Resolución 23/09/2026, convocatoria de ayudas, para la prevención de daños ocasionados por el conejo de monte en cultiv…

Título oficial: Resolución 23/09/2026, convocatoria de ayudas, para la prevención de daños ocasionados por el conejo de monte en cultivos agrícolas en Castilla-La Mancha. NO AYUDAS DE ESTADO

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES42 - CASTILLA LA MANCHA. La gestiona VICECONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 40.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar inscritas en el Registro de Explotaciones Agrícolas de Castilla- La Mancha las parcelas donde se van a realizar las actuaciones.
  • No superar el umbral de acumulación de ayudas en régimen de minimis que se encuentre en vigor en el momento de realizar la solicitud, en un período de tres años, tal y como dispone el Reglamento (UE) nº 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas, en la forma que se determina en el reglament o de desarrollo del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.
  • No estar incursa en el resto de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones , o en los casos que se establecen el
  • MEDIO POR EL QUE DESEA RECIBIR LA NOTIFICACIÓN Correo Postal (Podrán elegir esta opción las personas que NO estén obligadas a la notificación electrónica, d e acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Notificación electrónica (Si elige o está obligado a la notificación electrónica, deberá comprobar que está registrado en la Plataforma https://notifica.jccm.es/notifica y que sus datos son correctos)
  • INFORMACIÓN BÁSICA DE PROTECCIÓN DE DATOS Responsable Viceconsejería de Medio Ambiente Finalidad Gestión de las ayudas a montes, espacios naturales y empresas forestales Legitimación
  • 1.e) Misión en interés público o ejercicio de poderes públicos del Reglamento General de Protección de Datos. Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de d iciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº. 1305/2013 y (UE) nº. 1307/2013. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Reglamento (UE) núm. 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola Destinatarios Existe cesión de datos Derechos Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación o supresión de sus datos, así como otros derechos, tal y como se explica en la información adicional. Información adicional Disponible en la dirección electrónica: https://rat.castillalamancha.es/info/0163
  • 19 Nota: si fuera necesario incluir más parcelas, deberá adjuntar a esta solicitud un documento donde se incluya la información SIGPAC del resto de las parcelas, indicando el tipo de actuación (cerramiento / protectores / majanos) a realizar en cada una de ellas Actuación subvencionable solicitada Metros o Unidades Importe subvencionable (€) Ayuda solicitada € (70 % del importe subvencionable) Documento Firmado Electrónicamente Código Seguro de Verificación (CSV): 44B4307771F077C64E78B7 Verificable en sede electrónica: www.jccm.es/viad
  • ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS
  • Declaraciones responsables: La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representación de la entidad que se indica, declara que todos los datos consignados son veraces, y se compromete a mantener el cumplimiento de dicho requisito durante el periodo de
  • Las parcelas agrícolas para las que se solicita las actuaciones están inscritas en el Registro de Explotaciones Agrícolas de Castilla -la Mancha y se ubican en una comarca de emergencia cinegética.
  • Está al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Estatal y con la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha.
  • Está al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
  • Cumple con todas las prescripciones impuestas por el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • No estar incursa en los casos que se establecen en el art. 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
  • En el supuesto de estar sujeta a la normativa de Prevención de Riesgos Laborales que dispon e de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales tal y como establece la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y no haber sido sancionado por resolución administrativa o sentencia judicial firme por falta muy grave, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención, en materia de prevención de riesgos laborales. En el caso de haber sido sancionado deberá indicarse el nº de acta de infracción
  • En el supuesto de que así lo establezca la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombre, se dispone de un Plan de Igualdad.
  • No haber sido sancionada por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, salvo cuando acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, de conformidad con lo dispuesto por el
  • MEDIO POR EL QUE DESEA RECIBIR LA NOTIFICACIÓN Correo Postal (Podrán elegir esta opción las personas que NO estén obligadas a la notificación electrónica, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Notificación electrónica (Si elige o está obligado a la notificación electrónica, deberá comprobar que está registrado en la Plataforma https://notifica.jccm.es/notifica y que sus datos son correctos)

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Agricultura, Pesca y Alimentación