Personas físicasES212 - Gipuzkoa

Convocatoria de beca de creación cultural de Bergara ejercicio 2026

Constituye objeto de la presente convocatoria la re gulación del procedimiento de solicitud y concesión de la "BECA DE CREACIÓN DE ARRIZURIAGA" p ara impulsar creaciones culturales de personas que sean nuevas creadoras. Se entiende por creación cultural cualquiera de las siguientes obras derivadas de la imaginación de la persona artista: obras de música, pintura o escultura, obras literarias, de teatro, cine, cómic, composiciones sonoras, obras a udiovisuales, composiciones digitales, coreografías de danza, etc. La beca tiene como finalidad ofrecer a las personas nuevas creadoras una ayuda económica y un emplazamiento, el centro cultural Arrizuriaga, para la creación de su propia obra.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES212 - Gipuzkoa. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BERGARA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 5.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Quienes deseen optar a esta ayuda deberán cumplimen tar y presentar el modelo oficial de solicitud conforme al modelo establecido en la conv ocatoria. Las solicitudes pueden
  • presentarse de dos modos: − Se presentarán en el Registro General del Ayuntami ento de Bergara (en el servicio de atención del B@Z) o mediante cualquiera de los medi os contemplados en el artículo
  • 4 de la Ley 39/2015. − Electrónicamente: Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica del ayuntamiento, mediante su página web. La Comisión de Valoración podrá acordar la financiación de más de un proyecto, en caso de que el proyecto con mayor puntuación sea inferior al presupuesto de la ayuda (5.000 euros).
  • Junto con el impreso de solicitud, deberán presentarse los documentos siguientes:
  • Copia del documento de identidad de la persona s olicitante y/o su representante. En el caso de las agrupaciones, relación nominal de sus m iembros y el rol o papel que desempeñará cada uno de ellos en el grupo. A efecto s de la subvención, se deberá designar a una persona como representante.
  • En el caso de los grupos, todos sus miembros deb erán firmar el documento de representación (impreso F0136A). Este documento deb erá estar firmado por todos los miembros del grupo y por su representante.
  • Documento acreditativo de la titularidad de la c uenta corriente.
  • Memoria técnica del proyecto para el que se solicita la ayuda econ ómica. La memoria técnica contendrá la información relativa al proyec to; entre otras cuestiones: exposición del proyecto, proceso de creación, cronograma, prop uesta de presentación/representación, recursos materiales y personales necesarios... o aquellos aspectos que se considere que deban ser valorados c onforme a los criterios de valoración. La memoria técnica ocupará como máximo 15 páginas, sin contar portada e índice.
  • En relación con los gastos de recursos humanos, cronograma detallado de dedicaciones.
  • Curriculum Vitae, acotado a la experiencia profe sional en el ámbito cultural. En el caso de las agrupaciones, se deberá presentar un documento explicativo de la trayectoria del grupo y de cada uno de sus componentes (creación de la agrupación, actuaciones u otras producciones culturales realizadas...).
  • Declaración responsable sobre el uso de la intel igencia artificial. Las plantillas de todos los documentos solicitados están disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento de Bergara. La presentación de las solicitudes implica la aceptación total de las condiciones establecidas en la presente convocatoria.
  • Para la justificación de la ayuda concedida, las en tidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones señaladas con carácter general en el a rtículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Bergara. Además, l a persona o agrupación beneficiaria
  • Realizar la obra creativa que fundamenta la conc esión de la subvención y cumplir los requisitos.
  • Obtener todas las autorizaciones necesarias para llevar a cabo la obra de creación subvencionada y cumplir con lo establecido en las mismas.
  • Finalizar el proyecto en el plazo de 8 meses, a partir de la notificación de la beca a la persona beneficiaria. La obra subvencionada la debe rá presentar en público la persona beneficiaria en euskera. La fecha de dicha presenta ción se acordará entre la Comisión de Valoración y la persona beneficiaria.
  • Gestionar adecuadamente los residuos generados e n el desarrollo de la obra creativa subvencionada, clasificándolos selectivamente y dep ositándolos en las zonas y/o contenedores previstos al efecto.
  • No obstaculizar las actuaciones de comprobación a realizar por la entidad que concede la ayuda.
  • La beneficiaria deberá reintegrar la subvención percibida en caso de incumplir las condiciones establecidas para su concesión o cuando la cuantía percibida sea superior al coste de la actividad realizada.
  • Facilitar la información que le sea requerida po r el departamento que tramita el expediente, por la interventora municipal, por el T ribunal Vasco de Cuentas Públicas o por otro órgano competente.
  • Responder a los mecanismos de control establecid os por el Ayuntamiento para el seguimiento del proyecto (entregas puntuales, reuniones...).

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Artículo 14. - Gastos subvencionables. · eligible
    A los efectos de la presente convocatoria, se consi derarán gastos subvencionables aquellos que afecten de forma inequívoca a la naturaleza de la obra creativa subvencionable y que se realicen en el plazo establecido en las bases reguladoras específicas: coste material (compra de materiales, equipos u otros bienes; contratación de servicios; gastos de alquiler y otros...) y coste en recursos humanos.
  • Artículo 14. - Gastos subvencionables. · eligible
    El coste de adquisición de los elementos subvencionados nunca podrá ser superior a su valor de mercado.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Constituye objeto de la presente convocatoria la re gulación del procedimiento de solicitud y concesión de la "BECA DE CREACIÓN DE ARRIZURIAGA" p ara impulsar creaciones culturales de personas que sean nuevas creadoras. Se entiende por creación cultural cualquiera de las siguientes obras derivadas de la imaginación de la persona artista: obras de música, pintura o escultura, obras literarias, de teatro, cine, cómic, composiciones sonoras, obras a udiovisuales, composiciones digitales, coreografías de danza, etc. La beca tiene como finalidad ofrecer a las personas nuevas creadoras una ayuda económica y un emplazamiento, el centro cultural Arrizuriaga, para la creación de su propia obra.