Convocatoria y bases de matrícula para estudiantado del grado en Maestro o Maestra que supere las pruebas de acreditaci · 2026

Título oficial: Convocatoria y bases de matrícula para estudiantado del grado en Maestro o Maestra que supere las pruebas de acreditación de CIEACOVA de nivel C1 de catalán, mayo-junio de 2026

El objeto de estas bases es regular la concesión de ayudas de matrícula para la prueba de acreditación de catalán al estudiantado del grado en Maestro o Maestra con requisito lingüístico en su plan de estudios (estudiantado matriculado por primera vez en los grados en Maestro o Maestra desde el curso 2015/16 en adelante) en el marco general de la normativa vigente…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA. La gestiona UNIVERSIDAD JAUME I DE CASTELLÓN.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 550,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Procedimiento de selección y concesión
  • Instrucción y resolución del procedimiento
  • Incompatibilidad con otras ayudas
  • Reintegro y graduación de incumplimientos
  • Responsabilidad y régimen sancionador
  • Información de interés y comunicaciones
  • Tratamiento de los datos personales
  • Régimen jurídico aplicable
  • PREÁMBULO El artículo 32.6 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece que: «Para garantizar el acceso y la permanencia en los estudios universitarios, las universidades públicas podrán establecer, con cargo a sus propios presupuestos, modalidades de exención parcial o total del pago de los precios públicos y derechos por prestación de servicios académicos que, en cualquier caso, tomarán en consideración la diversidad del núcleo familiar atendiendo a criterios socioeconómicos». En términos similares, el artículo 119 de los Estatutos de la Universitat Jaume I ( EUJI) señala que: «1. La Universitat promoverá ante los poderes públicos o instituciones privadas la adopción de una política asistencial referida a los costes directos e indirectos de la enseñanza que tienda a evitar que ninguna persona quede excluida de la Universitat Jaume I por razones económicas. Para cumplir este cometido podrá instrumentar, a través del Consejo Social, una política propia de becas, ayudas y créditos complementaria a las convocatorias europeas, estatales y autonómicas fundada en la colaboración de la sociedad.
  • 3 El artículo 9.2 de la LGS dispone que, con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de la concesión en los términos que esta ley establece, y que se regulan en el artículo 17, a unque con carácter mayoritariamente no básico. Por esta razón, se debe acudir a la LHIS como norma autonómica reguladora de las subvenciones a falta de normativa estatal básica. El artículo 165 de la LHIS regula el procedimiento de aprobación y el contenido mínimo de las bases. En atención a lo expuesto, se elaboran las presentes bases reguladoras de la concesión de becas, ayudas y subvenciones con el objetivo de ofrecer la posibilidad de realizar exámenes para acreditar el nivel lingüístico adecuado considerando que, además, es exigencia, de acuerdo con la normativa, acreditar un nivel C1 de catalán para obtener el título del grado en Maestro o Maestra.
  • 1. Las solicitudes se deberán presentar en el Registro Electrónico de la Universitat, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 del Reglamento de Administración Electrónica de la Universitat Jaume I. En todo caso, las solicitudes podrán presentarse en los registros y oficinas referidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • 2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOGV. La solicitud se deberá dirigir al Servicio de Lenguas y Terminología, y en la misma se indicará «Convocatoria de ayudas de matrícula para estudiantado del grado en Maestro o Maestra que supere las pruebas de acreditación de CIEACOVA de nivel C1 de catalán». Còpia autèntica del document signat per Pilar Ezpeleta Piorno el 23/10/2026 a les 14:13h com a vicerector/a i segellat electrònicament per la Universitat Jaume I. Es pot verificar la seua autenticitat accedint a l'adreça http://www.uji.es/documents i introduint-hi el codi segur de verificació 08E63C86755C64CE9578. Copia auténtica del documento firmado por Pilar Ezpeleta Piorno el 23/10/2026 a las 14:13h como vicerrector/a y sellado electrónicamente por la Universitat Jaume I. Se puede verificar su autenticidad accediendo a la dirección http://www.uji.es/documents e introduciendo el codigo seguro de verificación 08E63C86755C64CE9578.
  • 3. Los requisitos acreditados se deberán cumplir en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • 4. Aspirantes con condición de víctimas de violencia de género. Las mujeres víctimas de violencia de género que participan en esta convocatoria pueden solicitar la anonimización de sus datos identificativos. A tal efecto, las mujeres interesadas tienen que formular la petición correspondiente en la solicitud de participación en el presente proceso selectivo utilizando el modelo de Solicitud de anonimización de los datos de la mujer víctima de violencia de género.
  • Procedimiento de selección y concesión El procedimiento de selección de selección se basará en el prorrateo de la subvención entre aquellos candidatos que cumplan con los requisitos de la convocatoria, con el límite establecido para cada ayuda individual previsto en las presentes bases.
  • 1. La instrucción y resolución del procedimiento corresponde a la vicerrectora de Titulacions, Internacionalització i Multilingüisme , por delegación de l rector mediante Resolución de 25 de junio de 2026 (DOGV núm. 10396 de 02.07.2026).
  • 2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el TAO-UJI una resolución provisional de personas admitidas y excluidas. En el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución provisional, las personas interesadas podrán subsanar errores u omisiones y presentar alegaciones. Finalizado este plazo sin subsanar, se entenderá que desisten en su solicitud.
  • 3. Finalizado el plazo de alegaciones y subsanaciones, y una vez resueltas, se dictará resolución definitiva de personas admitidas y excluid as. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso -administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castelló en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el TAO-UJI. No obstante, contra esta resolución las personas interesadas podrán interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación. En este caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo mencionado hasta que no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • 4. Una comisión de valoración, de acuerdo con los requisitos establecidos en la base segunda , realizará la valoración y examen de las solicitudes. Las personas que intervenen en los órganos previstos en esta base tienen la obligatoriedad de subscribir una declaración de ausencia de conflicto de intereses, cuyo modelo está disponible en el enlace siguiente.
  • Irma Mulet Vilar, jefa de Sección de Formación del Servicio de Lenguas i Terminología, como presidenta.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de estas bases es regular la concesión de ayudas de matrícula para la prueba de acreditación de catalán al estudiantado del grado en Maestro o Maestra con requisito lingüístico en su plan de estudios (estudiantado matriculado por primera vez en los grados en Maestro o Maestra desde el curso 2015/16 en adelante) en el marco general de la normativa vigente. Esta convocatoria está vinculada con el objetivo 8.10 'Favorecer la internacionalización', concretamente con la acción 8.10.b 'Promoción y mejora de las competencias del estudiantado universitario y mejora de la empleabilidad de los titulados en el entorno internacional' del Plan Estratégico de Subvenciones 2023/2025 de la Universitat Jaume I.