subvenciones a las entidades habilitadas dentro de la “Campaña de Vacaciones de Verano” del Ayuntamiento de Barcelona d · 2026

Título oficial: Convocatoria para la concesión de subvenciones a las entidades habilitadas dentro de la “Campaña de Vacaciones de Verano” del Ayuntamiento de Barcelona del año 2026, para promover la inclusión de niños con discapacidad y con necesidad de apoyo intensivo

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a AMPAS, Entidades sociales, Personas jurídicas, Familias e infancia, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BARCELONA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: AMPAS, Entidades sociales, Personas jurídicas, Familias e infancia, Personas con discapacidad.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.900.000,00 €. Inicio: 13/07/2026. Plazo: Fin: 10/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1. Entidades que organizan actividades ordinarias Para poder optar a la subvención objeto de esta convocatoria, las entidades que hayan habilitado actividades ordinarias deberán acreditar la inscripción y
  • la participación de los niños y niñas que cumplan uno de los siguientes criterios: Niños y niñas con discapacidad o necesidades de apoyo intensivo : los criterios para determinar aquellos niños y niñas por los cuales se podrá solicitar
  • Específicas de Apoyo Educativo de tipo A (NESE -A) en la escuela infantil durante el presente curso académico.
  • Certificado de grado de discapacidad del 33 % o superior.
  • Haber estado escolarizado/a en la escuela especial durante el presente curso académico.
  • Haber sido atendidos/as, regularmente, por el Apoyo Intensivo de Escolarización Inclusiva (SIEI), Aula Integral de Apoyo (AIS) o Apoyo Intensivo a la Audición y al Lenguaje (SIAL), durante el presente curso académico.
  • Haber ocupado una plaza de Necesidades Específicas de Apoyo Educativo de tipo A (NESE-A) durante el presente curso académico.
  • Haber sido valorado/a para disponer de un recurso de los descritos en las letras b), c) y d) para el siguiente curso académico. Por tanto, la entidad solicitante de la subvención deberá presentar la documentación que acredite la discapacidad o recabar el consentimiento de las familias para poder interoperar los datos del niño o niña con discapacidad y necesidad de apoyo intensivo, de acuerdo con el anexo 2 al que hace referencia la cláusula 7 de esta convocatoria.
  • 2. Entidades que organizan actividades adaptadas Para poder optar a la subvención objeto de esta convocatoria, las entidades que hayan habilitado actividades adaptadas deberán acreditar la inscripción y la participación del total de los niños y niñas. La totalidad de los niños y niñas inscritos en la act ividad deberá tener discapacidad y/o necesidad de apoyo intensivo. Para poder optar a la subvención, el precio de la actividad deberá ser el regulado en las Bases reguladoras para el otorgamiento de subvenciones a niños, niñas y adolescentes entre 1 y 17 años de la ciudad de Barcelona, para realizar las actividades de la “Campaña de Vacaciones de Verano”; y del procedimiento para la habilitación de las entidades para la participación en la gestión de las subvenciones destinadas a estas actividades, publica das en el BOPB de 25 de marzo de 2026, sin que en ningún caso se pueda superar el límite de 40,74 € por día de actividad.
  • Plazo y forma de presentación de las solicitudes y de la justificación
  • 1 El periodo para presentar, conjuntamente, el formulario de solicitud y los formularios de justificación irá desde el 13 de julio de 2026 hasta el 10 de septiembre de 2026.
  • 2 La no presentación, dentro del plazo establecido, de la solicitud y de los documentos anexos requeridos será motivo de no admisión de la solicitud a trámite.
  • 3 De acuerdo con las bases definitivas, de 15 de abril de 2026, la solicitud y otros trámites asociados al procedimiento de concesión y justificación de las subvenciones deberán realizarse exclusivamente por vía electrónica, en el marco de lo que establece el a rtículo 43.2 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Las entidades deberán descargar, cumplimentar, firmar y enviar los documentos correspondientes. Estos documentos están disponibles en el apartado de la Oficina
  • 4 Para poder presentar la solicitud electrónicamente, será necesario que la entidad o su representante legal disponga de un certificado digital válido y vigente emitido por cualquier entidad de certificación clasificada por el Consorcio de Administración Abierta de Cataluña como válida para identificar a la ciudadanía y a las entidades ante las administraciones públicas catalanas.
  • 5 En caso de que la solicitud u otros trámites no se presenten mediante el
  • 1. Entidades que organizan actividades ordinarias La entidad solicitante deberá cumplimentar el trámite y presentar los documentos que se detallan a continuación, debidamente
  • Proyecto (.pdf). Proyecto para el apoyo intensivo de la Campaña de Verano 2026.
  • Autorizaciones de las familias para la consulta de datos (anexo
  • , que la entidad beneficiaria, tal y como se establece en el apartado cuarto de esta convocatoria, deberá haber recabado de la familia en el momento en que el niño o niña se inscriba en la actividad de verano. Se deberá elaborar un documento conjunto (.pdf) con todas las autorizaciones. Solo deberá presentarse esta autorización en el caso de que el niño o niña no tenga certificado de discapacidad.
  • Seguimiento de actividad ordinaria (anexo 3).

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Gastos subvencionables · eligible
    1 Serán subvencionables los siguientes gastos, en la medida en que respondan de manera indudable a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen
  • Gastos subvencionables · eligible
    Horas de los profesionales y/o monitoraje dentro de la actividad programada.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Gastos de contratación de formación especializada en la necesidad de apoyo intensivo.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Gastos de gestión, supervisión y/o coordinación de los equipos y profesionales. En este caso, el gasto subvencionable será de un importe máximo del 5 % del importe solicitado, con un límite de 500 €.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Mejorar la accesibilidad de los espacios para la realización de las actividades.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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