Personas físicasES30 - COMUNIDAD DE MADRID

PREMIOS POR CLASIFICACIÓN EN LA XXVIII MEDIA MARATON DE FUENLABRADA. RESOLUCION 301 DE 05 DE OCTUBRE DE 2026

Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE PREMIOS POR CLASIFICACIÓN EN LA XXVIII MEDIA MARATON DE FUENLABRADA. RESOLUCION 301 DE 05 DE OCTUBRE DE 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES30 - COMUNIDAD DE MADRID. La gestiona O.A PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.000,00 €. Inicio: 19/10/2026. Plazo: Fin: 30/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • La solicitud se presentará por el participante e irá acompañada de:
  • Justificante de la entidad bancaria donde figure el número de cuenta de l a entidad con el código IBAN (un recibo, fotocopia de la cartilla, etc) o certificado de titularidad bancaria de la cuenta así como ficha de TERCERO, firmada.
  • Certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Fuenlabrada, en caso de que el participante no autorizase su consulta al PMD.
  • CSV (Código de Verificación Segura) IV77WUPILJ5YWXX25ROGJ5HD54 Fecha 05/10/2026 14:23:32 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Firmado por ENRIQUE RODRIGUEZ DIAZ (Vicesecretario Interventor de los Ooaa) Firmado por JUAN AGUSTIN DOMINGUEZ SAN ANDRES (Vicepresidente del P M D) Url de verificación https://sede.ayto- fuenlabrada.es/verifirmav2/code/IV77WUPILJ5YWXX25ROGJ5HD54 Página 4/6 Si las solicitudes no reúnen los requisitos exigidos se requerirá al interesado para que, subsane las faltas o acompañe los documentos perceptivos en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles, con apercibimiento de que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución, de acuerdo con los términos y efectos previstos en el artículo 68.1 de dicha Ley. La subsanación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Fuenlabrada, podrá subsanarse ÚNICAMENTE antes de la finalización del período de alegaciones.
  • NOVENO.- INSTRUCCIÓN Las solicitudes presentadas serán valoradas por una Comis ión de valoración constituida por al menos tres personas pertenecientes al Patronato Municipal de Deportes. Una de ellas deberá ser responsable técnico/a del PMD. Este órgano colegiado remitirá informe, en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada. A la vista del expediente y del informe de la Comisión de valoración, el Director Gerente del PMD formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada que deberá notificarse a los interesados, en la forma establecida en la conv ocatoria y se les concederá un plazo de 10 días para presentar alegaciones. Examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por los interesados, el Director Gerente del PMD formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la concesión del premio, y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
  • DÉCIMO. RESOLUCIÓN La resolución de concesión o denegación corresponde a la Presidencia del PMD. La resolución, además de contener el solicitante o relación de solicitantes a los que se concede el premio, hará constar en su caso, de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legítima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión del premio. La resolución, de la concesión definitiva, se publicará en el Tablón electrónico de anuncios municipal, que sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos. A efectos meramente informativos, se publicará en la página web (www.ayto -fuenlabrada.es, y www.deportesfuenla.com). La resolución pone fin a la vía administrativa pudiendo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
  • Con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Presidencia del Patronato Municipal de Deportes en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente al de la publicación del acuerdo.
  • Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Admin istrativo de Madrid dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de publicación. En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso -administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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