SUBVENCIONES PARA ENTIDADES SOCIALES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN MATERIA DE JUVENTUD, AÑO 2026

Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA ENTIDADES SOCIALES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN MATERIA DE JUVENTUD, AÑO 2026

La presente convocatoria tiene por finalidad conceder, por concurre ncia competitiva, ayudas económicas a las asociaciones y entidades juveniles del concejo de Langreo para el desarrollo de actividades para jóvenes. También a asociaciones no específicamente juveniles pero cuyo ámbito de actuación sea la juventud langreana. Se consideran programas o actividades de interés juvenil, a los efectos de la presente

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LANGREO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Jóvenes.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Ser Entidades o Asociaciones Juveniles o prestadoras de servicios a la juventud, sin ánimo de lucro legalmente constituidas, con sede en Langreo , y que desarrollen sus actividades principalmente en el Municipio. Para acreditar este requisito se aportará d ocumento de alta en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Langreo así como en el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias y una breve memoria de la actividad desarrollada en Langreo en el último año.
  • No estar incursas las entidades o las personas que ostentan la representación legal de las mismas, en alguno de los supuestos de prohibició n para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, por incapacidad o incompatibilidad, establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE del 18 de noviembre)
  • Tener justificadas debidamente los gast os correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Langreo.
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones tributaria s tanto estatales como autonómicas, de
  • Órgano Competente para la Instrucción y Resolución La ordenación e instrucción del expediente le corresponde a la Concejalía de Juventud, a través del área de Juventud. El órgano competente para resolver será la Alcaldía previo dictamen del órg ano colegiado competente por razón de la materia, que es la Comisión de Cultura, Servicios Sociales y Deportes.
  • Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria . Se dirigirán al Sr. Alcalde -Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán por cualquiera de las siguientes vías (las entidades con personalidad jurídica se encuentran obligadas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas de conformi dad con el artículo 14.2.a) de la
  • Por medio del Registro Electrónico habilitado en la sede electrónica de nuestro portal web : https://langreo.sedelectronica.es, previa identificación en el mismo.
  • Mediante la presentación en el Registro de cualquier otra Administración Pública adherida a SIR (Sistema de Interconexión de Registros).
  • Así como por cualquiera de las vías las previstas en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A los efectos de lo establecido en los artículos 18 y 20 de la Ley General de Subvenciones, tras la modificación introducida por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones la información relativa a la presente convocatoria de subvenciones,
  • Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:
  • Documentos que acrediten la personalidad del solicitante y, en su caso, la representación de quien firme la solicitud (copia de la Escritura de constitución o modificación, copia del Acta
  • Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de benefici ario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Programa detallado de las actividades a realizar y para las cuales se solicita la subvención.
  • Presupuesto total debidamente desglosado en el que figure el cost e de las actividades propuestas y las fuentes de financiación. Para la adquisición de material deberá aportarse presupuesto detallado de las casas suministradoras.
  • Ficha de acreedores En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de l Ayuntamiento, la persona solicitante, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentado s o emitidos , según lo dispuesto en el

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La presente convocatoria tiene por finalidad conceder, por concurre ncia competitiva, ayudas económicas a las asociaciones y entidades juveniles del concejo de Langreo para el desarrollo de actividades para jóvenes. También a asociaciones no específicamente juveniles pero cuyo ámbito de actuación sea la juventud langreana. Se consideran programas o actividades de interés juvenil, a los efectos de la presente