en el Registro General de este Ayuntamiento en horario de 09:00 a 13:00 horas. Asimismo, se podrá emplear cualquiera de los medios previstos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
  • Reformulación de las Solicitudes Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, se requerirá a la persona interesada para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistida su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada conforme a lo previsto en el
  • Fin de la Vía Administrativa El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa. De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien directamente recurso Ayuntamiento de Villanueva de los Castillejos PLAZA De Andalucía 1, VILLANUEVA DE LOS CASTILLEJOS. 21540 (Huelva). Tfno. 959387007. Fax: 959387073
  • Ayudas destinadas a la rehabilitación: Tendrán por objeto contribuir a los gastos de los servicios de fisioterapia y tratamientos psicoterapéuticos.
  • Para estas ayudas no existirán límites de edad
  • La persona con discapacidad deberá tenerla acreditada oficialmente mediante certificado.
  • Prescripción de un profesional que acredite la necesidad del tratamiento y la cobertura.
  • En el caso de menores de edad, las ayudas serán solicitadas por uno de sus progenitores o tutores legales.
  • Ayudas de desplazamiento: Irán destinadas a paliar los gastos producidos por desplazamientos a consultas médicas fuera de la provincia de Huelva, o dentro de la provincia en caso de necesidad de tratamientos específicos o asistencia a terapias indicadas por el facultativo médico correspondiente. * Esta ayuda cubrirá tanto el desplazamiento en transporte público como en transporte privado. Las ayudas irán destinadas a cubrir los gastos previamente indicados en el ejercicio corriente de la convocatoria.
  • Las solicitudes para la participación en la presente convocatoria se presentarán en un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP de Huelva y en el Tablón de Anuncios. Las solicitudes se podrán presentar en el Registro General de este Ayuntamiento en horario de 09:00 a 13:00 horas. Asimismo, se podrá emplear cualquiera de los medios previstos en el
  • Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, se requerirá a la persona interesada para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistida su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada conforme a lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • Las personas beneficiarias de las ayudas quedarán sometidas al régimen de obligaciones, intervenciones y sanciones que establecen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y cualquier otra normativa que sea de aplicación. El incumplimiento de las obligaciones por parte de las personas beneficiarias y la alteración sustancial de las condiciones determinantes de la concesión de la ayuda podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, el reintegro de las ayudas concedidas y la aplicación del régimen de infracciones y sanciones, todo esto en aplicación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La subvención tiene por finalidad atender las condiciones sociales del colectivo de referencia, entendiendo tales el conjunto de ayudas y prestaciones económicas de carácter no periódico, destinadas a paliar o resolver esas necesidades y mejorar su calidad de vida y su integración en el entorno, en los conceptos previstos en estas bases