subvenciones para finalidades culturales, educativas, deportivas y sociales para el año 2026

Título oficial: convocatoria para la concesión de subvenciones para finalidades culturales, educativas, deportivas y sociales para el año 2026

La subvención tiene por finalidad conceder ayudas para matrículas/inscripciones/justificaciones de actividades iniciadas o previstas a realizar durante el año 2026, que tengan relación con finalidades culturales, educativas, deportivas y sociales. La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. El importe máximo subvencionable está distribuido en las diferentes líneas subvencionables, que a continuación se señalarán…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES220 - Navarra. La gestiona AYUNTAMIENTO DE OLÓRIZ/OLORITZ.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 6.000,00 €. Plazo: Fin: 20/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Línea 1. Subvención a vecinos y vecinas, empadronados/as en el municipio para gastos relacionados con los abonos de las piscinas de verano. Se presentará una única solicitud individual por persona o en el caso de las familias que tengan
  • personas dependientes, menores o mayores a su cargo, podrán presentar una solicitud en representación de dichas personas que deben estar empadronadas. Importe máximo de crédito estimado: 3.000,00 euros Importe a percibir por cada uno/a de los/as solicitantes será el 50% del importe del gasto total justificado. Línea 2. Subvención a vecinos y vecinas empadronados/as en el municipio para gastos relacionados matrículas/inscripciones/justificaciones de actividades iniciadas o previstas a realizar durante el año 2026 o las cuales tengan un periodo de duración de un curso pudiendo iniciarse en septiembre de 2025 hasta septiembre de 2026, que tengan relación con finalidades culturales, educativas, deportivas y sociales. Se presentará una única solicitud individual por persona. Importe máximo de crédito estimado: 3.000,00 euros Importe a percibir por cada uno/a de los/as solicitantes será el 50% del importe del gasto total justificado.
  • Criterios de valoración de solicitudes. Vistas las diferentes líneas de subvenciones anteriormente mencionadas y los importes máximos de
  • Podrán solicitar las subvenciones correspondientes, las personas que cumplan los siguientes
  • requisitos, que se comprobarán de oficio por parte del Ayuntamiento: (a) Ser mayor de 18 años. (b) Estar empadronado/a en Olóriz con antigüedad igual o superior de seis meses al realizar la solicitud.
  • (c) Estar al corriente en el pago de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento. (d) No incurrir en las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de Subvenciones de Olóriz.
  • Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento El órgano competente para la instrucción del expediente es la secretaría del Ayuntamiento de Olóriz. Éste solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con la Ordenanza general de subvenciones de Olóriz. El órgano competente para resolver será la alcaldía en virtud del artículo 6 de la Ordenanza General de Subvenciones de Olóriz.
  • Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria. Se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo como fecha límite para su presentación el día 20 de noviembre de 2026.
  • Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes: (1) Solicitud oficial debidamente cumplimentada. (2) Documentos que acrediten la personalidad del solicitante y, en su caso, la representación de quien firme la solicitud (copia de la Escritura de constitución o modificación, copia del Acta fundacional y Estatutos, copia del NIF, etc.). (3) Recibo de justificante/matrícula/documento en el que conste el importe abonado. Únicamente se considerarán gastos efectivamente realizados y justificados. (4) Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el
  • SI / NO Dirección a efectos de notificaciones Teléfono Nº de cuenta bancaria (incluir IBAN) LÍNEAS DE SUBVENCIÓN Marcar Línea 1 (abonos piscinas verano) Línea 2 (actividades culturales, deportivas, educativas y sociales) Documentación a presentar: Marcar Solicitud oficial
  • DECLARO PRIMERO. Que no incurro en ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de Subvenciones de Olóriz. SEGUNDO. que SI / NO (tache lo que no proceda) he recibido subvención, por otra institución o entidad, por el mismo concepto para el que se solicita la subvención en el Ayuntamiento de Olóriz. En caso afirmativo indique institución convocante de subvención, concepto e importe Institución/entidad Concepto Importe En, Olóriz a de o de 202 Firmado

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La subvención tiene por finalidad conceder ayudas para matrículas/inscripciones/justificaciones de actividades iniciadas o previstas a realizar durante el año 2026, que tengan relación con finalidades culturales, educativas, deportivas y sociales. La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. El importe máximo subvencionable está distribuido en las diferentes líneas subvencionables, que a continuación se señalarán. Los importes que se señalan como máximos en cada una de las líneas tienen carácter estimativo, por eso en el caso de que en alguna de las líneas de subvención determinadas a continuación no exista solicitudes o no se agote el crédito en su totalidad, el crédito máximo o sobrante asignado a dicha línea se podrá utilizar para cualquier otra línea de subvención de las establecidas en esta convocatoria. El crédito máximo de esta convocatoria, podrá ser ampliado mediante la correspondiente modificación presupuestaria, en el caso de que existan solicitudes que en su conjunto superen el crédito máximo determinado en la actualidad. Será decisión del órgano convocante, proceder a dicha ampliación. Esta ampliación de crédito deberá realizarse con anterioridad a la concesión de las subvenciones.