CONVOCATORIA CHEQUE EMPRENDEDOR/A 2026

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PATERNA.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 80.000,00 €. Inicio: 15/10/2026. Plazo: Fin: 30/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • El alta de la nueva actividad se debe producir en el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026, ambos inclusive. Como tal se entenderá la fecha de alta correspondiente en el Censo de Obligados Tributarios (modelo 036), con independencia de la fecha del contrato (Comunidades de Bienes, otras entidades sin personalidad jurídica y Sociedades Civiles o profesionales) o escritura de constitución en el caso de o Sociedades Mercantiles (SL, SLU, SA, SLL, SAL…)
  • Que la actividad radique y se mantenga en el ámbito territorial del término municipal de Paterna, entendiendo tal acreditación cuando el local o establecimiento donde se desarrolle la actividad empresarial objeto de subvención correspondiente al alta en el Censo de Obligados Tributarios (modelo
  • se encuentren ubicados en el municipio de Paterna.
  • En el caso de actividades que se ejercen fuera de local o establecimiento determinado, aunque se trate de personas físicas, es requisito imprescindible que el domicilio fiscal esté en el término municipal de Paterna. Exclusiones. No podrán tener la condición de beneficiarios los establecidos en las exclusiones en el art. 4 de las Bases Reguladoras. Compatibilidad.- Respecto a la compatibilidad de estas ayudas se estará a lo dispuesto en el art.11 de las Bases reguladoras. Quinto. Cuantía La cuantía de subvención por beneficiario/a en concepto de apoyo inicial a la puesta en marcha vendrá determinada según lo establecido en las bases reguladoras de la convocatoria, en el art. 5, que contempla ayudas superiores para aquellos colectivos con mayores dificultades de inserción laboral y/o que se encuentren en situación de desempleo previamente al inicio de la actividad.
  • Sexto. Solicitudes y Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 15 de octubre de 2026 al 30 de noviembre de 2026 ambos inclusive. La solicitud y justificación se realizará exclusivamente a través de medios electrónico s, en aplicación de lo que dispone el art. 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común. La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Paterna. https://sede.paterna.es/opensiac/action/tramitesinfo?method=enter&id=409 Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación correspondiente, establecida en el artículo 7 de las Bases Reguladoras de Cheque Emprendedor/a 2026. Séptimo. Procedimiento de concesión La concesión de las ayudas reguladas en estas Bases se efectuará en régimen de convocatoria abierta, a través de un procedimiento de concurrencia de limitada competitividad, dada la modalidad de las ayudas, que exigen unos requisitos muy concretos. Tanto la tramitación, como la instrucción del procedimiento de concesión y seguimiento y control de estas 2

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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