BECA DE FORMACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTRACURRICULARES EN EL CAMPUS DE PONFERRADA DEPENDIENTES · 2026/2027

Título oficial: CONVOCATORIA DE BECA DE FORMACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTRACURRICULARES EN EL CAMPUS DE PONFERRADA DEPENDIENTES DEL VICERRECTORADO DE INTERNACIONALIZACIÓN Y COMPROMISO GLOBAL. Curso 2026-2027.

La finalidad de esta beca de formación es complementar la formación práctica de los estudiantes de la Universidad de León, favoreciendo la adquisición de competencias que los preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capa cidad de emprendimiento. La presente convocatoria se ajustará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Universidad de León y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Las prácticas serán consideradas Prácticas Académicas Externas Extracurriculares…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES413 - León. La gestiona UNIVERSIDAD DE LEÓN.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.600,00 €. Plazo: Fin: 06/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán solicitar esta beca quienes reúnan los siguientes requisitos en el momento de finalizar el
  • Ser español o poseer la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos de la Unión Europea o de sus familiares, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. En el supuesto de estudiantes no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social; en todo caso deberán acreditar su condición de residentes, quedando exclui dos quienes se encuentren en situación de estancia
  • Estar matriculado en Grado o Máster en la Universidad de León durante el curso académico 2026/27.
  • En el caso de estudiantes de grado, haber superado al menos 120 créditos a fecha de fin de curso 202 5/26 en alguna de las titulaciones del C ampus de Ponferrada en el que se realizarán las prácticas formativas.
  • Tanto los estudiantes de Grado como los de másteres oficiales no pueden tener superados la totalidad de los créditos de su titulación para iniciar las prácticas. En caso de superar los créditos de su titulación durante la realización de las prácticas, podr án finalizarlas siempre que reúnan el requisito de ser estudiantes de la Universidad.
  • No mantener relación contractual de tipo laboral, de prestación de servicios o asimilable con la Universidad de León.
  • Cualquier otro de los requisitos expresados en el Reglamento por el que se regulan las Prácticas de la Universidad de León y en las Bases reguladoras de las becas y ayudas para estudiantes de grado y máster. B. Específicos Los requisitos específicos de la beca se establecen en el Anexo I. No podrán ser beneficiarias las personas solicitantes en las que concurra cualquiera de las prohibiciones previstas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Estos requisitos deberán mantenerse durante el período de tiem po inherente al reconocimiento de derecho de cobro de la ayuda, debiendo informar de cualquier variación en las circunstancias al Vicerrectorado de Internacionalización y Compromiso Global. El Vicerrectorado de Internacionalización y Compromiso Global verificará el cumplimiento de los requisitos con la comprobación de los datos que obran en su poder y con los documentos aportados en la solicitud.
  • PROGRAMA FORMATIVO La beca dispone de un Programa Formativo, que se recoge en el Anexo I, que concretará la formación que recibirán los beneficiarios de estas. Se tendrá en cuenta que, considerando el carácter formativo de las prácticas, las actividades propuestas estarán directamente vinculadas con las competencias que han de adquirir los estudiantes en la titulación por la que acceden a la beca.
  • Duración del periodo formativo.
  • Actividades y/o tareas a desarrollar.
  • Competencias genéricas y específicas.
  • Sistema de evaluación y control. Para la plaza de prácticas, habrá, al menos, una persona que actúe como tutor académico, asesorando y formando al estudiante en el desempeño de las tareas encomendadas.
  • PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR Las personas interesadas presentarán su solicitud de forma digital hasta el día 6 de octubre de 2026 a las 23:59 (horario de España peninsular) de forma digital a través de la solicitud online
  • SELECCIÓN DE LOS ESTUDIANTES La Comisión de Selección estará presidida por el director del Área de Movilidad y Política Lingüística y compuesta por el director del Área de Estrategia Internacional, la directora de Área de Relaciones Internacionales y Compromiso Global y la directora d el Servicio de Internacionalización, que actuarán como vocales. Como secretario de la Comisión de Selección actuará un miembro de la Oficina de Relaciones Internacionales, con voz, pero sin voto. Esta Comisión, previo estudio y valoración de las solicitudes admitidas y de conformidad con los criterios de baremación fijados para cada beca en el Anexo I, elevará al Vicerrector de Internacionalización y Compromiso Global la propuesta de resolución y su orden de prelación. En el caso de que el proceso de selección requiera de la realización de una entrevista, la fecha y lugar de esta se publicará en el www.unileon.es/becas.
  • RESOLUCIÓN Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la resolución de la asignación y concesión de la beca se publicará en www.unileon.es/becas y se abrir á un período de alegaciones de 3 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha de esta publicación. Una vez publicada la resolución definitiva, las personas seleccionadas tendrán un plazo de 3 días hábiles para presentar, si fuera necesario, la documentación acreditativa de los méritos evaluados y el resto de documentación necesaria para la tramitación de las prácticas y de los pagos de la beca y el alta en la Seguridad Social.
  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS Además de los derechos y obligaciones recogidos en el Reglamento por el que se regulan las Prácticas Externas de la Universidad de León, la persona adjudicataria de las beca de formación
  • tendrá derecho a: ● Obtener el apoyo necesario para el desarrollo y aprovechamiento de su formación, dentro de las posibilidades de la estructura en la que esté realizando las prácticas. ● Cualesquiera otros derechos que les sean reconocidos por la legislación vigente.
  • Son obligaciones de las personas beneficiarias: ● Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de esta. ● Realizar las tareas derivadas del Programa Formativo bajo la supervisión del tutor académico. ● Respetar los medios materiales puestos a su disposición por la Universidad para el desarrollo de sus actividades. ● Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar el cumplimiento y efectividad de las condiciones de la concesión de la beca. ● Mantener confidencialidad de la información manejada en los términos establecidos en la legislación y no dar publicidad, difundir, conservar, copiar, sustraer o utilizar en general ningún documento o información de cualquier tipo que pertenezca a la Universidad de León. ● Presentar un informe detallado trimestral de sus actividades ante su tutor académico con
  • INCOMPATIBILIDADES La beca es compatible con las ayudas al estudio del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes o Junta de Castilla y León, y ayudas por escasez de recursos de la Universidad de León. Con carácter general, las becas de formación práctica son incompatibles con cualquier otro tipo de beca de la misma naturaleza otorgada por la Universidad León, así como las concedidas por otras entidades públicas o privadas. Son incompatibles con la reali zación de otras prácticas académicas externas (curriculares o extracurriculares) en un mismo período de tiempo. No se podrá disfrutar de una beca de formación práctica si el estudiante, teniendo una relación laboral o administrativa con una entidad pública o privada, o trabajando por cuenta propia, tenga una dedicación que coincida con los horarios de desempeño de la beca, o la suma de las horas de dedicación de ambas actividades supere las 35 horas semanales. No podrá solicitar una beca de formación práctica el estudiante que, habiendo sido becario con anterioridad, haya sido revocada su beca por informe negativo de su tutor.
  • REVOCACIÓN Son causas de revocación. ● No cumplir con las obligaciones establecidas en las bases de esta convocatoria. ● Descubrirse que en su concesión se produjo ocultación o falseamiento de datos. ● La anulación de matrícula o traslado de expediente a otra universidad durante el periodo de disfrute de la beca. El becario que incurra en alguna causa de revocación de la beca de formación estará obligado a reintegrar a la Universidad de León las cantidades indebidamente percibidas sin perjuicio de las acciones legales que se pudieran iniciar.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La finalidad de esta beca de formación es complementar la formación práctica de los estudiantes de la Universidad de León, favoreciendo la adquisición de competencias que los preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capa cidad de emprendimiento. La presente convocatoria se ajustará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Universidad de León y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Las prácticas serán consideradas Prácticas Académicas Externas Extracurriculares. Estas prácticas no implicarán relación laboral alguna con la Universidad de León y, por tanto, en modo alguno podrán cubrirse necesidades estructurales o temporales de personal laboral mediante esta convocatoria. En relación con las obligaciones en materia de seguridad social, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre.