Convocatoria de las ayudas del Programa Bono Comercio "Comprar en Alcàsser 2026"

El Ayuntamiento de Alcàsser con la intención de fomentar, visibilizar y dinamizar la acvidad comercial e impulsar su consumo en el municipio, pretende promo ver una campaña de dinamización y promoción del tejido comercial e incenvos al consumo…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALCÀSSER.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 50.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Las endades colaboradoras de estas ayudas deberán cumplir c on los siguientes
  • Disponer de la licencia de apertura o del tulo habilitante a su nombre para el funcionamiento de la acvidad ubicada en Alcàsser, sin ser obligat orio que la sede social esté en este municipio.
  • Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y/o tener la consideración de pyme o micropyme. A estos efectos se consid era como micropyme la de4nida conforme el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2 014 de la Comisión Europea, de 17 de junio de 2014, es decir, aquella que ocupa un máximo de 10 trabajadores, y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance g eneral anual no supera los 2 millones de euros.
  • Hallarse al corriente de pagos frente a la Agencia Tribut aria, la Seguridad Social y la Hacienda Local.
  • Ser persona Isica y/o sociedad mercanl (pyme o micropyme)
  • que esté en posesión del documento de cali4cación artesana (DCA)
  • que ejerza la acvidad comercial en alguna de las acvidades según: CNAE. Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726,473,4773,478 y 479.
  • Siendo micropyme ejerza acvidad en el grupo 478 del CNAE o grupo 663 del IAE
  • Obtener previamente la condición de “empresa adherida” de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
  • Estos requisitos deben cumplirse desde la fecha de solicitud de adhesión hasta la 4nalización de la presente campaña. (hasta el 27 de sepembre).
  • Número de IBAN, adjuntando jus4cante de endad 4nanciera que acre dite IBAN, la tularidad del solicitante y NIF/CIF (modelo normalizado).
  • En el caso de que el establecimiento colaborador tuviese conce dido un aplazamiento /fraccionamiento de deudas con la Tesorería General de la Seguridad Social, o con cualquiera de las Administraciones Tributarias o con la Tesorería Municipal, deberá anexar a la solicitud, la resolución de concesión del mismo junto al úlmo cer4cado de carecer de deudas posteriores a la concesión del aplazamiento.
  • Declaración responsable, incluidas en el impreso no rmalizado de solicitud, que implica el
  • Que conoce y acepta todas las bases de la convocatoria.
  • Que cumple los requisitos establecidos en la Ar culo 5.
  • Que ejerce la acvidad económica en el término municipal d e Alcàsser en establecimiento permanente con licencia de acvidad o ambiental, sin ser oblig atorio que la sede social esté en este municipio.
  • Que asume el compromiso de colaborar con la campaña de bonos de comercio “Comprar en Alcàsser”, descontado el importe del bono al consumidor.
  • Que acepta ser incluido como establecimiento colaborador del pr ograma de bonos en los soportes publicitarios del programa: web, redes sociales, etc.
  • Que se halla al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, con la Hacienda Municipal y con la Seguridad Social.
  • Que autoriza al Ayuntamiento de Alcàsser a recabar a través de los sistemas habilitados al efecto, la información del cumplimiento de las obligacio nes tributarias con la Agencia Tributaria, la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Alcàsser y frente a la Seguridad Social, salvo que conste oposición expresa del solicitante, en cuyo caso deberá aportar la correspondiente documentación acreditava.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El Ayuntamiento de Alcàsser con la intención de fomentar, visibilizar y dinamizar la acvidad comercial e impulsar su consumo en el municipio, pretende promo ver una campaña de dinamización y promoción del tejido comercial e incenvos al consumo. El ar culo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y en el mismo sendo el mismo ar culo 25 de la Ley 27/2013 de 27 de diciembre de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local establece que el Municipio, para la gesón de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, pue de promover toda clase de acvidades y prestar cuántos servicios públicos contribuyan a sasfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. El Ayuntamiento de Alcàsser, acomete con esta iniciava su la bor de promover la dinamización comercial de las acvidades comerciales y de servicios de Alcàsser con la puesta en marcha de la campaña BONO COMERCIO “COMPRAR EN ALCÀSSER” 2026 que impulsen el consumo local y fomenten la acvidad comercial. Las presentes bases enen como objevo potenciar el consumo en los comercios de Alcàsser, a través de unos bonos comercio/consumo colaborando a su vez en el gasto familiar de la ciudadanía de Alcàsser, consumidores del comerci o local del municipio, con la 4nalidad de fomentar, dinamizar, promover, visibilizar el tejido comercial e incenvos al consumo, cuya concesión se efectuará en régimen de concurrenci a compeva, con los requisitos especí4cos que se recojan en las presentes bases.