Personas jurídicasES511 - Barcelona

LA CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES FINALISTAS PARA LA PROMOCIÓN DE ENTIDADES DEPORTI · 2026

Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES FINALISTAS PARA LA PROMOCIÓN DE ENTIDADES DEPORTIVAS DEL MUNICIPIO DE SANT ADRIÀ DE BESÒS, AÑO 2026

1. El objeto de las Bases específicas es definir el conjunto de condiciones y el procedimiento que debe seguirse para la solicitud, tramitación, concesión, cobro y justificación de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Sant Adrià de Besòs con car go a la aportación realizada por la empresa TERSA. Los recursos se destinan a los proyectos y actividades de las entidades culturales, infantiles, juveniles, educativas, deportivas y vecinales, así como a aquellos relacionados con la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y/o la diversidad afectiva, sexual y de género de la ciudad, para el desarrollo de sus proyectos y actividades.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANT ADRIÀ DE BESÒS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 104.538,98 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Los requisitos específicos que deben cumplir las entidades beneficiarias se recogen en el artículo 10 de las Bases.
  • Documentos que deben acompañar a la solicitud La solicitud deberá formalizarse mediante los modelos normalizados, debidamente cumplimentados en su totalidad, y presentarse junto con la siguiente documentación, de acuerdo con el artículo 15
  • Solicitud de subvención, comunicación de los datos actualizados de la entidad y autorización para su publicación (anexo 1).
  • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para poder obtener la condición de beneficiario/a (anexo 2).
  • Certificados que acrediten estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Memoria del proyecto o actividad que se va a realizar, con el presupuesto y el calendario de ejecución previsto para los que se solicita la subvención. También deberá incluirse una declaración de las subvenciones u otros ingresos obtenidos o solicitados para la misma finalidad, así como el compromiso de comunicar al Ayuntamiento las ayudas que se obtengan en el futuro (anexo 3).
  • Certificado de autorización de representante (anexo 4).
  • Comunicación de datos bancarios (anexo 5). De acuerdo con el artículo 15 de las Bases, este documento solo será necesario si es la primera vez que se presenta una solicitud al Ayuntamiento o si se producen modificaciones en los datos.
  • Plazo, forma y lugar de presentación de las solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día 8 de julio de 2026 y finalizará el día 22 de julio de 2026, ambos inclusive.
  • Las solicitudes y la documentación correspondi ente deberán presentarse a través de la Sede Electrónica de la página web municipal. La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan.
  • Subsanación de defectos u omisiones en la documentación En caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, se requerirá a la entidad solicitante para que, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación, proceda a corregirla o a realizar las subsanaciones necesarias. Se indicará que, si no lo hace, se entenderá que desiste de su solicitud.
  • Órganos competentes para la instrucción, la propuesta de concesión y la resolución La instrucción del procedimiento corresponderá al personal técnico del Departamento de Deportes. El órgano competente para resolver el procedimiento será el alcalde o la alcaldesa, o la persona en quien delegue, de acuerdo con el decreto de la Alcaldía de delegación de competencias. El órgano designado para valorar las soli citudes presentadas será la Comisión Calificadora,
  • Plazo de resolución y notificación De acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de las Bases.
  • Renuncia De acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de las Bases.
  • Notificación y régimen de recursos De acuerdo con lo previsto en el artículo 20 de las Bases.
  • Criterios objetivos de concesión de la subvención Para la valoración de las solicitudes presentadas, únicamente se tendrán en cuenta los criterios establecidos en el artículo 21 de las Bases.
  • Medidas de difusión de la financiación pública Las entidades beneficiarias deberán dar publicidad al apoyo recibido por parte del Ayuntamiento de Sant Adrià de Besòs y de TERSA en todas las actuaciones, actividades y materiales de difusión relacionados con el proyecto subvencionado. A tal efecto, en cualquier rótulo, documento, publicación, material promocional o acción de comunicación, tanto en soporte físico como digital, deberá incluirse la mención «Con el apoyo del Ayuntamiento de Sant Adrià de Besòs» y «Con el apoyo de TERSA». Ambas instituciones podrán integrarse en una única frase. Asimismo, deberán incorporarse los logoti pos del Ayuntamiento de Sant Adrià de Besòs y de TERSA, de acuerdo con las especificaciones gráficas y los modelos disponibles en los siguientes
  • enlaces: https://www.sant-adria.cat/sant-adria-per-temes/comunicacio/imatge-corporativa https://nuvol.sant-adria.cat/index.php/s/5mfyF63YfziAaWY En el momento de justificar la subvención, deberá adjuntarse una muestra de los materiales de difusión elaborados (carteles, programas, folletos, publicaciones digitales, contenidos en redes sociales, páginas web o cualquier otro soporte de comunicación), en los que deberá constar de forma visible la referencia al apoyo institucional recibido.
  • En caso de que no se haya editado ningún material gráfico o publicitario, la entidad beneficiaria deberá presentar una declaración en la que indique expresamente: «N o se adjunta material de difusión porque no se ha elaborado ninguno». Asimismo, cuando no se hayan producido materiales impresos, deberán aportarse los enlaces correspondientes a las publicaciones realizadas en entornos digitales —página web, redes sociales u otros canales digitales— en las que conste la difusión del apoyo del Ayuntamiento de Sant Adrià de Besòs y de TERSA.
  • Plazo y forma de justificación La fecha límite para justificar las subvenciones concedidas será el 29 de enero de 2027. El modelo normalizado de justificación deberá presentarse ante el Ayuntamiento a través del trámite específico de la Sede Electrónica antes de la fecha límite indicada. La justificación adoptará la forma de cuenta justificativa con aportación de justificantes de g asto y deberá contener obligatoriamente

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1. El objeto de las Bases específicas es definir el conjunto de condiciones y el procedimiento que debe seguirse para la solicitud, tramitación, concesión, cobro y justificación de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Sant Adrià de Besòs con car go a la aportación realizada por la empresa TERSA. Los recursos se destinan a los proyectos y actividades de las entidades culturales, infantiles, juveniles, educativas, deportivas y vecinales, así como a aquellos relacionados con la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y/o la diversidad afectiva, sexual y de género de la ciudad, para el desarrollo de sus proyectos y actividades.