Personas físicasES3 - COMUNIDAD DE MADRID

ayudas por nacimiento, adopción y manutención de menores de 3 años periodo subvencionable 2025. Convocatoria 2026.

Título oficial: Convocatoria de ayudas por nacimiento, adopción y manutención de menores de 3 años periodo subvencionable 2025. Convocatoria 2026.

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas por nacimiento, adopción y manutención de menores de tres años correspondientes al período comprendido entre el 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre del 2025, ambos inclusive.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES3 - COMUNIDAD DE MADRID. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 6.250.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Para poder solicitar la ayuda se deberán reunir de modo imprescindible los siguientes
  • Se deberá adjuntar a la solicitud la siguiente documentación acreditativa escaneada: A. Libro de familia completo, certificación del Registro Civil, o documento análogo a tal fin. B. En caso de acogimiento familiar, resolución judicial de acogimiento certificado de la Comisión de Tutela del Menor que acredite que se encuentra en situación de acogimiento familiar. C. En caso de separación o divorcio: Sentencia (completa) de Separación/Divorcio o Medidas Paternofiliales realizadas de forma legal en procedimiento judicial o acuerdo de mediación reglado en centro público. D. En caso de no existir vínculo matrimonial, medidas paternofiliales, realizadas de forma legal en procedimiento judicial o acuerdo de mediación reglado. E. Certificado de defunción de uno de los progenitores, si concurre el caso.
  • Beneficiarios de las ayudas por nacimiento: la familia, que, cumpliendo los requisitos, hubiera tenido un hijo o adoptado a un menor de edad durante el año 2025, pudiendo solicitar la ayuda cualquiera de los progenitores o adoptantes.
  • Beneficiarios de las ayudas por manutención: la familia que, cumpliendo los requisitos establecidos en la Ordenanza, hubiera tenido un hijo y tuviera menos de tres años, esto es, estuviera en el primer, segundo o tercer año de vida durante el año 2025, o hubiera adoptado a un menor de edad, -con independencia de la edad del mismo siempre que sea menor de edad-, durante los tres años siguientes a la fecha de la resolución judicial o administrativa de la adopción, dentro del año 2025.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas por nacimiento, adopción y manutención de menores de tres años correspondientes al período comprendido entre el 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre del 2025, ambos inclusive.