Convocatoria de ayudas para el programa "La Diputación en tu colegio 2027"

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES422 - Ciudad Real. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CIUDAD REAL.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.693.185,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Solicitud-memoria descriptiva del programa a realizar, pudiendo utilizarse para ello el anexo II.A) o anexo II.B) de esta convocatoria, según proceda.
  • SUBVENCIONES INFERIORES A 40.000 EUROS La justificación adoptará la forma de cuenta justificativa simplificada prevista en el artículo 75 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, y contendrá la siguiente información y
  • Declaración formal del representante legal de la entidad beneficiaria en la que se haga constar que el importe de la subvención obtenida se ha destinado al objeto y fines que la motivaron, ajustándose a la normativa de aplicación (anexo III de la convocatoria).
  • Relación clasificada firmada por el Secretario-Interventor o Interventor y el Tesorero de los gastos de la actividad subvencionada, con identificación del acreedor y del documento, concepto, importe, fecha de emisión y fecha de pago (anexo IV.A) de la convocatoria). Con la finalidad de posibilitar las labores de comprobación de la justificación económica por el órgano gestor, deberá remitirse asimismo la relación clasificada obligatoriamente en formato EXCEL. Deberán justificarse todos los conceptos y/o partidas de gastos recogidos en la memoria económica aprobada pudiendo, no obstante, compensarse gastos entre las distintas partidas inicialmente previstas. En la declaración se incluirá el primer trabajador y se cumplimentarán, a continuación, los importes de cada uno de los meses en los que ha estado contratado. Se procederá del mismo modo con el segundo y siguientes. El incumplimiento de este requisito conllevará la devolución del expediente a la entidad local para su subsanación.
  • Certificación expedida por el funcionario/a competente de la entidad local relativa a la inexistencia de otras subvenciones o ayudas obtenidas para la misma finalidad, o, en su caso, mención expresa de que el gasto total es igual o superior al importe de las distintas subvenciones obtenidas con Documento firmado electrónicamente en el marco de la normativa vigente. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa expresada. Sede Electrónica https://sede.dipucr.es/ página 6 Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación: kU0b8wTck5n1DAjvs+WR Firmado por Sr. Secretario General LUIS JESÚS DE JUAN CASERO el 04/11/2026 09:19:31 Firmado por Sr. Presidente MIGUEL ÁNGEL VALVERDE MENCHERO el 04/11/2026 14:24:13 El documento consta de 29 página/s. Página 6 de 29
  • Certificación acreditativa de que los documentos que integran la cuenta justificativa se custodian en la entidad beneficiaria, y se encuentran a disposición de la Diputación Provincial a los efectos del control financiero de las subvenciones (anexo VI de la convocatoria).
  • En su caso, carta de pago del reintegro, si se hubiera producido. La entidad solicitante se responsabiliza de la veracidad de los documentos que presenten a todos los efectos legales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.7) de la LPAC. El órgano gestor comprobará, a través de las técnicas de muestreo, en un porcentaje no inferior al 10%, los justificantes que estime oportunos y que permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención, a cuyo fin podrá requerir al beneficiario la remisión de los justificantes de gasto y pago seleccionados.
  • SUBVENCIONES SUPERIORES A 40.000 EUROS
  • Declaración formal del representante legal de la entidad beneficiaria en la que se haga constar que el importe de la subvención obtenida se ha destinado al objeto y fines que la motivaron, y que se ha realizado la actividad y/o servicio solicitado (anexo III de la convocatoria).
  • Certificación expedida por el funcionario/a competente de la entidad local relativa a existencia/inexistencia de otras subvenciones o ayudas obtenidas para la misma finalidad, o, en su caso, mención expresa de que el gasto total es igual o superior al importe de las distintas subvenciones obtenidas con el mismo objeto (anexo V de la convocatoria).
  • En su caso, carta de pago del reintegro, si se hubiera producido. La entidad solicitante se responsabiliza de la veracidad de los documentos que presenten a todos los efectos legales de conformidad con lo dispueso en el artículo 28.7) de la LPAC El plazo de presentación de la justificación finaliza el día 30 de septiembre de 2027. Con carácter excepcional, previa solicitud motivada de la entidad beneficiaria que se habrá de presentar por vía telemática siguiendo el procedimiento previsto en el manual denominado Subsanación o Modificación de una Solicitud – Ayuntamientos disponible en la sede electrónica provincial, antes de la finalización del plazo indicado, se podrá autorizar la ampliación de éste, sin que tal ampliación pueda exceder de un mes.
  • SUBVENCIÓN. El incumplimiento de las obligaciones impuestas como consecuencia de la concesión de las ayudas reguladas en esta convocatoria o de las obligaciones establecidas en el artículo 3 del Reglamento regulador del Plan de Asistencia Económica y Cooperación Municipal, implicará la suspensión de pagos de cualesquiera otras subvenciones provinciales y la incoación de procedimiento de reintegro en los expedientes con pago anticipado; en otro caso, supondrá la pérdida del importe de la subvención que no se hubiera justificado. Ultimado en vía administrativa el procedimiento de reintegro, la Diputación Provincial procederá a retener el importe resultante de este procedimiento con cargo a los anticipos de recaudación que gestiona a los Ayuntamientos de la provincia. La solicitud de cualquier ayuda económica con cargo a los fondos de esta convocatoria implica la conformidad tácita con este procedimiento. Los Ayuntamientos de la provincia que no mantengan relación recaudatoria con la Diputación Provincial, no podrán percibir ningún tipo de subvención o ayuda económica hasta tanto no reintegren la subvención determinada en el expediente.
  • JUNTA DE GOBIERNO Los servicios técnicos de la Diputación Provincial podrán realizar labores de asesoramiento, comprobación e inspección de las actividades y/o servicios en cualquier momento, debiendo la entidad beneficiaria aportar las aclaraciones y documentación que se consideren oportunas, y conservar a disposición de la Diputación durante un periodo de cuatro años las facturas y justificantes de gastos y los documentos acreditativos de los pagos realizados, conforme a lo previsto en los apartados 3 a 7 del
  • - Presupuesto de la actuación para personal plantilla del Ayuntamiento : Colegio Público N.º Puestos Categoría Profesional % de la jornada dedicado al programa Total Colegio
  • - Presupuesto de la actuación para otro personal: Colegio Público N.º Puestos Categoría Profesional TotalColegio
  • - Breve descripción de los trabajos, actividades y/o servicio a realizar:
  • - Presupuesto de la actuación para gestión indirecta: Colegio Público Coste total Total Programa………………………………………………………………………………… Documento firmado electrónicamente en el marco de la normativa vigente. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa expresada. Sede Electrónica https://sede.dipucr.es/ página 21 Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación: kU0b8wTck5n1DAjvs+WR Firmado por Sr. Secretario General LUIS JESÚS DE JUAN CASERO el 04/11/2026 09:19:31 Firmado por Sr. Presidente MIGUEL ÁNGEL VALVERDE MENCHERO el 04/11/2026 14:24:13 El documento consta de 29 página/s. Página 21 de 29

Gastos y actuaciones subvencionables

  • TERCERA.- GESTIÓN DEL PROGRAMA, GASTOS SUBVENCIONABLES Y PLAZO DE · eligible
    EJECUCIÓN. El programa tendrá una duración de 6 meses, desde el 1 de enero al 30 de junio de 2027, y su gestión podrá realizarse de manera directa por los Ayuntamientos/Eatims o mediante gestión indirecta. En los casos de gestión directa, las entidades beneficiarias podrán destinar al personal de su plantilla para el desarrollo del mismo. En este caso, en la solicitud que se presente para participar en la convocatoria deberá especificarse y concretarse los siguientes datos: Número de puestos, categoría profesional, porcentaje de la jornada dedicada al programa, funciones a desarrollar y colegio al que se adscribe. Documento firmado electrónicamente en el marco de la normativa vigente. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa expresada. Sede Electrónica https://sede.dipucr.es/ página 2 Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación: kU0b8wTck5n1DAjvs+WR Firmado por Sr. Secretario General LUIS JESÚS DE JUAN CASERO el 04/11/2026 09:19:31 Firmado por Sr. Presidente MIGUEL ÁNGEL VALVERDE MENCHERO el 04/11/2026 14:24:13 El documento consta de 29 página/s. Página 2 de 29
  • TERCERA.- GESTIÓN DEL PROGRAMA, GASTOS SUBVENCIONABLES Y PLAZO DE · eligible
    JUNTA DE GOBIERNO Al no tratarse de un programa de políticas activas de empleo, no es de aplicación la disposición adicional novena de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo. Los trabajadores deberán ir equipados con un chaleco de trabajo proporcionado por la Diputación Provincial serigrafiado con la inscripción “Diputación Provincial de Ciudad Real, en la parte delantera, y La Diputación en tu colegio, en la espalda”. Tendrán la consideración de gasto subvencionable los costes laborales del personal empleado, los materiales necesarios para las labores de conservación, mantenimiento y vigilancia, y los productos de limpieza, en los supuestos de gestión directa; y la facturación por la contratación del servicio, en los casos de gestión indirecta. Los materiales y productos de limpieza del programa no podrán tener la consideración de gastos de inversión.
  • TERCERA.- GESTIÓN DEL PROGRAMA, GASTOS SUBVENCIONABLES Y PLAZO DE · eligible
    QUINTA.- COMPATIBILIDAD Y PUBLICIDAD. Esta subvención es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, sin bien en ningún caso el importe de los fondos recibidos puede superar el coste de la actividad subvencionada. La cuantía de la ayuda podrá ser objeto de modificación por esta causa. Los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación del programa por parte de la Diputación Provincial, circunstancia que deberá acreditarse en la justificación de la ayuda económica. A tal fin, deberán colocar un cartel en el lugar donde se desarrolle el programa o la actividad, como mínimo en tamaño A3, con las características del que se inserta como

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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