Personas físicasES51 - CATALUÑA

CONVOCATORIA BECAS ESPORTBATÓ 2026 - ACTIVIDADES DEPORTIVAS 2025-2026

El objeto de la presente es regular la concesión de ayudas destinadas a las personas usuarias de las actividades deportivas realizadas dentro del marco de la oferta deportiva de Collbató durante el curso 2025-2026, comprendido entre los meses de septiembre del año 2025 y agosto del año 2026…

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE COLLBATÓ.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 5.500,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar empadronado en el municipio de Collbató como mínimo 3 meses antes de la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Estar matriculado en una o más actividades deportivas que estén dentro del marco de la oferta deportiva de Collbató.
  • Presentar la solicitud en el impreso según Anexo 1 y la documentación acreditativa, en los plazos establecidos en la convocatoria.
  • No recibir ninguna otra ayuda por el mismo concepto de otras administraciones o entes públicos. La concurrencia de estos requisitos se acreditará en el momento de presentar la solicitud, mediante la presentación de los documentos que se indican en el artículo siguiente.
  • Para poder participar en la convocatoria abierta se deberá presentar la siguiente
  • En caso de no autorizar la consulta será necesario aportar la fotocopia completa de la Declaración de la Renta del ejercicio inmediatamente anterior a la convocatoria, de cada uno de los miembros de la unidad familiar en edad laboral.  En caso de no haber presentado la Declaración de renta
  • Certificado negativo de renta, conforme no se hizo la declaración.  Copia de las tres últimas nóminas de las personas que estén trabajando dentro del núcleo familiar.  Certificación acreditativa de los gastos: recibo de alquiler o hipoteca, recibo de gastos sanitarios adicionales debidos a que algún miembro de la Unidad Familiar de Convivencia tenga diagnosticada diversidades funcionales físicas, psíquicas o sensoriales, debidamente acreditadas, mediante certificados o informes.  ANEXO 3: Declaración responsable firmada por la persona solicitante o tutor/a legal con un pronunciamiento expreso respecto a la autorización o negativa para que el Ayuntamiento obtenga de forma directa la acreditación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a través de certificados telemáticos.  ANEXO 4: Certificado de la entidad deportiva por la que se solicita la subvención.  SOL·LICITUD DE TRANSFERÈNCIAS BANCÀRIAS*: Según el modelo normalizado del Ayuntamiento de Collbató.  CERTIFICADO DE TITULARIDAD BANCÀRIA*: Emitido por la entidad bancaria de la persona solicitante de la beca.
  •  En el caso de que haya algún miembro de la familia con discapacidad: tarjeta acreditativa de la discapacidad emitida por el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.  En caso de familia numerosa o familia monoparental, presentar la acreditación vigente. El modelo normalizado de solicitud, así como el de todos los documentos anexos exigidos en la convocatoria podrán encontrarse en la página web del Ayuntamiento www.collbato.cat.
  • Rectificación de defectos u omisiones en la documentación En caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, se requerirá a la persona solicitante, para que, en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la notificación, proceda a su rectificación o a las enmiendas necesarias, con la indicación de que si no lo hace así se entenderá por desistida de su solicitud.
  • Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento El órgano responsable de la instrucción del procedimiento para la concesión de las becas previstas en las presentes bases será el Servicio de Deportes. De acuerdo con el artículo 12.5 de la Ordenanza reguladora de las subvenciones del Ayuntamiento de Collbató, la Mesa de Valoración estará formada por miembros de los
  • Presidente/a: el/la concejal/a delegado del ámbito de gestión otorgante de la subvención, en este caso la Concejala de Deportes o persona en quien delegue.
  • Vocales: el/la técnico/a del Servicio otorgante de la subvención, en este caso el Servicio de Deportes o persona en quien delegue.
  • Secretario/a: el/la trabajador/a social de los Servicios Sociales o persona en quien delegue. La Mesa de Valoración examinará y valorará las solicitudes y el presidente/a formulará la propuesta de otorgamiento que será aprobada por el órgano competente. La Junta de Gobierno Local será el Órgano competente para la aprobación de la valoración de los expedientes resolución y justificación de los otorgamientos, de acuerdo con la Ordenanza reguladora de las subvenciones del Ayuntamiento de Collbató. El órgano competente para la concesión podrá, discrecionalmente, dejar desierto el concurso o no agotar el crédito total previsto.
  • Plazo de presentación de solicitudes
  • Plazo de resolución y de notificación El plazo máximo para resolver el procedimiento será de 3 meses desde la finalización del periodo de presentación de solicitudes. La falta de resolución dentro de los plazos indicados tendrá efectos desestimatorios. La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa, y contra la misma se puede interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación. Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación.
  • Criterios de valoración de las solicitudes Siempre que se cumplan los requisitos que hacen referencia en el apartado segundo de esta convocatoria, se aplicarán los criterios establecidos por el Reglamento Interno de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Collbató para determinar la puntuación y establecer el importe de la subvención a otorgar.
  • Plazo y forma de justificación De conformidad con lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, la concesión de la ayuda no requerirá otra justificación, en tanto que se solicita la entrega de los documentos justificativos del gasto en la solicitud, y se entiende que la justificación se cumple con la solicitud.
  • Forma de pago El pago se efectuará directamente a la persona solicitante excepto en caso de que la persona solicitante tenga cuotas pendientes de liquidar a la entidad deportiva, situación en la que las cuotas reconocidas no liquidadas se abonarán directamente al/a las entidades deportivas. En caso de que la persona haya abonado parte de las cuotas y tenga para liquidar otra parte, el importe correspondiente a la parte abonada será transferido a la persona solicitante, y el importe correspondiente para liquidar será abonado a la entidad. En caso de que el importe concedido sea inferior a los importes solicitados se priorizará el pago a la entidad hasta liquidar las cuotas no abonadas. La forma de pago será mediante transferencia bancaria.
  • Compatibilidad con otras subvenciones La percepción de la ayuda destinada a los usuarios de las actividades deportivas realizadas dentro del marco de la oferta deportiva de Collbató durante el curso será incompatible con el disfrute de los beneficios fiscales regulados por la ordenanza fiscal núm. 48 del Ayuntamiento de Collbató por el mismo periodo.
  •  Adjunto a esta solicitud los siguientes documentos: Documentación especificada en el punto Cuarto de las Bases (imprescindible adjuntar esta documentación para poder tramitar la solicitud). Autorización consulta nivel de renta (Anexo 2). Declaración responsable (Anexo 3). Certificado de la entidad deportiva (Anexo 4) por la que se solicita la subvención, donde conste los importes abonados por el solicitante para la realización de la práctica deportiva del periodo indicado en la convocatoria. En caso de que la persona solicitante no esté al corriente de pago y tenga deudas pendientes con la entidad, autoriza al Ayuntamiento a efectuar el pago de la subvención otorgada directamente a la entidad deportiva. Solicitud de transferencia bancaria (Anexo 7). 2 Si la persona menor de 14 años no tiene DNI, se deberá indicar el DNI del padre/madre/tutor/a legal. 3 Entidad en la que se realizan las actividades deportivas por las que se solicita la ayuda.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de la presente es regular la concesión de ayudas destinadas a las personas usuarias de las actividades deportivas realizadas dentro del marco de la oferta deportiva de Collbató durante el curso 2025-2026, comprendido entre los meses de septiembre del año 2025 y agosto del año 2026. Con el fin de dar cumplimiento a la Ordenanza reguladora de las subvenciones del Ayuntamiento de Collbató y de acuerdo con el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Collbató correspondiente al ejercicio 2026, aprobado por el Pleno de la Corporación en fecha 29 de enero de 2026, desde el Servicio de Deportes se quiere fomentar la realización de actividades de utilidad pública que tengan por finalidad el