ayudas para gastos de notaría y registro a jóvenes que adquieran su primera vivienda en Longares, 2026.

Título oficial: Convocatoria para la concesión de ayudas para gastos de notaría y registro a jóvenes que adquieran su primera vivienda en Longares, 2026.

Regular las bases y convocar la concesión de ayudas para la financiación de gastos de notaría y registro a jóvenes (entre 18 y 39 años), que adquieran su primera vivienda en el municipio de Longares, aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria de 0 2 de julio de 2026 , incentivando así el asentamiento de la población joven.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Jóvenes, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES243 - Zaragoza. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LONGARES.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Jóvenes, Vivienda y alquiler.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 2.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán acogerse a esta convocatoria de ayudas las personas físicas de edades comprendidas entre los 18 y los 39 años que hayan adquirido o vayan a adquirir su primera vivienda en el periodo comprendido desde el 16 de diciembre de 2025 hasta el 15 de diciembre de 2026.
  • 1. Ser español o extranjero con residencia legal en España: Los extranjeros que residan en Longares podrán beneficiarse de esta prestación siempre que cumplan las condiciones de la Ley Orgánica 4/2000, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España, o legislación aplicable en cada momento y los requisitos establecidos en la presente norma.
  • 2. Estar empadronado en el municipio de Longares, al menos desde el momento mismo de presentar la solicitud de ayuda, teniendo la obligación de mantener el domicilio habitual, fiscal y empadronamiento durante los 5 años siguientes a la adquisición de la vivienda. El control posterior del mantenimiento de este requisito se realizará de oficio por el Ayuntamiento.
  • 3. Tener entre 18 y 39 años, ambos incluidos, en el momento de la suscripción de la escritura pública. Las escrituras deberán estar suscritas entre el 16 de diciembre de 202 5 y el 15 de diciembre de 2026 y responder a adquisiciones realizadas dentro de dicho período.
  • 4. Tratarse de la adquisición de su primera vivienda y destinarse a vivienda habitual y permanente de sus adquirentes.
  • 5. No ser titular de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda.
  • 6. No estar incursos en ninguna de las prohibiciones que señala el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Todos los requisitos señalados deberán ser cumplidos al menos por uno de los titulares de la vivienda. Cuando uno de los adquirentes no cumpla con alguno de los requisitos señalados, se procederá a la concesión del 50% de la ayuda que pudiese corresponder SIEMPRE Y CUANDO, en todo caso, uno de ellos cumpla todos y cada uno de los mismos. Se admitirán las solicitudes relativas a escrituras públicas suscritas desde el 16 de diciembre de 2025 al 15 de diciembre de 2026. En ningún caso podrán optar a la presente ayuda quienes hubieran obtenido la condición de beneficiario en anteriores convocatorias de “Ayudas para gastos de notaría y registro a jóvenes que adquieran su primera vivienda en el municipio de Longares”.
  • En el Registro del Ayuntamiento de Longares.
  • En cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • 2. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza y finalizará el 15 de diciembre de 2026.
  • 3. Para solicitar información los interesados podrán dirigirse a las Oficinas del Ayuntamiento, sitas en Plaza de España nº 1, 50460, Longares.
  • 1. Los interesados deberán de presentar, completa, la siguiente documentación:
  • Solicitud cumplimentada conforme al modelo del ANEXO I.
  • Escritura de compraventa o escritura de obra nueva en los supuestos de autopromoción. Si se trata de viviendas de V.P.A. deberá constar de modo indubitado tal carácter en la escritura pública.
  • Certificación del padrón catastral de bienes inmuebles de naturaleza urbana de no ser titulares en pleno dominio, o cotitulares, o titulares de derechos reales de cualquier tipo, de inmuebles radicados en el municipio de Longares inscritos en el mismo que no hayan sido inscritos en el Registro de la Propiedad.
  • Certificado de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Declaración responsable acreditativa del cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario y del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, a efectos de obtener la condición de beneficiario de subvenciones (ANEXO II).
  • Memoria económica justificativa del coste de los gastos subvencionables efectuados, que contendrá:
  • Ficha de terceros debidamente cumplimentada por la entidad bancaria donde deban ser depositados los fondos, en el caso de que la actuación resulte subvencionada (ANEXO IV).
  • 2. El Ayuntamiento de Longares podrá solicitar aclaraciones o ampliaciones de información y documentación. Si la solicitud no reúne los requisitos y documentos indicados, se requerirá al solicitante para que, en un plazo máximo de improrrogable de diez días hábiles, subsane las deficiencias observadas, quedando apercibido de que, de no hacerlo así, se le tendrá por desistido en su petición y se archivarán las actuaciones sin más trámite, conforme a los previsto en el art. 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 18.2 de Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Regular las bases y convocar la concesión de ayudas para la financiación de gastos de notaría y registro a jóvenes (entre 18 y 39 años), que adquieran su primera vivienda en el municipio de Longares, aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria de 0 2 de julio de 2026 , incentivando así el asentamiento de la población joven.