Personas físicasES113 - Ourense

Convocatoria y Bases reguladoras de las ayudas por nacimiento y/o adopción de hijos e hijas durante el año 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES113 - Ourense. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VILARIÑO DE CONSO.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.600,00 €. Plazo: Fin: 04/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Os proxenitores, xa sexan casados, parellas de feito, conviventes ou familias monoparentais que tivesen descendencia entre o 1 de decembro de 2025 e o 30 de novembro de 2026, sempre que cumpran os demais requisitos esixidos. Nos supostos de nulidade, separación ou divorcio dos proxenitores, o beneficiario da prestación será aquel que teña a custodia dos fillos, de acordo co establecido no convenio regulador ou sentenza de separación ou divorcio.
  • Os adoptantes ou acolledores de nenos de ata 5 anos que obtivesen a resolución xudicial entre o 1 de decembro de 2025 e o 30 de novembro de 2026, sempre que cumpran os demais requisitos. En ningún caso poderán ser beneficiarios os proxenitores privados da patria potestade dos seus fillos, ou se a tutela ou garda fose asumida por unha institución pública. Obxecto das subvencións: A finalidade destas axudas é proporcionar apoio económico a aquelas familias nas que teña lugar un nacemento, adopción ou acollemento dun novo membro na unidade familiar, para contribuír a sufragar os gastos excepcionais que a nova situación implica. Tamén se persigue a promoción e dinamización do comercio local, e contribuír ao asentamento da poboación no noso Concello. Bases Reguladoras: Apróbanse as bases reguladoras da convocatoria pública no presente, e cuxo texto íntegro se conten en anexo ao mesmo. Concello de Vilariño de Conso Rua Do Museo, 3, Vilariño de Conso. 32557 (Ourense). Tfno. 988 340 302. Fax: 988340269 Corrección: https://vilarinodeconso.sedelectronica.gal/ Documento asinado electronicamente desde a plataforma xestiona esPublico | Páxina 1 a 2
  • Fotocopia compulsada del DNI de todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad.
  • Fotocopia compulsada del libro de familia o del certificado de nacimiento.
  • En los supuestos de adopción, acogimiento o tutela legal del menor, documentación compulsada acreditativa.
  • Certificado de empadronamiento en el que figure la primera alta de los recién nacidos o el alta de los adoptados, así como acreditación mediante certificado de convivencia en el que conste que las personas beneficiarias residen en el mismo domicilio, en el Ayuntamiento de Vilariño de Conso.
  • Certificación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Concello de Vilariño de Conso Rua Do Museo, 3, Vilariño de Conso. 32557 (Ourense). Tfno. 988 340 302. Fax: 988340269 Corrección: https://vilarinodeconso.sedelectronica.gal/ Documento asinado electronicamente desde a plataforma xestiona esPublico | Páxina 3 a 12
  • Certificado de la cuenta bancaria en la que se solicita el ingreso de la ayuda.
  • Copia de la sentencia de nulidad, separación o divorcio y del convenio regulador, en su caso.
  • Declaración responsable de no haber solicitado ni obtenido ninguna otra subvención, ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad, procedente de cualquier otra administración o entidad pública o privada, que resulte incompatible con la presente ayuda.
  • Declaración responsable de compromiso de cumplimiento de las obligaciones que para las personas perceptoras de ayudas y subvenciones establece el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Declaración responsable de cumplimiento de todos los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • NOVENA. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Una vez revisadas las solicitudes, si no estuvieran debidamente cumplimentadas o no se hubiera presentado la documentación requerida por el Ayuntamiento, se requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de 5 días naturales, subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se la tendrá por desistida de su petición, previa resolución que deberá dictarse en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El órgano instructor será el encargado de examinar la documentación presentada y, en su caso, requerir la subsanación correspondiente.
  • Concello de Vilariño de Conso con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La resolución de la Alcaldía pone fin a la vía administrativa. Las personas beneficiarias deberán comunicar expresamente al Ayuntamiento, en el plazo de dos días desde la recepción de la notificación de la resolución, la aceptación o no de la ayuda concedida. En caso de no efectuar dicha comunicación, se entenderá aceptada la ayuda concedida.
  • subvenciones se obligan específicamente a:  Comunicar cualquier variación que se produzca en la situación familiar y que pueda dar lugar a la pérdida de la ayuda.  Someterse a las actuaciones de comprobación o de control financiero que efectúe el órgano concedente, para lo cual deberán aportar cuanta información les sea requerida.  Mantener el empadronamiento ininterrumpido de la persona beneficiaria y del recién nacido o adoptado durante el período subvencionado.
  • El importe destinado a las ayudas económicas por nacimiento, adopción y acogimiento para todos/as los/as vecinos/as del Ayuntamiento de Vilariño de Conso que hayan sido padres o madres desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el Concello de Vilariño de Conso Rua Do Museo, 3, Vilariño de Conso. 32557 (Ourense). Tfno. 988 340 302. Fax: 988340269 Corrección: https://vilarinodeconso.sedelectronica.gal/ Documento asinado electronicamente desde a plataforma xestiona esPublico | Páxina 5 a 12
  • Concello de Vilariño de Conso No están previstas comunicaciones de datos a terceros, salvo obligación legal, ni transferencias a terceros países u organizaciones internacionales. Las personas cuyos datos personales sean tratados por el Ayuntamiento de Vilariño de Conso podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación del tratamiento mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Vilariño de Conso, Rúa do Museo n.º 3, 32557 Vilariño de Conso (Ourense), indicando en el asunto: «Ref. Protección de Datos», bien
  • presencialmente o a través del correo electrónico: concello.vilarinodeconso@eidolocal.es. Si sus derechos no fueran debidamente atendidos, podrán presentar una
  • reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Sede electrónica: https://sede.agpd.gob.es. Para todas las cuestiones relativas al tratamiento de sus datos personales, las personas interesadas podrán ponerse en contacto con el Ayuntamiento de
  • Base jurídica RGPD: artículo 6.1.c). Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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