ayudas económicas para gastos directamente derivados del nacimiento o adopción (Cheque Bebe) para los nacidos en los añ · 2023/2024

Título oficial: Convocatoria para la concesión de ayudas económicas para gastos directamente derivados del nacimiento o adopción (Cheque Bebe) para los nacidos en los años 2023, 2024 y 2025, en régimen de concurrencia competitiva

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TAVERNES BLANQUES.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 194.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Con Carácter General se deberá presentar obligatoriamente:
  • Solicitud de ayudas conforme modelo específico contenido en el ANEXO I donde, además conste la firma del/de la otro/a progenitor/a o adoptante como miembro de la unidad familiar.
  • Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte del/la solicitante, que tendrá que ser progenitor/a, cónyuge, pareja de convivencia, o tutor/a legal.
  • Certificado de nacimiento o adopción, o todas las hojas del libro de familia o certificados de matrimonio, o alta en el registro de parejas de hecho.
  • Declaración responsable de cumplir con los requisitos de la convocatoria, de no estar incurso en ninguno de los supuestos regulados en el artículo 13 de Ley General de subvenciones, de que se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, que no ha solicitado ni obtenido ninguna otra subvención, ayuda, ingreso o recurso para la misma
  • Con Carácter específico, en los casos que proceda se podrá acompañar la
  • Sentencia o demanda de separación, divorcio, nulidad, convenio regulador u otros documentos oficiales que acrediten la situación de la unidad familiar actual. El empadronamiento del/de la solicitante y de los miembros de la unidad familiar se comprobará de oficio por el Departamento Gestor. La presentación de la solicitud de la ayuda presume la aceptación incondicional de las bases de la convocatoria y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma.
  • - Indicación de los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento. Órgano competente para la instrucción: Tesorería. Órgano competente para la resolución: Alcaldía.
  • - Plazo de presentación de solicitudes 20 días hábiles desde la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
  • - Plazo de resolución y notificación. Plazo máximo de resolución: 3 meses.
  • - Fin a la vía administrativa: La resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponer los recursos legales pertinentes.
  • - Criterios de valoración de las solicitudes. Se comprobará el cumplimiento de los requisitos para ser beneficiarios de las presentes ayudas con el límite de los créditos presupuestarios asignados.
  • - Medio de notificación o publicación El acuerdo municipal resolviendo el procedimiento se notificará a las personas interesadas, preferentemente por medios electrónicos, de conformidad con el art. 45. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la resolución de concesión de la ayuda se publicará en la sede electrónica (Tablón de Anuncios Electrónico).
  • - Pago y justificación del gasto El abono de las ayudas concedidas consistirá en el pago de éstas, mediante la entrega de una tarjeta bancaria, a utilizar únicamente en los comercios locales adheridos a la campaña. La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención se documentará mediante CUENTA JUSTIFICATIVA DEL GASTO realizado, que podrá aportarse mediante procedimiento electrónico.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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