Personas jurídicasES704 - Fuerteventura

la Concesión, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a asociaciones sin fin de lucro del municipio de puerto…

Título oficial: Convocatoria para la Concesión, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a asociaciones sin fin de lucro del municipio de puerto del rosario que realicen actividades en el ámbito de la salud

Sanidad

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES704 - Fuerteventura. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PUERTO DEL ROSARIO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 56.800,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Tener ámbito de actuación dentro del municipio de Puerto del Rosario.
  • Carecer de ánimo de lucro y destinar sus fines y actividades al interés general, social, cultural, vecinal, juvenil o comunitario.
  • Estar debidamente inscritas en el Registro Canario de Asociaciones de l Gobierno de Canarias y en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas gestionado por la Concejalía de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Puerto del Rosario e n la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo c onsignar en la solicitud los correspondientes números de inscripción.
  • Haber permanecido legalmente constituidas durante un período mínimo de sei s meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tri butarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Comunidad Autónoma de Canarias y el Ayuntamiento de Puerto del Rosario, así como frente a la Tesorería Ge neral de la Seguridad Social.
  • Haber justificado adecuadamente las subvenciones, ayudas o aportaciones económicas concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Puerto del Rosario, siempre que hubiera finalizado el plazo de justificación correspondiente.
  • No encontrarse incursas en causa de prohibición para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas ni estar inhabilitadas para recibir ayudas o subvenciones de las Administraciones Públicas.
  • Desarrollar las actividades, programas o proyectos objeto de subvención dent ro del término municipal de Puerto del Rosario y durante el período de ejecución establecido en la presente convocatoria. El cumplimiento de los requisitos anteriores deberá acreditarse media nte la documentación exigida en la convocatoria o mediante las declaraciones responsables pre vistas en la normativa vigente. La falsedad, ocultación o inexactitud de los datos, manifest aciones o documentos aportados determinará la pérdida del derecho a la subvención, sin p erjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieran derivarse. Quedan expresamente excluidas de acceder a esta convocatoria las enti dades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 de l artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como aquellas que te ngan pendiente la justificación de subvenciones otorgadas con anterioridad por este Ayuntamiento, una vez vencido el plazo de justificación.
  • SOLICITANTES El cumplimiento de las condiciones requeridas en la Base Quinta para o btener la condición de beneficiario se acreditará obligatoriamente mediante la presentaci ón de los siguientes
  • Acreditación de la personalidad jurídica y fines de la entidad: Se justificará mediante copia de los Estatutos vigentes de la asociación debidamente registrados, donde conste expresamente la ausencia de ánimo de lucro y que su objeto s ocial o finalidad es la realización de actuaciones, servicios o programas en el ámbito de la salud.
  • Acreditación de la inscripción registral y antigüedad: Se acreditará mediante Certificado actualizado de inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Puerto del Rosario y en el Registro de Asociaci ones de Canarias. Dicho documento servirá asimismo para verificar de oficio la ant igüedad de la entidad a efectos de la baremación del Criterio 2 de la Base Novena.
  • Acreditación de la representación legal: Se justificará mediante copia del DNI/NIE de la persona que ostente la presidencia o representación de la entidad, acompañada de Certificación del Acta de la Junta Directiva o de la Asamblea General donde se procedió a su nombramiento vigente.
  • Acreditación del domicilio municipal: Se comprobará de oficio a través de la dirección que conste en la tarjeta de Identificación Fiscal (NIF) de l a entidad y además, mediante la Memoria explicativa (Anexo III) , que deberá justificar que las actividades se ejecutan en el término municipal o que la población beneficiaria reside en Puerto del Rosario.
  • Acreditación de hallarse al corriente con las obligaciones públic as: Se justificará mediante la presentación de los Certificados positivos vigentes expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), la Agencia Trib utaria Canaria (ATC) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Las obligac iones con la Hacienda Municipal se acreditarán mediante la declaración responsabl e incorporada en el Anexo II , sin perjuicio de la posterior comprobación interna por parte de los servicios económicos del Ayuntamiento.
  • Acreditación de la ausencia de deudas por reintegro e incompatibi lidades: Se formalizará mediante la suscripción de la Declaración Responsable (Anexo II) firmada por el representante legal, que manifieste expresamente no es tar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones.
  • Además de las otras obligaciones establecidas en estas bases , y de las demás que se establecen con carácter general, son obligaciones específicas de l beneficiario
  • Realizar el proyecto o actividad, o cumplir con el fin o propósito que fundame nta la concesión de la subvención.
  • Acreditar ante este Ayuntamiento la realización de la actividad o p royecto subvencionado.
  • Cumplir las condiciones que se determinen en estas bases y en la conc esión de la subvención.
  • Justificar adecuadamente la subvención en los términos establecidos e n las presentes bases.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Sanidad