subvenciones destinadas a asociaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro de Requena para la organización de las · 2026

Título oficial: Convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a asociaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro de Requena para la organización de las actividades de carácter cultural a realizar durante el ejercicio 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE REQUENA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 155.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Tengan la sede social en el Término Municipal de Requena.
  • Que la principal actividad ejercida por la entidad tenga carácter cultural: teatro, música, danza, artes visuales, artes plásticas, artesanía, o promoción y difusión del patrimonio cultural y tradiciones, etc.
  • Ejerzan su actividad cultural en el Municipio de Requena.
  • Se sujeten a las condiciones previstas para concesión de subvenciones en la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por Acuerdo Plenario de 10/12/07. No serán consideradas beneficiarias aquellas asociaciones culturales cuya principal actividad sea la organización de fiestas locales, patronales, de barrio o profesionales, tanto religiosas como profanas.
  • - Cuantía global máxima objeto de subvención. El crédito destinado a la presente convocatoria asciende a un importe de 155.000 €, con cargo a la partida presupuestaria 330.48901. Estas subvenciones son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de otras entidades públicas o privadas en los términos establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones.
  • - Solicitudes y plazo de presentación. Servicio de Cultura Expediente 2965585T
  • - Exclusiones. Además de las causas establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones, no podrán obtener subvención alguna aquellos solicitantes que en la fecha de presentación de instancias no se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal o no hayan presentado la documentación justificativa de subvenciones concedidas con anterioridad. La mera presentación de la documentación justificativa no implica la conformidad de la justificación presentada.
  • - Documentación a presentar junto con la solicitud. Junto con la presentación de solicitudes deberá adjuntarse el original o la copia
  • Fotocopia compulsada del D. N. I. del representante legal y del C. I. F. de la entidad (solo en el caso de ser la primera vez que la asociación solicita la subvención o haber sufrido alguna modificación).
  • Impreso de Alta de Terceros debidamente cumplimentado o expresa mención de que ya se haya realizado su presentación. El titular de la cuenta bancaria deberá ser la entidad solicitante, sin que pueda admitirse ningún otro supuesto.
  • Certificado emitido por la Agencia tributaria y de la Seguridad Social de estar al corriente de las obligaciones tributarias en la fecha de presentación de la solicitud.
  • Proyecto descriptivo y presupuesto detallado de las actividades que se pretende sean objeto de subvención. Servicio de Cultura Expediente 2965585T
  • Declaración responsable de otras ayudas solicitadas y obtenidas.
  • Estatutos de la Asociación o Entidad acreditativos de su carácter cultural y sin ánimo de lucro, junto a declaración responsable de su Presidente de que se encuentran vigentes (en el caso de ser la primera vez que la asociación solicita la subvención ó haber cambiado). La presentación de solicitud implica la aceptación de la totalidad de la regulación descrita en las presentes Bases y en la Ordenanza General de subvenciones del M.I. Ayuntamiento de Requena.
  • - Procedimiento de concesión. El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva que llevará a un análisis de las solicitudes que permitirá resolver acerca de ellas.
  • - Criterios de valoración de las solicitudes. Para la concesión de estas subvenciones, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de
  • Continuidad de la programación cultural a lo largo de todo el año. En este apartado se repartirán 25 puntos proporcionalmente entre el número total de actos presentados entre todas las asociaciones. Para potenciar la amplitud de la programación durante todo el año también se repartirán 25 puntos proporcionalmente entre la suma del total de meses en los que se realizan los actos por las asociaciones. Se le sumarán 12'50 puntos a cada asociación que por la característica exclusivamente formativa de la actividad presentada carezca de actos.
  • Coherencia en los contenidos del programa de actividades de acuerdo con los objetivos que lo motiven. En este apartado se restarán de los presupuestos presentados por las asociaciones aquellos apartados que no correspondan con los objetivos propuestos o con gastos no subvencionables.
  • Amplitud de personas asociadas a la entidad. En este apartado se repartirán 12'50 puntos proporcionalmente entre la suma del número total de socios inscritos entre todas las asociaciones presentadas.
  • Capacidad de la asociación de autofinanciar la actividad. En este apartado se repartirán 25 puntos proporcionalmente entre los porcentajes autofinanciados de los presupuestos presentados por cada asociación.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Cultura