Personas jurídicasES243 - Zaragoza

Convocatoria concesión de subvenciones área de cultura

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES243 - Zaragoza. La gestiona COMARCA DE VALDEJALÓN.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 32.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Junto al escrito de solicitud se presentarán:
  • Fotocopia del certificado de estar inscrita en el Registro de Asociaciones de la DGA). (solo en el caso de que no concurrieran en las convocatorias de ejercicios anteriores o hubieran efectuado cambios)
  • Declaración de otras ayudas, subvenciones o ingresos (Anexo II).
  • Declaración sobre la documentación ya presentada en convocatorias anteriores (Anexo III)
  • Memoria explicativa sobre la actividad a subvencionar que contenga los datos referidos a los fines de la misma y que específicamente deseen que se valoren conforme a los criterios de valoración de la cláusula novena, calendario de ejecución, presupuesto total de la actividad a subvencionar (especificando claramente los gastos desglosados) y financiación prevista, indicación de otros ingresos que se prevean, así como reseña de las actividades sociales realizadas en el año anterior. (Anexo IV)
  • Fotocopia del CIF de la Entidad.). (solo en el caso de que no concurrieran en las convocatorias de ejercicios anteriores o hubieran efectuado cambios)
  • Declaración responsable del solicitante de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de seguridad social (Anexo V).
  • Copia de sus Estatutos adaptados a la normativa en vigor (solo en el caso de que no concurrieran en las convocatorias de ejercicios anteriores o hubieran efectuado cambios).
  • Ficha de terceros cumplimentada (Anexo IX). (solo en el caso de que no concurrieran en las convocatorias de ejercicios anteriores o hubieran efectuado cambios) En caso de que las firmas de la ficha no sean digitales, se deberá remitir a la Comarca el documento original.
  • 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no tendrán que volver a presentar la copia de Estatutos, CIF ni certificado de inscripción en el registro, así como de la Ficha de terceros, salvo que se hubiese realizado alguna modificación.
  • Aceptar la subvención a los efectos del cumplimiento de las condiciones derivadas de su otorgamiento remitiendo a la Comarca el impreso que figura como
  • Solicitud del pago de la subvención firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria (Presidente/a o Director/a), de acuerdo con el impreso que figura como

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Cultura