CONVOCATORIA Y BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A CLUBES GESTORES DE ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES DEL AYUNTAM · 2026/2027

Título oficial: CONVOCATORIA Y BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A CLUBES GESTORES DE ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE BÉJAR EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA PÚBLICA, EN EL PERIODO OCTUBRE 2026 A JUNIO 2027

El Excmo. Ayuntamiento de B éjar está interesado en la creación del programa de Escuelas Deportivas Municipales. La presente convocatoria tiene por objeto establecer las bases de aplicación para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Béjar a los clubes deportivos que estén interesados en gestionar una Escuela Deportiva Municipal , en el periodo octubre 2026 a junio 2027.

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES415 - Salamanca. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BÉJAR.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 20.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1 Tendrán la condición de benefic iario, aquel club deportivo que esté debidamente registrado en el Registro de Entidades Deportivas de la Junta de Castilla y León según lo recogido en la Ley 3/2019, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León, tengan su domicilio social fijado en el Ayuntamiento de Béjar y haya sido reconocido en el Pleno del Consejo Local de Deportes, por acuerdo de éste, antes de la fecha de solicitud de la subvención.
  • 2 El club solicitante deberá estar al corriente en el cumplimiento d e las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social recogidas en las disposiciones vigentes y lo recogido en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvencio nes y el Reglamento que la desarrolla, apr obado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio , así como las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Béjar. Plan Estratégico de Subvenciones y ordenanza general reguladora de subvenciones. Así mismo, deberán estar al corriente de pago de to do tipo de impuestos o tasas aprobadas por el Ayuntamiento de Béjar.
  • 3 Será de aplicación en este sentido , lo recogido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
  • 4 Quedará excluido de esta subvención aquel club en el que concurran alguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2º y 3º del Artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • 5 El Ayuntamiento de Béj ar, a través de otras entidades, podrá proponer Escuelas Deportivas que no se encuentren ofertadas por los clubes del Consejo Local de Deportes de Béjar.
  • 1 La solicitud se realizará mediante la presentación del documento ANEXO I recogido en esta misma convocatoria.
  • 2 Junto al documento de solicitud, documento ANEXO I , se presentará el documento
  • 1 La solicitud de la subvención, conlleva para el solicitante la aceptación de lo recogido en el Reglamento de Escuelas Deportivas Munici pales del Ayuntamiento de Béjar aprobado en el Pleno Ordinario de fecha 26 de septiembre de 2017 y publicado en el BOP nº 204, de fecha m artes, 24 de octubre de 2017, y de sus modificaciones posteriores.
  • 2 El club que gestione una Escuela Deportiva Municipal se obliga a la firma de cuantos documentos sean necesarios, con el Ayuntamiento de Béjar, en l os que se recojan los detalles concretos sobre la gestión de la Escuela Deportiva Municipal en cuestión.
  • 3 Serán nombrados por el Club, el/la Director/a Técnico/a de la Escuela, los /las técnicos, monitores/as y educadores/as, que colaboren en el desarrollo de enseñanzas de la Escuela, siendo responsabilidad del Club, el cumplimiento de las normativas de aplicación en todos los aspectos, así co mo el abono de las cantidades que perciban, por el desempeño de sus funciones.
  • 4 El Excmo. Ayuntamiento de Béjar queda excluido de toda relación laboral o mercantil con cualquiera de las personas, tanto físicas como jurídicas, que a través del Club/Entidad/Federación, colaboren, participen, ejecuten trabajos o presten servicios en orden a la presente Convocatoria.
  • 5 Los/as técnicos /as designados por el Club, así como, los/as monitores/as que colaboren en las actividades de la Escuela, deberán tener una cualificación deportiva
  • 6 El/la Director/a Técnico/a de la Escuela, será el/la responsable de realizar el proyecto de actividades a desarrollar durante el periodo convocado para el funcionamiento de cada Escuela, quedando comprometido una vez le sea adjudicada la gestión de la Escuela por el Ayuntamiento, el desarrollo de los contenidos reflejados en el proyecto presentado, en su totalidad.
  • 7 El club solicitante deberá c olaborar con el Ayuntamiento en la organización y realización de los juegos escolares, eventos deportivos, torneos y cualesquiera otras actividades que contribuyan a la promoción del deporte en cuestión. Dicha colaboración se traducirá en coordinación téc nica, apoyo de personal del club, participación, en la medida de lo posible, de los alumnos de la Escuela en los Juegos Escolares, convocados por la Comisión Provincial de Juegos Escolares , por Delegación de la Junta de Castilla y León, difusión de la acti vidad, ayuda en todo cuanto requiera la organización de los eventos o actividades anteriormente descritas, o las que se acuerden entre las partes con el fin de conseguir la mayor promoción del deporte en cuestión.
  • 8 El club deberá aportar el material fungible necesario para el desarrollo de las enseñanzas de la Escuela, excepto el equipamiento propio de la instalación donde se desarrolle la actividad.
  • 9 El/la directora/a t écnico/a responsable de la Escuela será el/la interlocutor/a válido/a con los servicios técnico- deportivos municipales.
  • 10 El/la directora/a t écnico/a responsable de la Escuela, realizará los informes recogidos en la convocatoria o en el caso de incidencias ajenas a la Escuela, para el seguimiento de la actividad y cualesquiera ot ras incidencias que se produzcan en el desarrollo de actividades de la Escuela.
  • 11 La Escuela deberá contar con los/as técnicos deportivos o monitores/as necesarios para el correcto funcionamiento de la Escuela, en función del número de alumnos/as.
  • 12 El Club gestor una Escuela Deportiva Municipal, deberá mantener las instalaciones que se utilicen en perfectas condiciones e informar a la Concejalía de Deportes de cuantas incidencias se produzcan en las mismas. Desde la c oncejalía, cuando así lo considere, se realizará un seguimiento del uso que se hace de aquéllas. Así mismo , se atenderá a lo recogido en la Ordenanza Municipal aprobada al efecto.
  • 13 El Club gestor de una Escuela, para realizar cualquier tipo de promoción de la misma, deberá consultarla previamente con la c oncejalía de Deportes por escrito.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Artículo 3: Conceptos subvencionables. · eligible
    1 Será subvencionable, la gestión de una Escuela Deportiva Municipal por parte de un club con domicilio social establecido en Béjar , y pertenecientes al Consejo Local de Deportes de Béjar por acuerdo adoptado en Pleno de éste .
  • Artículo 3: Conceptos subvencionables. · eligible
    2 Serán conceptos subvencionables; El gasto ocasionado para compensar la prestación de los servicios de directores/as técnicos/as, coordinadores/as, monitores /as o educadores /as que presten sus servicios técnicos en el desarrollo y gestión de la Escuela.
  • Artículo 3: Conceptos subvencionables. · ineligible
    3 No serán subvencionables:
  • Artículo 3: Conceptos subvencionables. · eligible
    Gastos derivados de la utilización de Instalaciones Deportivas Municipales.
  • Artículo 3: Conceptos subvencionables. · eligible
    Gastos de material no fungible.
  • Artículo 3: Conceptos subvencionables. · eligible
    Gastos de pólizas de seguros de ac cidentes deportivos y de responsabilidad civil.
  • Artículo 3: Conceptos subvencionables. · eligible
    Gastos de licencias federativas.
  • Artículo 3: Conceptos subvencionables. · eligible
    El gasto en equipaciones deportivas.
  • Artículo 3: Conceptos subvencionables. · eligible
    Todas aquellas no recogidas en la presente convocatoria.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El Excmo. Ayuntamiento de B éjar está interesado en la creación del programa de Escuelas Deportivas Municipales. La presente convocatoria tiene por objeto establecer las bases de aplicación para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Béjar a los clubes deportivos que estén interesados en gestionar una Escuela Deportiva Municipal , en el periodo octubre 2026 a junio 2027.