CONVOCATORIA CLUB FUTBOL SALA SANT LLUIS 2026

Educación

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PALAFOLLS.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Estar inscrita en el registro público oficial correspondiente. En el caso de entidades de ámbito local, deberá estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Palafolls.
  • Desarrollar una parte de su actividad en Palafolls y/o tener su sede oficial o social.
  • Estar al corriente de las obli gaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no mantener ninguna deuda pendiente, de cualquier naturaleza, con el Ayuntamiento de Palafolls.
  • Haber justificado las subvenciones recibidas en ejercicios anteriores y no estar afectada por ningún tipo de sanción.
  • No recibir subvenciones, por el mismo concepto, de otras concejalías, departamentos o unidades de la Administración local.
  • Ejecutar la actividad subvencionada de conformidad con los principios de buena administración, buena fe y pre sunción de legalidad, y de acuerdo con los principios éticos y las normas de conducta que permitan asegurar el cumplimiento de los principios de igualdad, objetividad y transparencia. El cumplimiento de estos requisitos deberá acreditarse en el momento de presentar la solicitud mediante una declaración responsable incluida en el modelo normalizado, sin perjuicio de que el Ayuntamiento pueda requerir la documentación acreditativa original o efectuar las comprobaciones de oficio que considere oportunas.
  • - Órgano competente para la instrucción y resolución La instrucción y la resolución de concesión correspond erán a la Junta de Gobierno Local, mediante convenios de colaboración con las entidades.
  • - Cèlia Majó Montes (TCAT) (SECRETARIA (DILIGENCIA: Esta convocatoria se ha aprobado por acuerdo de la JGL en fecha 30/06/2026)), 10/07/2026 08:07
  • - Plazo de presentación de solicitudes y documentación La solicitud se formalizará en el modelo normalizado. Se dirigirá al Sr. Alcalde- Presidente del Ayuntamiento y se presentará en la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo de presentación de solicitudes será a partir del día siguiente al de la notificación de la convocatoria y finalizará el día 19 de julio de 2026.
  • A la solicitud se deberán adjuntar los siguientes documentos:
  • Identificación de la persona que suscribe la solicitud y del carácter con que actúa.
  • Identificación de la persona que debe ser beneficiaria (con expresión de su DNI, NIE o NIF).
  • Escritura de constitución y/o estatutos.
  • Memoria de la obra o actividad a subvencionar (ANEXO 1).
  • Presupuesto de la actividad (ANEXO 2).
  • Declaración responsable de reunir los requisitos para ser beneficiario de acuerdo con el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (ANEXO 3).
  • Datos bancarios donde se podrá transferir el importe de la subvención. En caso de que los documentos exigidos ya estén en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá ejercer su derecho a no p resentarlos, indicando la fecha y el órgano o dependencia donde fueron presentados o emitidos. Cuando se observen defectos u omisiones en las solicitudes, o se considere necesario ampliar la informació n, se podrá conceder a los solicitantes un plazo máxim o de 10 días para enmendar los defectos u omisiones o ampliar la información.
  • - Plazo de resolución y notificación La resolución y la notificación se realizarán dentro del año 2026.
  • - Pago El pa go del importe de la subvención concedida se efectuará dentro del ejercicio económico correspondiente, previa presentación de la documentación justificativa según lo que establezca el convenio de colaboración.
  • - Justificación El beneficiario deberá justificar el 50% del importe total de la subvención antes del 15 de noviembre de 2026 y el 50% restante como máximo el 20 de junio de 2027, mediante la presentación de la documentación regulada en el artículo 32 de la Ordenanza de Subvenciones del Ayuntamiento de Palafolls. Se deberá justificar un gasto por un importe igual o superior al importe otorgado. La justificación de estas subv enciones tendrá la estructura y el alcance que se determine en el convenio de colaboración, de acuerdo con el artículo 32 de la Ordenanza de Subvenciones del Ayuntamiento de Palafolls.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Educación