CONVOCATORIA BESTRETA SUBVENCIO ASSOCIACIO GEGANTS DE LA RAPITA ANY 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGARIDA I ELS MONJOS.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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Gastos y actuaciones

  • GASTOS SUBVENCIONABLES: La subvención queda sujeta a la realización de las · eligible
    actividades establecidas en la memoria de solicitud de subvención. A tal efecto, y en relación a los gastos subvencionables la entidad deberá cumplir con las siguientes condiciones de
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    El gasto justificativo deberá ajustarse a la previsión de actividades presentada; en caso de variaciones se deberá efectuar comunicación expresa a fin de que sean aprobadas por el órgano competente.
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    El gasto elegible será el realizado entre el 01.01.2026 y el 31.12.2026. QUINTO.- Aprobar las siguientes condiciones generales aplicables a la subvención nominativa. La subvención está sujeta a la normativa vigente de aplicación, a las condiciones y compromisos particulares establecidos en el apartado anterior y, en todo
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    La persona beneficiaria deberá acreditar antes de que se dicte la propuesta de acuerdo de concesión que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social. A estos efectos, el ayuntamiento podrá consultar u obtener dichos extremos, salvo oposición expresa de la persona beneficiaria.
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    No se entregará ningún pago anticipado si no se ha enviado la documentación necesaria para la justificación de subvenciones recibidas en ejercicios anteriores. Codi Validació: L7GL9R4W4THACWW6LC6Q2TAR5 Verificació: https://santamargaridaielsmonjos.eadministracio.cat/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 4 de 6
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    Los pagos de la subvención se harán mediante transferencia a la cuenta designada por la persona beneficiaria de la subvención.
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    La justificación del gasto elegible se realizará en los plazos fijados mediante la formalización de los modelos normalizados por el Ayuntamiento siguientes: memoria de la actuación y memoria económica.
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    Las personas beneficiarias de subvenciones concedidas por el ayuntamiento se obligan a ejecutar las actividades subvencionadas de conformidad con los principios de buena administración, buena fe y presunción de legalidad, así como a su justificación.
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    En la realización de cualquiera de las actividades establecidas relacionadas con el objeto de la subvención, serán de aplicación las normas relativas a la igualdad entre mujeres y hombres, utilización de lenguaje no sexista, el reconocimiento de la diversidad, el fomento de la convivencia y la cohesión social, la paridad en los órganos directivos, reducción de las desigualdades, erradicación de las violencias machistas en cualquiera de sus ámbitos y la perspectiva de género, en base a lo establecido en la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, entre otros.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: La subvención queda sujeta a la realización de las · eligible
    La persona beneficiaria de una subvención está obligada a someterse a las actuaciones de comprobación y de control financiero que realice la Intervención General del ayuntamiento, y a aportar toda la información que le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores y en relación con la subvención concedida.
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    En la publicidad, información o difusión de la actividad subvencionada (impresa y en carteles o realizada por cualquier otro medio electrónico o audiovisual) se indicará la expresión "Con el apoyo del Ayuntamiento de Santa Margarida i els Monjos", así como el escudo del municipio si ello técnicamente es posible. Previamente a su difusión, será necesario enviar el material al Departamento de Comunicación del Ayuntamiento, para su aprobación y validación. Este extremo se justificará mediante un ejemplar de cada medio de difusión editado.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: La subvención queda sujeta a la realización de las · eligible
    Los documentos de cualquier tipo justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, deberán conservarse por un periodo no inferior a 6 años, contados desde la finalización del plazo de presentación de la justificación.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: La subvención queda sujeta a la realización de las · eligible
    La persona beneficiaria deberá dar publicidad de las subvenciones y ayudas percibidas por medios electrónicos, en base a lo establecido en la Ley 19/2013 y a la Ley 19/2013 y a la Ley 19/2014.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: La subvención queda sujeta a la realización de las · eligible
    La persona beneficiaria deberá comunicar la petición y/o obtención de cualquier subvención concurrente que no se haya declarado con la solicitud.
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    En caso de contradicción entre las condiciones generales y las particulares o especiales prevalecen estas últimas. Codi Validació: L7GL9R4W4THACWW6LC6Q2TAR5 Verificació: https://santamargaridaielsmonjos.eadministracio.cat/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 5 de 6

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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