la Concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a asociaciones y entidades sin ánimo d…

Título oficial: Convocatoria para la Concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos en el ámbito del Bienestar Animal

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES704 - Fuerteventura. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PUERTO DEL ROSARIO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 20.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Tener ámbito de actuación dentro del municipio de Puerto del Rosario.
  • Carecer de ánimo de lucro y destinar sus fines y actividades al bienestar animal.
  • Estar debidamente inscritas en el Registro Canario de Asociaciones del Gobierno de Canarias y en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas gestionado por la Concejalía de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Puerto del Rosario en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo consignar en la solicitud los correspondientes números de inscripción.
  • Haber permanecido legalmente constituidas durante un período mínimo de seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Comunidad Autónoma de Canarias y el Ayuntamiento de Puerto del Rosario, así como frente a la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Haber justificado adecuadamente las subvenciones, ayudas o aportaciones económicas concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Puerto del Rosario, siempre que hubiera finalizado el plazo de justificación correspondiente.
  • No encontrarse incursas en causa de prohibición para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas ni estar inhabilitadas para recibir ayudas o subvenciones de las Administraciones Públicas.
  • Desarrollar las actividades, programas o proyectos objeto de subvención dentro del término municipal de Puerto del Rosario y durante el período de ejecución establecido en la presente convocatoria.
  • SOLICITANTES El cumplimiento de las condiciones requeridas en la Base Quinta para obtener la condición de beneficiario se acreditará obligatoriamente mediante la presentación de los siguientes
  • Ayuntamiento de Puerto del Rosario Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16340740426743363263 en https://sede.puertodelrosario.org en el Anexo II, sin perjuicio de la posterior comprobación interna por parte de los servicios económicos del Ayuntamiento. Acreditación de la ausencia de deudas por reintegro e incompatibilidades: Se formalizará mediante la suscripción de la Declaración Responsable (Anexo II) firmada por el representante legal, que manifieste expresamente no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones.
  • Realizar la actividad o proyecto y cumplir con el fin o propósito que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Acreditar ante este Ayuntamiento la realización de la actividad o proyecto subvencionado.
  • Cumplir las condiciones que se determinen en estas bases y en la concesión de la subvención.
  • Justificar adecuadamente la subvención en los términos establecidos en las presentes bases.
  • Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, donaciones o cualquier otro ingreso concurrente con la misma actividad, procedentes de cualesquiera Administraciones Públicas, entes públicos o privados.
  • Facilitar toda la información que le sea debidamente requerida por el Ayuntamiento de Puerto del Rosario y someterse a las actuaciones de comprobación y control relacionadas con las subvenciones concedidas.
  • Hacer constar en toda la información o publicidad que se efectúe de las actividades o proyectos, que los mismos están subvencionados por la Concejalía de Bienestar Animal del Ayuntamiento de Puerto del Rosario.
  • Comunicar al Ayuntamiento de Puerto del Rosario, cualquier eventualidad en el desarrollo de la actividad subvencionada, en el momento que se produzca.
  • Conservar los documentos justificativos de la realización del proyecto o actividad subvencionada, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de control y comprobación.
  • Proceder al reintegro de la subvención concedida en los supuestos contemplados en el

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    Actividades que persigan ánimo de lucro.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    Actividades dispersas que no formen parte de un proyecto coherente.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    Actividades recreativas (incluidas comidas, cenas, etc., celebradas por la entidad).
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    Loterías o sorteos que no dispongan de la autorización correspondiente.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    Actividades dirigidas exclusivamente a los/as socios/as de la entidad.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    Artículos o regalos promocionales.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    Cualquier otro gasto que no responda al objeto de la convocatoria.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    BASE TERCERA: CRÉDITO PRESUPUESTARIO La financiación de las subvenciones estará limitada a la existencia de disponibilidad presupuestaria y se efectuará con cargo a la partida presupuestaria 19/31100/48002, denominada “Subvención Bienestar Animal”, por una cuantía de 20.000€. La cuantía de la subvención que se conceda, se establecerá aplicando los criterios de valoración mencionados en la base novena de las presentes bases, pudiendo alcanzar hasta el 100% del coste del proyecto, hecho o actividad a desarrollar por el beneficiario. Dicho crédito podrá ser modificado si las circunstancias así lo requiriesen, previa realización de los trámites correspondientes.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    BASE CUARTA: OTORGAMIENTO DE LAS SUBVENCIONES Las subvenciones concedidas serán compatibles con la percepción de otras subvenciones procedentes de cualquier otra administración pública o institución privada, salvo de la propia Corporación para la misma finalidad. En ningún caso, la suma total de las ayudas percibidas podrá ser superior al coste total de la actividad subvencionada. Sólo podrá presentarse un proyecto/programa por cada entidad y no se autorizan cambios de destino de las subvenciones concedidas.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    Tener ámbito de actuación dentro del municipio de Puerto del Rosario.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    Carecer de ánimo de lucro y destinar sus fines y actividades al bienestar animal.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    Estar debidamente inscritas en el Registro Canario de Asociaciones del Gobierno de Canarias y en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas gestionado por la Concejalía de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Puerto del Rosario en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo consignar en la solicitud los correspondientes números de inscripción.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    Haber permanecido legalmente constituidas durante un período mínimo de seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Comunidad Autónoma de Canarias y el Ayuntamiento de Puerto del Rosario, así como frente a la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    Haber justificado adecuadamente las subvenciones, ayudas o aportaciones económicas concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Puerto del Rosario, siempre que hubiera finalizado el plazo de justificación correspondiente.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    No encontrarse incursas en causa de prohibición para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas ni estar inhabilitadas para recibir ayudas o subvenciones de las Administraciones Públicas.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    Desarrollar las actividades, programas o proyectos objeto de subvención dentro del término municipal de Puerto del Rosario y durante el período de ejecución establecido en la presente convocatoria.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    Realizar la actividad o proyecto y cumplir con el fin o propósito que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    Acreditar ante este Ayuntamiento la realización de la actividad o proyecto subvencionado.
  • Se considerarán gastos no subvencionables aquellos derivados de: · eligible
    Cumplir las condiciones que se determinen en estas bases y en la concesión de la subvención.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Otras actuaciones de carácter económico