Personas físicasES52 - COMUNIDAD VALENCIANA

Convocatoria cinco becas para la realización de prácticas profesionales en la dirección general competent en materia de cooperación internacional al desarrollo, durante los ejercicios 2026 y 2027.

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA. La gestiona SECRETARÍA AUTONÓMICA DE FAMILIA Y SERVICIOS SOCIALES.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • documentation
    Estar en posesión de una de las titulaciones enunciadas en el apartado resolutivo primero de la presente convocatoria, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización de los estudios.
  • documentation
    No haber sido beneficiario o beneficiaria de becas de prácticas profesionales en la Generalitat por un periodo igual o superior a 36 meses.
  • documentation
    No encontrarse incurso o incursa en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, lo cual se acreditará por medio de la declaración resp onsable incluida en el modelo de solicitud.
  • documentation
    Tener la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. CSV:KU5LN5Q3:2832I912:IJAKHVGU URL de validació:https://www.tramita.gva.es/csv-front/index.faces?cadena=KU5LN5Q3:2832I912:IJAKHVGU
  • documentation
    4 Sexto. Supuestos de exclusión Las personas que en el momento de publicarse esta convocatoria ya estén disfrutando de una beca de prácticas profesionales en la Generalitat, no podrán optar a una nueva beca, excepto en los
  • documentation
    Que se concurra a la misma beca que ya se está disfrutando por haber sido obtenida en una convocatoria anterior, siempre que se cumpla el resto de los requisitos establecidos en la convocatoria.
  • documentation
    Que resten menos de dos meses para la finalización de la beca que ya están disfrutando las personas solicitantes, siempre que se cumpla el resto de los requisitos establecidos en la convocatoria. Séptimo. Plazo, lugar y forma de presentación de las solicitudes
  • documentation
    El plazo, lugar y forma de presentación de las solicitudes se ajustarán a lo previsto en el artículo 5 de la Orden 1/2019, de 28 de noviembre.
  • documentation
    Las personas aspirantes a obtener una beca presentarán, exclusivamente por vía telemática, en el trámite específico habilitado en la sede electrónica de la Generalitat, URL:https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=G113035, una única solicitud por beca, en el supuesto de presentarse a las dos materias, y el currículum de forma completa , en el plazo de 1 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y según modelos normalizados que estarán accesibles en la sede electrónica de la Generalitat, accediendo al buscador de trámites y servicios
  • documentation
    Con el fin de reducir cargas administrativas a las personas interesadas, a la solicitud y al currículum no se adjuntará documentación alguna. Las personas seleccionadas para la fase de entrevista/prueba tendrán que presentar la documentación acreditativa de los méritos detallados en el currículum, en el momento en el que acudan a la realización de la entrevista/prueba o bien cuando así se les requiera por la comisión de valoración correspondiente. Si la documentación presentada no acreditara los requisitos indicados en la convocatoria o no fuera íntegramente aportada, se requerirá a la persona interesada por vía electrónica para que, en el plazo máximo de 10 días, enmiende la falta o aporte los documentos preceptivos advirtiendo que, en caso de no hacerlo en plazo, no serán tenidos en cuenta los méritos a efectos de la valoración. El cumplimiento temporal de los méritos se entenderá referido a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes.
  • documentation
    Mediante la presentación de la solicitud la persona solicitante manifiesta bajo su responsabilidad que todos los datos recogidos en ella y en su caso, en la documentación que se adjunte, son verídicos y que se encuentra en posesión de la documentación que así lo acredita, quedando a disposición de la Generalitat para la comprobación, control e inspección posterior que se estimen oportunos. A tenor de lo dispuesto en el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante, Ley 39/2015) la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable o a una comunicación, o la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable, la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo decla rado, o la comunicación, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
  • documentation
    De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, el órgano gestor del procedimiento podrá obtener directamente los datos de identidad de la persona solicitante o, en su caso, de su representante legal y de estar al corriente con el cumpl imiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social. En caso de que la persona solicitante de la beca se oponga a que el órgano gestor obtenga directamente esta información, deberá indicarlo expresamente en el formulario, quedando obligada a aportar los documentos acreditativos correspondientes. CSV:KU5LN5Q3:2832I912:IJAKHVGU URL de validació:https://www.tramita.gva.es/csv-front/index.faces?cadena=KU5LN5Q3:2832I912:IJAKHVGU
  • documentation
    6 En cuanto a la acreditación de estar al corriente con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, la persona interesada deberá autorizar a la administración, mediante el formulario de solicitud, la consulta de dicha información ante las administracion es tributarias. En caso de no autorizar, la persona interesada queda obligada a aportar los documentos acreditativos correspondientes.
  • documentation
    En el supuesto de que la solicitud no reúna los requisitos exigidos o no se acompañen los documentos preceptivos, se requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos de conformidad con el a rtículo 68 de la Ley 39/2015, con la indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 apartado 1 de dicha norma. Este trámite se realizará de forma electrónica.
  • documentation
    La presentación de la solicitud para optar a las becas implicará la aceptación por la persona solicitante de las bases por la que se rija la convocatoria. Octavo. Ordenación e instrucción
  • documentation
    De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Orden 1/2019, de 28 de noviembre, la ordenación y la instrucción del procedimiento, para la concesión de las becas convocadas, corresponderá a la Dirección General competente en materia de cooperación al desarrollo que, de oficio, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
  • documentation
    Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, estas serán examinadas por el órgano instructor, que comprobará los requisitos de las personas solicitantes, efectuando en su caso los requerimientos y comprobaciones que estime convenientes.
  • documentation
    El órgano instructor emitirá un informe, en el que conste el cumplimiento de los requisitos de las personas solicitantes. Noveno. Comisión evaluadora
  • documentation
    De conformidad con el artículo 7 de la Orden 1/2019, de 28 de noviembre , se constituirá una
  • documentation
    Presidencia: La persona titular de la Subdirección General de Cooperación Internacional al Desarrollo. Suplente: la persona titular/ocupante del Servicio de Gestión de Programas y Cooperación.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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